Ordenanza Regional que dispone se incorpore el Modelado de Información de Edificaciones- BIM, como instrumento virtual técnico digital en los procesos constructivos de proyectos de infraestructura social y económica en la Región Cajamarca
CONSEJO REGIONAL
ORDENANZA REGIONAL
N° D19-2022-GR.CAJ/CR
Cajamarca, 29 de diciembre de 2022
EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO DE LA REGIÓN CAJAMARCA
POR CUANTO
El Consejo Regional de la Región Cajamarca, de conformidad con lo previsto en los artículos 191 y 192 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización, Ley N° 27783, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Ley N° 27867 y sus modificatorias;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 191 de la Constitución Política del Estado, concordante con el Artículo 2 de la Ley N° 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los “Gobiernos Regionales que emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera un pliego presupuestal;…”
Que, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 38° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”
Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión el Estado declara al Estado peruano en proceso de modernización con la finalidad de mejorar la gestión pública, y el Decreto Supremo N° 030-2002-PCM que aprueba su reglamento, normando el proceso de modernización, con el propósito de construir un Estado democrático, descentralizado y que esté al servicio del ciudadano.
Que, el Decreto Legislativo N° 1412 Ley del Gobierno Digital, establece el marco de gobernanza digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, seguridad digital y datos.
Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2021, con el objeto de orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas, el proceso de modernización hacia una gestión pública con resultados que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y el desarrollo del país.
Que, el Plan Nacional de Competitividad y Productividad 2019-2030, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 237-2019-EF, establece como una medida de política la incorporación progresiva de metodologías colaborativas de MODELAMIENTO DIGITAL DE INFORMACIÓN PARA LA EDIFICACIÓN (BIM por sus siglas en inglés) por el sector público en el marco del Plan BIM, el cual contempla la hoja de ruta y las medidas para su implementación.
Que, mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF, aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225 Ley de Contrataciones del Estado, establece como principios (……) inciso (g. Vigencia Tecnológica. “Los bienes, servicios, y obras deben reunir las condiciones de calidad y modernidad tecnológicas necesarias para cumplir con efectividad la finalidad pública…(…) con posibilidad de integrarse y repotenciarse si fuera el caso, con los avances científicos y tecnológicos”.
Que, la Ordenanza Regional N° 016-2010-GRCAJ-CR aprueba el Plan de Desarrollo Regional Concertado que tiene como lineamiento la Investigación Científica y Tecnológica orientada a las Prioridades del Desarrollo Regional.
Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 484-2017-GR.CAJ/GR se aprueba el Plan Estratégico Institucional-PEI 2018-2020, cuyo Objetivo Estratégico Institucional doce-OEI.12, precisa “Fortalecer la gestión institucional del Gobierno Regional de Cajamarca”
Que, la Política General 04 de Gobierno Regional de Cajamarca contempla que todas las unidades orgánicas propugna una gestión transparente, competitiva (…) especializado en tecnología moderna, que permita que la información viaje en forma virtual…
Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Cajamarca en uso de sus atribuciones conferidas en la Constitución Política del Perú; la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; y Reglamento Interno del Consejo Regional; y estando a lo acordado:
Ha aprobado la ordenanza siguiente.
ORDENANZA QUE DISPONE SE INCORPORE EL MODELADO DE INFORMACIÓN DE EDIFICACIONES- BIM, COMO INSTRUMENTO VIRTUAL TÉCNICO DIGITAL EN LOS PROCESOS CONSTRUCTIVOS DE PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL Y ECONÓMICA EN LA REGIÓN CAJAMARCA
Artículo Primero.- Objeto de la Ordenanza
Incorpórese el Modelado de Información en Edificaciones, conocido como BIM por sus siglas del inglés (Building Informatión Modelling), como herramienta técnico digital en la creación, gestión, y almacenamiento de información para la ejecución de la obra civil que permita mejorar la calidad y eficiencia de los proyectos constructivos en infraestructura de salud, educativa, vivienda, saneamiento, viales, hidráulicos y energéticos en la Región de Cajamarca.
Artículo Segundo.- BIM en la fase de proyecto
Aplíquese el Modelado de Información en Construcciones en las fases de diseño arquitectónico, durante su construcción estructural e instalaciones eléctricas, sanitarias y de comunicaciones, con representación en tres dimensiones y poseer elementos de fácil identificación entendibles y mesurables, en cumplimiento con la normativa nacional, estipulada en el Decreto Supremo N° 289-2019- EF.Disposiciones para la incorporación progresiva de BIM en la inversión pública.
Artículo Tercero.- Interoperabilidad e información en un mismo modelo
Dispóngase un correcto flujo de información entre las distintas disciplinas profesionales y adquisición de las herramientas informáticas, como hardware y software con soporte de estándar abierto y aplicaciones de intercambio de información, en todos los niveles organizacionales y órganos internos del Pliego 445 Región Cajamarca.
Arículo Cuarto.- Comunicación y aplicación
Establézcase la comunicación profesional en el desarrollo de proyectos de inversión pública, y la aplicación de la metodología BIM, en forma progresiva y paralela en el proceso de contratación de obras públicas con el Estado, en observancia a lo dispuesto en la Ley de Contrataciones con el Estado.
Artículo Quinto.- Obligatoriedad del modelo e integración
Autorícese, en el marco de la normativa nacional, a emplear un único modelo general de manera obligatoria para admisión y calificación, que integre a todos los profesionales de diversas disciplinas proveedores de servicios, consultoría, contratistas y constructores de obras públicas del Pliego 445 Región Cajamarca. Toda información digital englobe el proceso constructivo con programas, herramientas y aplicativos compatibles con la metodología BIM, con el propósito que funcionen de manera integrada e integral.
Artículo Sexto.- Publicación
ENCARGAR a la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional Cajamarca, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”.
Dispóngase la publicación de la presente ordenanza en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Cajamarca www.regióncajamarca.gob.pe.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera.- Dispóngase su articulación con el gobierno digital en el uso de las tecnologías y servicios digitales de valor para los ciudadanos, en armonía con la política de modernización de la gestión pública y gestión del conocimiento, contemplado en el Plan Nacional de Gobierno Digital e implementación del Plan BIM Perú
Segunda.- Facúltese a la Gerencia General Regional a fortalecer capacidades técnicas- profesionales y a gestionar y obtener la licencia de funcionamiento, en el marco del presupuesto institucional de apertura PIA.
Tercera.- Encárguese a la Gerencia Regional de Transformación Digital y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Cajamarca a elaborar el reglamento de proceso y bases estándares del modelado de los elementos con mayor detalle.
Cuarta.- Las disposiciones que se emitan para la aplicación del modelo BIM en toda obra pública, se enmarcan en la presente ordenanza y en lo previsto en el Texto Único Ordenado de la Ley N°30225 Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo 082-2019-EF, a su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 350-2015-EF,así como a las directivas que se elabore para tal efecto.
Quinta.- La presente Ordenanza Regional entra en vigencia al día siguiente de su aprobación
Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Cajamarca para su promulgación y publicación.
En Cajamarca, a los 28 días del mes de Diciembre del año 2022.
IVAN MIKAEL CACERES VIGO
Consejero Delegado
Consejo Regional Cajamarca
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla
Dado en Cajamarca en la sede del Gobierno Regional, a los 29 días del mes Diciembre del año 2022.
MESIAS ANTONIO GUEVARA AMASIFUEN
Gobernador Regional
2178265-8