Autorizan expedición del duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Educación de la Universidad Nacional Federico Villarreal

UNIVERSIDAD NACIONAL

FEDERICO VILLARREAL

SECRETARIA GENERAL

RESOLUCIÓN R. Nº 1657-2023-CU-UNFV

San Miguel, 3 de mayo de 2023

Visto, el expediente con NT. 16913 - 2022, que contiene los actuados respecto de la solicitud de duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Educación, formulada por PAMELA STEFHANIE ORÉ DEL VALLE; y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 28626, se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad;

Que, mediante Resolución Nº 1525-06-ANR, modificada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el diario oficial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país;

Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modificada con Resoluciones Nros. 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país;

Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CU-UNFV, de fecha 25.09.2013, rectificada con Resolución R. Nº 6309-2014-CU-UNFV, de fecha 05.09.2014, se aprobó el “Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal en el que se estableció la tarifa que abonarán los interesados, entre otros, por concepto de duplicado de diploma de Grado de Bachiller y de Título Profesional en las Facultades de la Universidad;

Que, mediante documento de fecha 10.03.2023, PAMELA STEFHANIE ORÉ DEL VALLE solicita duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Educación, por pérdida de dicho documento, a fin de poder entregar su expedito y obtener su licenciatura; adjunta a su solicitud, una fotografía tamaño pasaporte, declaración jurada simple y recibo de pago respectivo;

Que, el Jefe de la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General mediante Oficio N° 0328-2023-OGT-SG-UNFV de fecha 21.03.2023, señala que se expidió con fecha 29.04.2014 el Diploma de Grado de Bachiller en Educación a favor de la recurrente, el cual se encuentra asentado en el Libro N° 136, Folio N° 85 y Registro N° 102476, el mismo que obra en la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaria General de esta Universidad; asimismo, señala que doña PAMELA STEFHANIE ORÉ DEL VALLE ha cumplido con presentar los requisitos exigidos para el otorgamiento del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Educación;

En mérito a la opinión de la Oficina Central de Asesoría Jurídica, contenida en el Informe Legal N° 264-2023-OCAJ-UNFV, de fecha 30.03.2023, y estando a lo dispuesto por la señorita Rectora en el Proveído Nº 1390-2023-R-UNFV, de fecha 31.03.2023; el Consejo Universitario en Sesión Extraordinaria Nº 054 de fecha 20.04.2023, acordó en el sentido y tal como se señala en la parte resolutiva de la presente resolución; y

De conformidad con la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de la Universidad Nacional Federico Villarreal, la Resolución R. N° 9709-2021-UNFV, de fecha 31.12.2021 y la Resolución R. N° 479-2022-CU-UNFV, de fecha 27.06.2022;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Educación, expedido el 29.04.2014, otorgado por la Facultad de Educación de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de doña PAMELA STEFHANIE ORÉ DEL VALLE (por pérdida). El mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 136, Folio Nº 85, Registro Nº 102476, el cual obra en la referida Oficina.

Artículo Segundo.- La Oficina de Trámite Documentario y Atención al Usuario de la Secretaría General, notificará bajo cargo la presente resolución a la interesada.

Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, de conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 28626, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR.

Artículo Cuarto.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Facultad de Educación, así como la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y archívese.

CRISTINA ASUNCIÓN ALZAMORA RIVERO

Rectora

ENRIQUE IVAN VEGA MUCHA

Secretario General

2176042-1