Autorizan transferencia financiera de Recursos a favor del Gobierno Regional de Ucayali, para ser destinada exclusivamente a la Dirección o Gerencia Regional de Energía y Minas, o unidad orgánica u órgano que haga sus veces

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 191-2023-MINEM/DM

Lima, 15 de mayo de 2023

VISTOS: El Informe N° 00482-2023-MINEM/DGFM de la Dirección General de Formalización Minera; el Informe Nº 060-2023/MINEM-OGPP-OPRE de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 140-2023-MINEM-OGA/OFIN de la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración; el Informe N° 524-2023-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el acápite ii) del literal k) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza de manera excepcional la transferencia financiera que realice el Ministerio de Energía y Minas a favor de los Gobiernos Regionales con el objeto de fortalecer el proceso de formalización minera integral en las regiones, para realizar actividades de sensibilización y capacitación a los mineros en proceso de formalización, para la evaluación de los Instrumentos de Gestión Ambiental de Formalización, así como para la revisión del cumplimiento de los requisitos en el Expediente Técnico en el que se solicita la autorización de inicio/reinicio de las actividades mineras, hasta por la suma de S/ 14 052 000,00 (Catorce millones cincuenta y dos mil y 00/100 Soles);

Que, la precitada norma señala que los recursos a transferir se financian con cargo al presupuesto institucional del MINEM, por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas – Central, para el caso de los acápites i) y ii); asimismo, dispone que las transferencias financieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenio entre el MINEM y las entidades involucradas;

Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31638, señala que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el diario oficial “El Peruano”;

Que, en atención a lo dispuesto en la Ley N° 31638, el MINEM y el GORE Ucayali, con fecha 31 de marzo de 2023, suscribieron el Convenio de Cooperación para el Fortalecimiento del Proceso de Formalización Minera Integral cuyo objeto es fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económicamente al GORE, a través de su Dirección Regional de Energía y Minas, o unidad orgánica u órgano que haga sus veces, como órgano encargado de realizar las competencias y atribuciones en materia de minería del GORE, a fin de que cuente con recursos económicos que le permitan continuar con el proceso de formalización minera integral, en el marco de la implementación de la Política Nacional Multisectorial de la Pequeña Minería y Minería Artesanal al 2030;

Que, de acuerdo a lo señalado en el numeral 8.1 de la cláusula octava del mencionado Convenio de Cooperación para el fortalecimiento del Proceso de Formalización Minera Integral, el MINEM se compromete a transferir recursos presupuestales al citado Gobierno Regional, por el monto de S/ 288 672,00 (Doscientos ochenta y ocho mil seiscientos setenta y dos y 00/100 soles) para llevar a cabo las actividades y/ o acciones establecidas en el Plan de Trabajo del GORE Ucayali;

Que, asimismo, el numeral 8.2 de la cláusula octava del referido Convenio, señala que la transferencia financiera se efectuará en el primer semestre del 2023 por el 100% del monto, previa presentación del Plan de Trabajo para el periodo 2023. Asimismo, establece que esta transferencia estará condicionada a la presentación del informe de cierre de la transferencia realizada en el periodo 2022;

Que, mediante el Informe Nº 060-2023/MINEM-OGPP-OPRE, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal para efectuar las transferencias financieras a favor del citado Gobierno Regional;

Que, a través del Informe N° 0482-2023-MINEM/DGFM, la Dirección General de Formalización Minera, señala que el Gobierno Regional de Ucayali cumplió con presentar el Plan de Trabajo para el año 2023, que contempla actividades, acciones y adquisiciones de bienes y servicios relacionados con el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, y además, remitió el informe de cierre de la transferencia realizada en el periodo 2022, conforme a lo establecido en la Cláusula Octava del Convenio Nº 020-2023-MINEM-DGFM;

Que, la Oficina de Presupuesto con fecha 27 de abril de 2023, aprobó la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 2023-00128-003 con cargo a la Meta Nº 0010 y SIAF Nº 0000000129, por el monto de S/ 7 500 000,00 (Siete millones quinientos mil y 00/100 Soles), por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados;

Que, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración, mediante el Informe N° 140-2023-MINEM-OGA/OFIN, concluye que el Ministerio de Energía y Minas dispone de los recursos financieros necesarios hasta por la suma de S/ 288 672,00 (Doscientos ochenta y ocho mil seiscientos setenta y dos y 00/100 soles), en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, así como de los documentos sustentatorios requeridos, que permiten realizar la transferencia financiera de recursos a favor del citado Gobierno Regional, en el marco de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, por lo que resulta pertinente su aprobación;

Que, mediante Informe Nº 524-2023-MINEM/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que corresponde emitir el acto resolutivo que autoriza la transferencia financiera de recursos a favor del citado Gobierno Regional;

Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en la Ley N° 31638, resulta necesario autorizar la transferencia de recursos del Ministerio de Energía y Minas, hasta por la suma de S/ 288 672,00 (Doscientos ochenta y ocho mil seiscientos setenta y dos y 00/100 soles), a favor del Gobierno Regional de Ucayali;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31638, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; el Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera de Recursos provenientes de la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora N° 001 Ministerio de Energía y Minas – Central del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas, por la suma de S/ 288 672,00 (Doscientos ochenta y ocho mil seiscientos setenta y dos y 00/100 soles), a favor del Gobierno Regional de Ucayali, para ser destinado exclusivamente a la Dirección o Gerencia Regional de Energía y Minas, o unidad orgánica u órgano que haga sus veces, para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, de acuerdo al siguiente detalle:

Fuente de financiamiento: Recursos Directamente Recaudados

Gastos Corrientes: (En Soles)

2.4 : Donaciones y Transferencias

2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional 288 672,00

Artículo 2.- La transferencia señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle:

A LA:

SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS (En Soles)

Pliego 462 : Gobierno Regional de Ucayali 288 672,00

Unidad Ejecutora : N° 001 Sede Central – Región Ucayali

Unidad Ejecutora SIAF : N° 0942

Programa Presupuestal : Nº 0126 Formalización minera de la pequeña

minería y minería artesanal

Producto : Nº 3000658 Mineros Formalizados

Actividad : Nº 5005598 Implementación y Mantenimiento

de la Ventanilla Única

Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público – CUT

RUC : N° 20393066386

Artículo 3.- Los términos y obligaciones de la transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación para el fortalecimiento del Proceso de Formalización Minera Integral celebrado, entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de Ucayali, respectivamente, correspondiente al año 2023.

Regístrese, comuníquese y publíquese

OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH

Ministro de Energía y Minas

2177876-1