Autorizan transferencia financiera del Gobierno Regional Huánuco a favor de la Contraloría General

RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL

Nº 330-2023-GRH/GR

Huánuco, 26 de abril del 2023

VISTO:

El Informe N° 0218-2023-GRH/GRPPAT, de fecha 20 de abril de 2023, mediante el cual la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remite la propuesta de transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, para financiar las acciones de Control Concurrente de doce (12) Inversiones pertenecientes a la Unidad Ejecutora 001: Sede Central, por el monto total de S/ 6,192,872.00 (SEIS MILLONES CIENTO NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS CON 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, rubro Fondo de Compensación Regional – FONCOR, en el marco de las disposiciones dadas mediante Ley N° 31358.

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Artículo 2° del Decreto Legislativo Nº 1440, “Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público”, se establecen los principios que rigen el Sistema Nacional de Presupuesto Público en adición a los principios de la Administración Financiera del Sector Público y del Derecho Público en lo que resulte aplicable;

Que, mediante la Ley N° 31638 se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, que comprende los Créditos Presupuestarios máximos, a favor de los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales;

Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 0759-2022-GRH/GR, de fecha 29 de diciembre de 2022, se promulgó el Presupuesto Institucional de Apertura 2023, del Pliego 448: Gobierno Regional del Departamento de Huánuco, por el monto de S/ 1,557,605,384.00 (MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento;

Que, el numeral 1.1 del artículo 1° de la Ley N° 31358, “Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente”, modificada mediante la Ley N° 31500, “Ley que establece el carácter vinculante del control concurrente y adopta otras medidas necesarias para perfeccionar el funcionamiento de dicho mecanismo de control”, dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los S/ 10,000,000.00 (DIEZ MILLONES CON 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República;

Que, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4° de la Ley N° 31358, autorizan a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1° y 3° de la citada Ley, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias, en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del Pliego 019: Contraloría General, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior; precisando que las referidas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno regional, y se publican en el Diario Oficial “El Peruano”;

Que, el acápite ii) del literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01, establece que, el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias financieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, debe efectuar su registro, cuando la ejecución corresponda a la aplicación del artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, para el financiamiento del control concurrente de inversiones, se registra en el respectivo código único de inversión, en la Acción de Inversión “6000053. CONTROL CONCURRENTE”, en la Finalidad “0348747. CONTROL CONCURRENTE” y en la Específica del Gasto “2.4.2.3.1.1. A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL”;

Que, con OFICIO Nº 0452-2022-CG/SGE, de fecha 27 de setiembre de 2022, la Contraloría General de la Republica solicita, al Gobierno Regional Huánuco, la transferencia financiera para el control gubernamental, en el marco de la Ley N° 31358, por el monto total de S/ 18,998,681.10 (DIECIOCHO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 10/100 SOLES), afectos a un total de treinta y cinco (35) Inversiones, pertenecientes a las Unidades Ejecutoras 001: Sede Central, 200: Transportes y 100: Agricultura;

Que, con OFICIO N° 0014-2023-CG/OC5339, de fecha 12 de enero de 2023, la Contraloría General de la República solicita, con carácter de urgencia, se efectúe la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, por el monto total de S/ 18,998,681.10 (dieciocho millones novecientos noventa y ocho mil seiscientos ochenta y uno con 10/100 soles);

Que, con el INFORME N° 0064-2023-GRH-GRI/JRON, de fecha 15 de marzo de 2023, la Gerencia Regional de Infraestructura remite la propuesta de transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de las disposiciones dadas mediante Ley N° 31358, “Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente”, y modificaciones; por el monto total de S/ 8,003,345.00 (ocho millones tres mil trescientos cuarenta y cinco con 00/100 soles), afecto a un total de diecisiete (17) Inversiones pertenecientes a dicha Gerencia;

Que, con el INFORME Nº 1484-2023-GRH-GRPPAT/SGPP, de fecha 27 de marzo de 2023, la Sub Gerencia de Presupuesto Público remite, a la Sub Gerencia de Programación Multianual de Inversiones, la propuesta de transferencia financiera (INFORME N° 0064-2023-GRH-GRI/JRON) a fin de que se realice la verificación y/o evaluación del registro del Costo de Control Concurrente, para cada Inversión, en el Formato N° 8-A, en concordancia con los criterios establecidos en las “Orientaciones para el registro del costo de Control Concurrente en las Inversiones” emitidas por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones, la Ley N° 31358 y la Directiva N° 018-2022-CG/GMPL;

Que, con el MEMORÁNDO N° 0036-2023-GRH-GRPPAT/SGPMI, de fecha 04 de abril de 2023, la Sub Gerencia de Programación Multianual de Inversiones remite la verificación y/o evaluación del registro del Costo de Control Concurrente, para cada Inversión, en el Formato N° 8-A, en concordancia con la normatividad vigente;

