Aprueban presupuesto para la convocatoria del PROCOMPITE N° 01-2023-GRU
ACUERDO REGIONAL
Nº 0112-2023-GRU-CR
Pucallpa, dieciséis de mayo de dos mil veintitrés.
POR CUANTO:
Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley N° 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, modificado por la Ley N° 27902 y la Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo 2° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”.
Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que: “El Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establece en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas”.
Que, el artículo 3° del nuevo Reglamento Interno del Consejo Regional, señala: “El Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional de Ucayali. Ejerce las funciones normativas, fiscalizadoras, investigadora de la gestión ejecutiva y administrativa del Gobierno Regional de Ucayali y las demás que establece la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de Descentralización N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificaciones y conexas”. Así mismo, el artículo 5° precisa que, el Consejo Regional, es soberano en el ejercicio pleno de sus funciones normativas y fiscalizadoras. Tiene autonomía normativa, administrativa, política, fiscalizadora e investigación en los asuntos de su competencia.
Que, en Sesión Ordinaria de fecha 16 de mayo de 2023, mediante Pedido Verbal el Consejero Regional - Jaime Obdulio García Fernández, solicita la aprobación mediante Acuerdo Regional del presupuesto de S/ 1’382,336.00 (Un Millón Trescientos Ochenta y Dos Mil Trescientos Treinta y Seis y 00/100 soles), para la convocatoria del PROCOMPITE N° 01-2023-GRU, en el marco de la Ley N° 29337 - Ley que establece las disposiciones para apoyar a la competitividad productiva; conforme se advierte del Expediente Administrativo N° 00856771, remitido por el Gobernador Regional de Ucayali - Manuel Gambini Rupay, mediante Oficio N° 316-2023-GRTU-GR; por lo que, se dispuso pasar a la estación Orden del Día.
Que, el artículo 3° de la Ley N° 29337 - Ley que Establece Disposiciones para Mejorar la Competitividad Productiva, señala que, las iniciativas de apoyo a la Competitividad Productiva son autorizadas hasta un plazo máximo de dos (2) años por las Oficinas de Programación e Inversiones (OPI) de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, de acuerdo a los procedimientos y metodologías. Por otro lado, el financiamiento de las iniciativas de apoyo a la Competitividad Productiva que los Gobiernos Regionales y Locales pueden destinar hasta el diez por ciento (10%) de los recursos presupuestados para los gastos a proyectos, para financiar las iniciativas de apoyo a la Competitividad Productiva.
Que, la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 55° literal b) establece como función en materia de comercio, impulsar el desarrollo de los recursos humanos regionales y la mejora de la productividad y competitividad de las unidades económicas de la región, a través de actividades de capacitación y provisión de información de tecnología.
Que, mediante Informe de Sustento de Iniciativa de Apoyo a la Competitividad - PROCOMPITE, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Ucayali, concluye: i) Se cuenta con una asignación presupuestal de S/ 1’382,336.00 (Un Millón Trescientos Ochenta y Dos Mil Trescientos Treinta y Seis y 00/100 soles), para la implementación de convocatoria PROCOMPITE 2023. ii) El apoyo a las cadenas productivas permitirá el equipamiento, mejoras en la fase de post cosecha, mejorar la infraestructura y dotar de maquinarias. iii) Las cadenas se ha priorizado por su potencialidad, demanda de mercado y rentabilidad demostrada en su costo beneficio.
Que, mediante Informe Legal N° 030-2023-GRU-GGR-ORAJ/TTC, de fecha 03 de mayo de 2023, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ucayali, concluye: i) Los Gobiernos Regionales están obligados por mandato imperativo del artículo 2° de la Ley N° 29337, modificado por Ley N° 31502, implementar las iniciativas de apoyo a la Competitividad Productiva. ii) Los Gobiernos Regionales destinan obligatoriamente no menos del 5% y facultativamente hasta el 15% de los recursos presupuestados para el financiamiento de las iniciativas de apoyo a la Competitividad Productiva, en cada ejercicio presupuestal. iii) Que los artículos 7° y 12° del Reglamento de la Ley N° 29337, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2021-PRODUCE, el Consejo Regional mediante Acuerdo Regional determina y aprueba el monto del importe total, destinado para el financiamiento de las iniciativas de apoyo a la Competitividad Productiva (PROCOMPITE).
