Aprueban montos de Remuneración del Gobernador Regional, Remuneración de la Vice Gobernadora Regional y de Dietas Mensuales de los Consejeros Regionales

CONSEJO REGIONAL

ACUERDO REGIONAL

N° 26-2023-GRJ/CR

POR CUANTO:

El consejo Regional e Junín, en Sesión Ordinaria celebrada a los 20 días del mes de enero de 2023, en la Sala de Sesiones del Gobierno Regional
Junín.

CONSIDERANDO:

Que conforme establece el Artículo 191° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el Artículo 2° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, señalan que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular y son personas jurídicas de derecho Público que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el Artículo 39° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley N° 27867 y sus modificatorias, señala que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos Internos del Consejo Regional, de Interés público, ciudadano, institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, la Ley N° 28612 – Ley que desarrolla el artículo 39° de la Constitución Política en lo que se refiere a la jerarquía y Remuneraciones de los Altos Funcionarios y Autoridades del Estado, establece la Jerarquía de los altos funcionarios y autoridades del Estado, así mismo crea la Unidad Remunerativa del Sector Publico y el Régimen de Remuneraciones de los Altos funcionarios y Autoridades del Estado, así como las dietas de los Consejeros, entre otros. También define que los Gobernadores Regionales reciben una remuneración mensual que es fijada por el Consejo Regional, en proporción a la población electoral de su circunscripción, hasta un máximo de 5.5.URSP; así mismo define que el Consejo Regional fija el monto de sus dietas sin que estas superen el total del 30% de la remuneración mensual del Gobernador Regional;

Que, el Decreto Supremo N° 106-2022-PCM define el monto de la Unidad de Ingreso del Sector Publico para el año 2023, en la suma de Dos Mil Seiscientos Soles (S/. 2,600.00).

Que el artículo 25° del Reglamentos Interno de Consejo Regional Junín, establece que, son atribuciones del Consejo Regional: f) Fijar la remuneración mensual del Presidente y Vicepresidente y las dietas de los Consejeros de acuerdo con la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley N° 27867 y sus modificatorias.

Que de conformidad con las atribuciones conferidas por los artículos 9°, 10°, 11°, 15° y 17° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley N° 27867 y sus modificatorias; y el Reglamento Interno del Consejo.

El consejo Regional con el voto de la MAYORÍA de sus miembros, emite el pronunciamiento siguiente:

ACUERDA:

Artículo Primero.- APROBAR, el monto de la Remuneración de Gobernador Regional, el equivalente a las 5.5 URSP, ascendente a la suma de S/. 14,300 (Catorce Mil Trescientos y 00/100 soles);

Artículo Segundo.- APROBAR, el monto de la Remuneración de la Vice Gobernadora Regional, el equivalente a las 4.8 URSP, ascendente a la suma de S/. 12.480 (Doce Mil Cuatrocientos Ochenta y 00/100 soles);

Artículo Tercero.- APROBAR, el monto de las Dietas Mensuales de los Consejeros Regionales, el equivalente al treinta por ciento (30%) de la Remuneración del Gobernador Regional, que asciende a la suma de S/. 4.290.00 (Cuatro Mil Doscientos Noventa y 00/100 soles).

Dado en el Gobierno Regional Junín, a los 20 días del mes de enero del año dos mil veintitrés.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

KELY FLORES MAS

Consejera Regional

Consejo Regional

2181532-3