Que, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera hasta por la suma total de S/ 6,192,872.00 (SEIS MILLONES CIENTO NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS CON 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 5: Recursos Determinados, Rubro: Fondo de Compensación Regional, a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 31358, “Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente”;

En uso de las facultades y atribuciones conferidas mediante la Ley Nº 27783 “Ley de Bases de la Descentralización”, Ley Nº 27867, “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, modificado por la Ley Nº 27902, el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Huánuco, modificado mediante Ordenanza Regional N° 040-2020-GRH-CR, y las correspondientes visaciones;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR, una Transferencia Financiera del Pliego 448: Gobierno Regional Huánuco, hasta por la suma de S/ 6,192,872.00 (SEIS MILLONES CIENTO NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS CON 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, a favor del Pliego 019: Contraloría General, para financiar las acciones de control concurrente de doce (12) Inversiones pertenecientes a la Unidad Ejecutora 001: Sede Central; en el marco de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 31358, “Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente”, de acuerdo al detalle del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, y conforme al siguiente detalle:

CÓDIGO ÚNICO DE INVERSIONES

PROYECTO

MONTO TRANSFERIDO

1

2022748

MEJORAMIENTO, REHABILITACIÓN Y AMPLIACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA CIUDAD DE AMBO

358,192.00

2

2059250

MEJORAMIENTO Y CONSTRUCCIÓN CARRETERA HUACRACHUCO - SAN BUENAVENTURA, EN EL DISTRITO DE HUACRACHUCO Y SAN BUENAVENTURA

117,484.00

3

2094811

MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD RESOLUTIVA DEL HOSPITAL DE TINGO MARÍA

1,062,107.00

4

2166793

CONSTRUCCIÓN DE SISTEMA DE IRRIGACIÓN RIO CONCHUMAYO MARGEN DERECHA, PROVINCIA DE HUÁNUCO - HUÁNUCO

985,294.00

5

2284831

MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA DEL SISTEMA DE RIEGO TECNIFICADO EN LAS LOCALIDADES DE QUINTA PRAGA, COCHAS CHICO, VILLA SOL, DISTRITO DE CHINCHAO, PROVINCIA DE HUÁNUCO, REGIÓN HUÁNUCO

96,126.00

6

2302577

MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS DE PROTECCIÓN CONTRA DESBORDES DE AGUA EN EL CENTRO POBLADO URBANO DE LLICUA, MARGEN DERECHO E IZQUIERDA DE LA QUEBRADA AGORAGRA (LONG.1395ML), DISTRITO DE AMARILIS, PROVINCIA Y REGIÓN HUÁNUCO

741,277.00

7

2308070

AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA N 33134 DEL CC.PP. DE GUELGASH, DISTRITO DE CHURUBAMBA - PROVINCIA Y REGIÓN HUÁNUCO

100,200.00

8

2308385

MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE TRANSITABILIDAD DE LA AVENIDA HÉROES DE JACTAY-AV.CIRCUNVALACIÓN, TRAMO CRUZ VERDE -LOMA BLANCA-LAS MORAS Y PUENTE VIACRUCIS , PROVINCIA DE HUÁNUCO - HUÁNUCO

332,573.00

9

2324469

MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL CENTRO DE SALUD CASTILLO GRANDE, DISTRITO DE RUPA RUPA, PROVINCIA DE LEONCIO PRADO - REGIÓN HUÁNUCO

210,269.00

10

2396291

MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS EDUCATIVOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA EN LA I.E. ILLATHUPA, DISTRITO DE HUÁNUCO - PROVINCIA DE HUÁNUCO - DEPARTAMENTO DE HUÁNUCO

431,397.00

11

2402679

CREACIÓN DEL SERVICIO DE PROVISIÓN DE AGUA PARA RIEGO EN 12 LOCALIDADES DEL DISTRITO DE HUACRACHUCO - PROVINCIA DE MARAÑÓN - DEPARTAMENTO DE HUÁNUCO

1,173,790.00

12

2476067

MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD, DEL CENTRO DE SALUD DE MOLINO DEL DISTRITO DE MOLINO - PROVINCIA DE PACHITEA - DEPARTAMENTO DE HUÁNUCO

584,163.00

 

TOTAL

 

6,192,872.00

Artículo Segundo.- Los recursos a los que hace referencia el Artículo Primero no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales fueron transferidos.

Artículo Tercero.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y ENCARGAR al responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fin de que proceda a publicarla en el portal institucional del Gobierno Regional Huánuco.

Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR, copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, COMUNICAR, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Administración, Gerencia General Regional, Secretaría General y demás Órganos pertinentes del Gobierno Regional de Huánuco, para su conocimiento y aplicación estricta.

Regístrese, comuníquese y archívese.

JUAN SIVORI PAREDES RÍOS

Gobernador Regional (e)

2178746-1