Que, mediante Informe N° 1861-2023-GRU-GRPP-SGP, de fecha 04 de mayo de 2023, la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, concluye que, la Meta Presupuestal 0072 con CUI 2016766 Iniciativa a la Competitividad cuenta con una Disponibilidad Presupuestal de S/ 1’405,003.00, recurso que permitirá financiar la convocatoria de PROCOMPITE Regional N° 01-2023-GRU, correspondiendo a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico iniciar el proceso de convocatoria, para cofinanciar iniciativas de los diferentes Agentes Económicos Organizados AEO, en las diferentes categorías y rubros.
Que, mediante Informe N° 058-2023-GRU-GGR-GRDE, de fecha 08 de mayo de 2023, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Ucayali, solicita gestionar ante el Consejo Regional de Ucayali, la aprobación mediante Acuerdo Regional del presupuesto de S/ 1’382,336.00 (Un Millón Trescientos Ochenta y Dos Mil Trescientos Treinta y Seis y 00/100 soles), para la convocatoria del PROCOMPITE N° 01-2023-GRU.
Que, el Decreto Supremo N° 01-2021-PRODUCE, Reglamento de la Ley N° 29337- Ley que establece Disposiciones para apoyar la Competitividad Productiva, en su artículo 12° precisa que, la aprobación de presupuesto se establece mediante Acuerdo Regional o Concejo Municipal, el Gobierno Regional o Local, según corresponda, aprueba el monto total para el financiamiento de las iniciativas de apoyo a la Competitividad Productiva, previo informe de sustento de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, que contenga como mínimo, la conformidad del monto presupuestal emitido por la Oficina de Presupuesto o el que haga sus veces en la entidad, el destino y distribución de recursos y las potenciales cadenas productivas a ser priorizados.
Que, el Consejero Regional - Jaime Obdulio García Fernández, en su intervención en el debate señalo que, PROCOMPITE tiene como objetivo promover el desarrollo de propuestas productivas de Agentes Económicos Organizados (AEO), es por ello, que la aprobación mediante Acuerdo Regional del presupuesto de S/ 1’382,336.00 (Un Millón Trescientos Ochenta y Dos Mil Trescientos Treinta y Seis y 00/100 soles), para la convocatoria del PROCOMPITE N° 01-2023-GRU, en el marco de la Ley N° 29337 - Ley que establece las disposiciones para apoyar a la competitividad productiva, resulta importante, ya que con ello se mejorará la competitividad y sostenibilidad de las cadenas productivas mediante la mejora de tecnología y/o innovación.
Que, el primer párrafo del artículo 104° del nuevo Reglamento Interno del Consejo Regional señala: “Recibida y registrada la proposición de Ordenanza Regional y/o Acuerdo Regional, el Pleno del Consejo Regional de Ucayali, decidirá su envío a la Comisión que corresponda para su estudio y dictamen; o su exoneración de envío a comisión. En ambos casos se requiere de la aprobación de la mayoría simple del Pleno del Consejo Regional de Ucayali”.
Que, el Literal a) del artículo 15° de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dentro de las atribuciones del Consejo Regional, señala: “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”.
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar o determinar un acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
Que, en Sesión Ordinaria de fecha 16 de mayo de 2022, celebrada de manera virtual desde el Auditorio del Consejo Regional, sito en el Jr. Apurímac N° 460 - Callería, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional; y, transcurrido el debate conforme consta en el Acta de la presente Sesión, por Mayoría, se aprueba el siguiente:
ACUERDO REGIONAL:
Artículo Primero.- EXONERAR de Derivar a la COMISIÓN DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO del Consejo Regional, el Expediente N° 00856771, que contiene la propuesta de aprobación mediante Acuerdo Regional del presupuesto S/ 1’382,336.00 (Un Millón Trescientos Ochenta y Dos Mil Trescientos Treinta y Seis y 00/100 soles), de la Categoría Presupuestal 9002, Asignaciones Presupuestales que no resultan en producto; Actividad 2017766: Iniciativa a la Competitividad , Meta 0072, para la convocatoria del PROCOMPITE N° 01-2023-GRU.
Artículo Segundo.- APROBAR el presupuesto de S/ 1’382,336.00 (Un Millón Trescientos Ochenta y Dos Mil Trescientos Treinta y Seis y 00/100 soles), para la convocatoria del PROCOMPITE N° 01-2023-GRU.
Artículo Tercero.- REMÍTASE el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional de Ucayali, para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo Cuarto.- REMÍTASE el presente Acuerdo Regional a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo Quinto.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite a la lectura y aprobación del Acta.
Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, en un diario de mayor circulación local y a la Oficina de Tecnologías de la Información su difusión a través del portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe).
POR TANTO:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
MANUEL JESUS ANTONIO HUAMAN
Presidente
Consejo Regional
2181146-1