Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 069-2023-MINEDU
Lima, 24 de mayo de 2023
VISTOS, el Expediente N° DICOPRO2023-INT-0116617; el Informe N° 00058-2023-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, el Oficio N° 00603-2023-MINEDU/VMGP-DIGESU, de la Dirección General de Educación Superior Universitaria; y el Informe N° 00587-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece que la universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial, y está integrada por docentes, estudiantes y graduados, precisando que las universidades públicas son personas jurídicas de derecho público;
Que, el artículo 8 de la Ley N° 30220, establece que el Estado reconoce la autonomía universitaria, la cual se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley y demás normativa aplicable, y se manifiesta en los regímenes normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico;
Que, el artículo 29 de la Ley N° 30220 establece que aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan;
Que, los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; establecen, como algunas de las funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, la de constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar los actos resolutivos y documentos normativos, en el marco de su competencia;
Que, el literal g) del artículo 148 del ROF del Ministerio de Educación establece como una de las funciones de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, proponer los documentos normativos para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como proponer su conformación;
Que, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 del ROF del Ministerio de Educación, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria tiene, entre otras funciones, la de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa que les resulte aplicable;
Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modificado mediante las Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022-MINEDU y N° 053-2023-MINEDU, establece que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a dedicación exclusiva, son de libre designación y remoción por parte del MINEDU, y ejercen los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda;
Que, mediante Ley N° 29616, modificada por la Ley N° 29840, se crea la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa (UNISCJSA), como persona jurídica de derecho público interno, con pliego presupuestal propio, con sedes académicas en las ciudades de Pichanaki, La Merced y Satipo; estableciéndose que su sede administrativa y rectorado funcionarán en la ciudad de La Merced;
Que, mediante Resolución Viceministerial N° 240-2019-MINEDU, se reconforma la Comisión Organizadora de la UNISCJSA, quedando integrada por el señor ARNULFO ORTEGA MALLQUI, como Presidente; la señora LILIA SALOME LLANTO CHAVEZ, como Vicepresidenta Académica; y el señor ISAIAS MERMA MOLINA, como Vicepresidente de Investigación;
Que, con Resolución Viceministerial N° 175-2020-MINEDU, se acepta la renuncia del señor ISAIAS MERMA MOLINA, al cargo de Vicepresidente de Investigación de la referida Comisión Organizadora, con eficacia anticipada al 01 de marzo de 2020; y, se designa al señor IDE GELMORE UNCHUPAICO PAYANO en el mencionado cargo;
Que, mediante Resolución Viceministerial N° 034-2021-MINEDU, se aceptan las renuncias del señor ARNULFO ORTEGA MALLQUI y la señora LILIA SALOME LLANTO CHAVEZ, a los cargos de Presidente y Vicepresidenta Académica de la referida Comisión Organizadora; y, se designa a los señores MOISES RONALD VASQUEZ CAICEDO AYRAS y LUIS ERNESTO TAPIA LUJAN, en los cargos de Presidente y Vicepresidente Académico, respectivamente;
Que, con Oficio N° 00603-2023-MINEDU/VMGP-DIGESU, la Dirección General de Educación Superior Universitaria remite el Informe N° 00058-2023-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, en virtud del cual la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, sustenta y propone se emita la resolución viceministerial que disponga: i) Dar por concluidas las designaciones del señor MOISES RONALD VASQUEZ CAICEDO AYRAS, en el cargo de Presidente; el señor LUIS ERNESTO TAPIA LUJAN, en el cargo de Vicepresidente Académico; y, el señor IDE GELMORE UNCHUPAICO PAYANO, en el cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la UNISCJSA; y, ii) Reconformar la referida Comisión Organizadora designando a la señora MARIA LUZ ORTIZ DE AGUI, en el cargo de Presidenta; el señor EDILBERTO ENRIQUE SUERO ROJAS, en el cargo de Vicepresidente Académico; y, el señor ROMMEL LUIS LOPEZ ALVARADO, en el cargo de Vicepresidente de Investigación;
Que, mediante Informe N° 00587-2023-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente procedente la emisión de la Resolución Viceministerial conforme a lo sustentado por la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; la Ley N° 29616, Ley que crea la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa, modificada mediante Ley N° 29840; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, el Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modificado por Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022-MINEDU y N° 053-2023-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluidas las designaciones del señor MOISES RONALD VASQUEZ CAICEDO AYRAS, en el cargo de Presidente; el señor LUIS ERNESTO TAPIA LUJAN, en el cargo de Vicepresidente Académico; y, el señor IDE GELMORE UNCHUPAICO PAYANO, en el cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa, dándoseles las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- Reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa, la misma que estará integrada por:
- MARIA LUZ ORTIZ DE AGUI, como Presidenta;
- EDILBERTO ENRIQUE SUERO ROJAS, como Vicepresidente Académico; y,
- ROMMEL LUIS LOPEZ ALVARADO, como Vicepresidente de Investigación.
Artículo 3.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa, remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de 30 días calendario contados a partir de su presentación o entrega, copia del Informe de Transferencia de Gestión; así como, se remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de 30 días calendario de la vigencia de la presente Resolución, el informe de entrega de cargo; conforme a lo previsto en el numeral 6.1.9 de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modificado por Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022-MINEDU y N° 053-2023-MINEDU.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIRIAM JANETTE PONCE VERTIZ
Viceministra de Gestión Pedagógica
2181092-1