Otorgan a favor de la empresa KALLPA GENERACIÓN S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Sunny - S.E. San José”, ubicada en el departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 186-2023-MINEM/DM
Lima, 11 de mayo de 2023
VISTOS: El Expediente N° 14404922, sobre la solicitud de otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Sunny - S.E. San José” presentada por la empresa KALLPA GENERACIÓN S.A.; el Memorando N° 00245-2023/MINEM-VME, del Viceministerio de Electricidad; el Informe N° 236-2023-MINEM/DGE-DCE, de la Dirección General de Electricidad; el Informe N° 0473-2023-MINEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante documento con Registro N° 3386046, de fecha 15 de noviembre de 2022, complementado con el documento con Registro N° 3397795, de fecha 20 de diciembre de 2022, KALLPA GENERACIÓN S.A. solicita el otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Sunny - S.E. San José”, ubicada en el distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa;
Que, de conformidad con el artículo 3 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, se requiere concesión definitiva para el desarrollo de transmisión de energía eléctrica, cuando las instalaciones afecten bienes del Estado y/o requieran la imposición de servidumbre por parte de éste; debiendo otorgarse la concesión definitiva por Resolución Ministerial de Energía y Minas, de acuerdo al artículo 28 de la mencionada norma;
Que, según los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, de acuerdo a sus competencias, han verificado que la solicitud de KALLPA GENERACIÓN S.A., cumple con lo establecido en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; por lo que recomiendan otorgar la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Sunny - S.E. San José”;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 038-2014-EM, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar a favor de la empresa KALLPA GENERACIÓN S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Sunny - S.E. San José”, ubicada en el distrito de La Joya, provincia y departamento de Arequipa; en los términos y condiciones indicados en la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes:
Salida/Llegada de la Línea de Transmisión |
Tensión (kV) |
N° de Ternas |
Longitud (km) |
Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m) |
S.E. Sunny - S.E. San José |
220 |
01 |
1,34* |
7,4** |
Subestaciones |
Características técnicas |
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S.E. Sunny |
La nueva subestación eléctrica se encuentra constituida por un sistema simple de barra en 220 kV, debidamente equipado; un edificio de control compuesto por sala de control, sala de baterías, sala de celdas de media tensión, una sala de climatización, entre otros. |
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Ampliación de la S.E. San José |
Tiene previsto la ampliación del sistema de doble barra en 220 kV, para dos celdas en las que uno de los campos sea ocupado por la celda de L.T. Sunny – San José y el otro campo quede en reserva sin equipar. Del mismo modo se ampliará el sistema de pórticos solo para la celda de L.T. Sunny – San José; y una celda para la Línea de Transmisión en 220 kV entre la S.E. San José con la S.E. Sunny, con el respectivo equipamiento electromecánico. |
*Recorrido subterráneo
**Acorde al Código Nacional de Electricidad ─ Suministro 2011
Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 594-2023 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y la empresa KALLPA GENERACIÓN S.A., el cual consta de 19 cláusulas y 4 anexos.
Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en representación del Estado, el Contrato de Concesión N° 594-2023 aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente.
Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que dé origen al Contrato de Concesión N° 594-2023, aprobado en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una (1) sola vez en el diario oficial “El Peruano”, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de la empresa KALLPA GENERACIÓN S.A., de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH
Ministro de Energía y Minas
2177021-1