Aprueban el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Ministerio de la Producción, correspondiente al Año Fiscal 2023

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 000167-2023-PRODUCE

Lima, 15 de mayo de 2023

VISTOS: El Oficio N° 2078-2023-EF/53.06 y el Informe N° 0226-2023-EF/53.06 de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, el Memorando N° 00001163-2023-PRODUCE/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos, los Informes Nos. 00000127-2023-PRODUCE/OARH y 00000321-2023-PRODUCE/OARH de la Oficina de Administración de Recursos Humanos, el Memorando Nº 00000164-2023-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Nº 00000054-2023-PRODUCE/OP de la Oficina de Presupuesto, y el Informe N° 00000613-2023-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante los artículos 3 y 5 del Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, se dispone que el Ministerio de la Producción es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas, entre otras materias; y tiene como funciones rectoras, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia aplicable a todos los niveles de gobierno; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas del Sector, entre otras;

Que, por los literales b) y m) del artículo 53 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, se establece que son funciones de la Oficina General de Recursos Humanos, formular, proponer y actualizar políticas, normas, planes, directivas y estrategias para el funcionamiento del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; así como gestionar y administrar el presupuesto de los diversos procesos que conforman el Sistema de Gestión de Recursos Humanos;

Que, la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, deroga la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, salvo la Cuarta, Sétima, Octava, Décima, Duodécima y Décimo Tercera Disposición Final y la Segunda, Tercera, Cuarta, Sexta, Sétima y Novena Disposición Transitoria de la referida Ley, las cuales mantienen su vigencia;

Que, el numeral 1 de la Segunda Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411, prevé que la Entidad, mediante Resolución de su Titular, aprueba las propuestas de modificaciones al Presupuesto Analítico de Personal – PAP, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, sobre su viabilidad presupuestal;

Que, el numeral 2.4 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público, dispone que la implementación de los instrumentos de la gestión fiscal de los recursos humanos del Sector Público se encuentra a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos, que comprende la aprobación del Catálogo Único de Conceptos de Ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público; la aprobación de los lineamientos para la formulación, aprobación y modificación del PAP; y otros que contribuyan con la asignación y utilización eficiente de los fondos públicos, así como brindar opinión favorable sobre el PAP de cada entidad del Sector Público, previo a su aprobación;

Que, el numeral 6.1 del artículo 6 de la Directiva N° 0005-2021-EF/53.01, “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modificación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público”, aprobada por Resolución Directoral N° 0109-2021-EF/53.01, establece que el PAP es el documento de gestión institucional que sistematiza el presupuesto de las plazas que corresponden a los ingresos de personal que percibe el personal activo de manera permanente, periódica, excepcional u ocasional, cuya entrega se realiza de manera regular en el tiempo, incluyendo los aportes que por ley corresponda comprendidas en el presupuesto institucional de las entidades del Sector Público, que cuenten con un crédito presupuestario aprobado;

Que, los numerales 16.1 y 16.2 del artículo 16 de la Directiva N° 0005-2021-EF/53.01 establecen que, una vez notificada la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, la entidad del Sector Público tiene un plazo no mayor de diez (10) días hábiles para aprobar el PAP mediante acto administrativo emitido por el Titular de la Entidad, o a quien éste delegue expresamente dicha función; además, la Resolución que aprueba dicho documento de gestión institucional incluye, como anexos, los formatos correspondientes que fueron materia de opinión favorable por la mencionada Dirección General;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 00370-2022-PRODUCE, de fecha 10 de noviembre de 2022, se aprueba el PAP del Ministerio de la Producción, correspondiente al Año Fiscal 2022;

Que, a través del Memorando N° 00001163-2023-PRODUCE/OGRH y de los Informes Nos. 00000127-2023-PRODUCE/OARH y 00000321-2023-PRODUCE/OARH, la Oficina General de Recursos Humanos sustenta y propone la aprobación del PAP del Ministerio de la Producción, correspondiente al Año Fiscal 2023;

Que, con el Oficio N° 2078-2023-EF/53.06 y el Informe N° 0226-2023-EF/53.06, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas emite opinión favorable respecto de la propuesta de PAP del Ministerio de la Producción, correspondiente al Año Fiscal 2023;

Que, mediante el Memorando Nº 00000164-2023-PRODUCE/OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite y hace suyo el Informe Nº 00000054-2023-PRODUCE/OP, por el cual la Oficina de Presupuesto, en el marco de sus competencias y en cumplimiento de la normativa presupuestaria, emite opinión favorable a la aprobación de la propuesta de PAP del Ministerio de la Producción, correspondiente al Año Fiscal 2023, cuyo costo anual es de S/ 11 551 781,84 (Once Millones Quinientos Cincuenta y Un Mil Setecientos Ochenta y Uno y 84/100 Soles); toda vez que, cuenta con el respaldo de las previsiones presupuestarias consignadas en el Presupuesto Institucional Modificado (PIM) en la Genérica de Gasto 2.1 Personal y Obligaciones Sociales, correspondiente a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios;

Que, por el Informe N° 00000613-2023-PRODUCE/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable emitir la Resolución Ministerial que dispone la aprobación del PAP del Ministerio de la Producción, correspondiente al Año Fiscal 2023;

Que, atendiendo a los fundamentos señalados en los considerandos precedentes, se requiere aprobar el Presupuesto Analítico de Personal - PAP del Ministerio de la Producción correspondiente al Año Fiscal 2023, a fin de contar con un documento de gestión institucional en el cual se activen y presupuesten las plazas de los cargos previstos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional, en función a la disponibilidad presupuestal y así garantizar las plazas necesarias para el cumplimiento de las metas y los objetivos institucionales del Ejercicio Presupuestal;

Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina General de Recursos Humanos, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Segunda Disposición Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, cuyo Texto Único Ordenado se aprueba por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; el Decreto de Urgencia Nº 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, y modificatorias; el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, y modificatoria; y la Resolución Directoral N° 0109-2021-EF/53.01, Aprueban Directiva N° 0005-2021-EF/53.01, “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modificación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público”, y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Ministerio de la Producción, correspondiente al Año Fiscal 2023, documento que, en Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente norma en el diario oficial El Peruano.

Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución y de su Anexo a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO

Ministro de la Producción

2177593-1