Aprueban el Cuadro de Equivalencias de Unidades y Subunidades funcionales del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - AURORA, en adelante Programa Nacional AURORA, en el marco del Manual de Operaciones aprobado por R.M. N° 164-2023-MIMP

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 202-2023-MIMP

Lima, 10 de mayo de 2023

VISTOS, el Oficio N° D000577-2023-MIMP-AURORA-DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – AURORA, la Nota N° D000363-2023-MIMP-DVMM del Despacho Viceministerial de la Mujer, el Informe N° D000088-2023-MIMP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional, el Memorándum N° D000562-2023-MIMP-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° D000304-2023-MIMP-OPTP de la Oficina de Procesos Técnicos de Personal, el Memorándum N° D000477-2023-MIMP-OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos y el Informe N° D000432-2023-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 018-2019-MIMP, se modifica el Decreto Supremo N° 008-2001-PROMUDEH, que crea el Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual, disponiéndose en los numerales 1.1 y 1.2 de su artículo 1, la creación en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - AURORA, en adelante Programa Nacional AURORA, dependiente del Despacho Viceministerial de la Mujer, con el objeto de implementar y promover servicios especializados de prevención de la violencia contra las mujeres, integrantes del grupo familiar y personas afectadas por violencia sexual, así como de atención y de protección a las víctimas;

Que, en el segundo párrafo del artículo 3 del mencionado Decreto Supremo N° 008-2001-PROMUDEH, modificado por Decreto Supremo N° 018-2019-MIMP, se señala que para efectos de la gestión administrativa y presupuestal, el Programa Nacional AURORA, se establece sobre la base de la Unidad Ejecutora 009: Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS, en el marco de la normativa vigente;

Que, en la Segunda y Tercera Disposición Complementaria Final del citado Decreto Supremo, se dispone que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, mediante Resolución Ministerial, aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional AURORA; y, que mediante Resolución Ministerial se aprueban las normas complementarias necesarias para la adecuada implementación del referido Programa Nacional;

Que, el numeral 61.2 del artículo 61 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos;

Que, en atención al marco legal citado, mediante Resolución Ministerial N° 093-2020-MIMP se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional AURORA; así como, se deja sin efecto la Resolución Ministerial N° 316-2012-MIMP, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS;

Que, a su vez, mediante Resolución Ministerial N° 020-2021-MIMP, se aprueba el Cuadro de Equivalencias de Unidades y Subunidades funcionales del Programa Nacional AURORA y se dispone la correspondiente asignación de funciones, en el marco del Manual de Operaciones aprobado por Resolución Ministerial N° 093-2020-MIMP;

Que, a través de la Resolución Ministerial N° 194-2021-MIMP se deroga la Resolución Ministerial N° 093-2020-MIMP; y, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional AURORA;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 228-2021-MIMP se aprueba el respectivo Cuadro de Equivalencias de Unidades y Subunidades funcionales del Programa Nacional AURORA y se dispone la correspondiente asignación de funciones, en el marco del Manual de Operaciones aprobado por Resolución Ministerial N° 194-2021-MIMP;

Que, posteriormente, con la Resolución Ministerial N° 164-2023-MIMP se deroga la Resolución Ministerial N° 194-2021-MIMP; y, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional AURORA, que establece la actual estructura funcional de dicho Programa Nacional, así como de las unidades que la conforman, niveles de dependencia funcional y jerárquicos, y sus diferentes niveles de responsabilidades;

Que, mediante Oficio N° D000577-2023-MIMP-AURORA-DE la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional AURORA solicita la aprobación del Cuadro de Equivalencias de las Unidades y Subunidades funcionales del mencionado Programa Nacional, en el marco de la aprobación de su Manual de Operaciones; así como, se asignen las funciones de las referidas unidades y subunidades contenidas en el citado Manual de Operaciones a los/as servidores/as designados/as en los cargos previstos en el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) Provisional de la entidad vigente;

Que, los literales d) y e) del artículo 25 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado con Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP, en adelante el Texto Integrado del ROF del MIMP, establece como funciones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emitir opinión técnica respecto a los documentos de gestión del Ministerio incluyendo a los programas nacionales, y de los organismos públicos adscritos; y, promover, asesorar y participar en la formulación de la gestión de procesos, simplificación administrativa y demás materias comprendidas en el Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública en el Ministerio, incluyendo a los programas nacionales y organismos públicos adscritos;

Que, asimismo, los literales a) y c) del artículo 32 del Texto Integrado del ROF del MIMP, señala que la Oficina de Modernización Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto tiene como funciones, asesorar a los órganos, programas nacionales y organismos públicos adscritos al Ministerio en el proceso de modernización de la gestión institucional, conforme a las disposiciones normativas del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, emitiendo opinión técnica en el marco de sus competencias; y, coordinar, promover y ejecutar el diseño, estructura y organización de la entidad; así como la elaboración y actualización de sus documentos de gestión en materia organizacional y de procedimientos administrativos (TUPA) conforme a las disposiciones normativas de la materia;

Que, el artículo 54 del Texto Integrado del ROF del MIMP, señala que la Oficina General de Recursos Humanos es el órgano responsable de diseñar, coordinar, supervisar y evaluar la implementación de la política del servicio civil y los procesos que forman parte del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, de conformidad con la normativa de la materia, para contribuir al cumplimiento de la misión y logros de los objetivos y visión institucional, manteniendo relaciones funcionales con los órganos y programas nacionales del MIMP, con el ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y demás organismos vinculados al ámbito de su competencia;

Que, en mérito a las consideraciones antes expuestas y conforme a lo sustentado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de la Oficina de Modernización Institucional, y la Oficina General de Recursos Humanos, por medio de la Oficina de Procesos Técnicos de Personal, en los documentos de Vistos, es necesario emitir disposiciones a fin de garantizar la continuidad de las operaciones del Programa Nacional AURORA; por lo que corresponde aprobar el Cuadro de Equivalencias de Unidades y Subunidades funcionales del Programa Nacional AURORA, así como asignar funciones, a los/as servidores/as designados/as en los cargos previstos en el CAP Provisional del MIMP vigente;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, la Secretaría General, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – AURORA, la Oficina General de Recursos Humanos, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Cuadro de Equivalencias de Unidades y Subunidades funcionales del Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - AURORA, en adelante Programa Nacional AURORA, en el marco del Manual de Operaciones aprobado por Resolución Ministerial N° 164-2023-MIMP, que como anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Precisar que las designaciones y/o encargaturas de los/las titulares en las Unidades y Subunidades funcionales equivalentes y con la misma nomenclatura, según el anexo aprobado por el artículo precedente de la presente Resolución Ministerial, mantienen su vigencia, en el marco del Manual de Operaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 164-2023-MIMP.

Artículo 3.- Disponer la asignación de funciones que a continuación se detalla en concordancia con el Cuadro de Equivalencias aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en el marco del Manual de Operaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 164-2023-MIMP:

- A el/la servidor/a designado/a como Director/a II de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional AURORA, se le asignan las funciones de la Unidad de Asesoría Jurídica previstas en el artículo 11 del Manual de Operaciones del Programa Nacional AURORA, aprobado por Resolución Ministerial N° 164-2023-MIMP.

- A el/la servidor/a designado/a como Director/a II de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Programa Nacional AURORA, se le asignan las funciones de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización previstas en el artículo 13 del Manual de Operaciones del Programa Nacional AURORA, aprobado por Resolución Ministerial N° 164-2023-MIMP.

- A el/la servidor/a designado/a como Director/a II de la Unidad de Administración del Programa Nacional AURORA, se le asignan las funciones de la Unidad de Administración previstas en el artículo 21 del Manual de Operaciones del Programa Nacional AURORA, aprobado por Resolución Ministerial N° 164-2023-MIMP.

- A el/la servidor/a designado/a como Director/a II de la Unidad de Gestión del Talento Humano e Integridad del Programa Nacional AURORA, se le asignan las funciones de la Unidad de Gestión del Talento Humano e Integridad previstas en el artículo 32 del Manual de Operaciones del Programa Nacional AURORA, aprobado por Resolución Ministerial N° 164-2023-MIMP.

- A el/la servidor/a designado/a como Director/a II de la Unidad de Articulación Territorial del Programa Nacional AURORA, se le asignan las funciones de la Unidad de Servicios Articulados previstas en el artículo 58 del Manual de Operaciones del Programa Nacional AURORA, aprobado por Resolución Ministerial N° 164-2023-MIMP.

- A el/la servidor/a designado/a como Coordinador/a de la Subunidad de Abastecimiento del Programa Nacional AURORA, se le asignan las funciones de la Subunidad de Abastecimiento previstas en el artículo 24 del Manual de Operaciones del Programa Nacional AURORA, aprobado por Resolución Ministerial N° 164-2023-MIMP.

- A el/la servidor/a designado/a como Coordinador/a de la Subunidad de Contabilidad del Programa Nacional AURORA, se le asignan las funciones de la Subunidad de Contabilidad previstas en el artículo 26 del Manual de Operaciones del Programa Nacional AURORA, aprobado por Resolución Ministerial N° 164-2023-MIMP.

- A el/la servidor/a designado/a como Coordinador/a de la Subunidad de Tesorería del Programa Nacional AURORA, se le asignan las funciones de la Subunidad de Tesorería previstas en el artículo 28 del Manual de Operaciones del Programa Nacional AURORA, aprobado por Resolución Ministerial N° 164-2023-MIMP.

Artículo 4.- Disponer que toda referencia en normas, dispositivos legales, documentos normativos y orientadores, actos de administración, actos administrativos, documentos que designan órganos colegiados, documentos de gestión y demás documentos realizados a las Unidades y Subunidades contempladas en los entonces vigentes: Manual de Operaciones del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS, aprobado por Resolución Ministerial N° 316-2012-MIMP, Manual de Operaciones del Programa Nacional AURORA, aprobado por Resolución Ministerial N° 093-2020-MIMP, y Manual de Operaciones del Programa Nacional AURORA, aprobado por Resolución Ministerial N° 194-2021-MIMP deberán entenderse referidos a las Unidades y Subunidades contempladas en el Manual de Operaciones del Programa Nacional AURORA, aprobado por Resolución Ministerial N° 164-2023-MIMP, conforme al anexo aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 5.- Disponer que el Programa Nacional AURORA realice las acciones correspondientes que permitan el cumplimiento de lo dispuesto por la presente Resolución Ministerial.

Artículo 6.- Derogar la Resolución Ministerial N° 228-2021-MIMP.

Artículo 7.- Disponer que la presente Resolución Ministerial y su anexo, sean publicados en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp) y en la sede digital del Programa Nacional AURORA, en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NANCY TOLENTINO GAMARRA

Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

2176776-1