Modifican la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 0045-2023-ARCC/DE y la “Directiva para el Monitoreo y Seguimiento de las Intervenciones de Reconstrucción aprobadas en el marco del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios”
Resolución de Dirección Ejecutiva
N° 0056-2023-ARCC/DE
Lima, 4 de mayo de 2023
VISTOS: El Informe N° 064-2023-ARCC/DE/OGP de la Oficina de Gestión de Proyectos, el Memorando N° 2226-2023-ARCC/GG/OPP y el Informe N° 0101-2023-ARCC/GG/OPP-MPJA de la Oficina de Planificación y Presupuesto, y el Informe N° 00392-2023-ARCC/GG/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, a través de la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (ARCC), se establece que esta es una entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter excepcional y temporal, encargada de liderar, implementar y, cuando corresponda, ejecutar el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios (Plan) y, para el cumplimiento de sus funciones, emite directivas a efectos de garantizar el cumplimiento oportuno de los objetivos de la Ley;
Que, mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 0045-2023-ARCC/DE, se aprueba la Directiva N° 002-2023-ARCC/DE, “Directiva para el Monitoreo y Seguimiento de las Intervenciones de Reconstrucción aprobadas en el marco del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios”, cuyo objetivo es contar con un documento que permita que los colaboradores de la ARCC y de las Entidades Ejecutoras, participen en la implementación de la cartera de intervenciones comprendidas en el Plan, y tengan una visión clara sobre los procesos que involucra el monitoreo y seguimiento, así como sobre la importancia del cumplimiento de su rol en el marco de dichos procesos;
Que, con el Informe N° 064-2023-ARCC/DE/OGP, la Oficina de Gestión de Proyectos solicita a la Oficina de Planificación y Presupuesto, modificar el artículo 3 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 0045-2023-ARCC/DE y dejar sin efecto el numeral 6.3 de la Directiva N° 002-2023-ARCC/DE, con la finalidad de mejorar la comprensión de la vigencia de la Directiva;
Que, mediante el Memorando N° 2226-2023-ARCC/GG/OPP, la Oficina de Planificación y Presupuesto, de acuerdo con sus competencias establecidas en el Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, aprobado por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00008-2020-ARCC/DE, y su modificatoria, opina favorablemente respecto a la propuesta de las modificaciones de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 0045-2023-ARCC/DE y de la Directiva N° 002-2023-ARCC/DE;
Que, conforme a lo señalado en el Informe N° 00392-2023-ARCC/GG/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina favorablemente sobre la aprobación de la modificación del artículo 3 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 0045-2023-ARCC/DE y dejar sin efecto el numeral 6.3 de la Directiva Nº 002-2023-ARCC/DE, “Directiva para el Monitoreo y Seguimiento de las Intervenciones de Reconstrucción aprobadas en el marco del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios”, al haberse formulado en cumplimiento de lo previsto en la Directiva N° 001-2020-ARCC/DE, “Elaboración, Aprobación y Difusión de Directivas en la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios”, y cuenta con los sustentos técnicos correspondientes;
Que, los literales f) y q) del artículo 11 del Documento de Organización y Funciones de la ARCC establecen que, entre las funciones de la Dirección Ejecutiva, se encuentra la de dirigir las acciones necesarias para la planificación estratégica, gestión del financiamiento, e implementación de mecanismos de transparencia y monitoreo físico y financiero del Plan, así como emitir resoluciones para el cumplimiento de sus funciones;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00008-2020-ARCC/DE, que aprueba el Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; y la Directiva N° 001-2020-ARCC/DE, aprobada con Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00135-2020-ARCC/DE, y sus modificatorias; y
Con el visto de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Oficina de Planificación y Presupuesto y la Oficina de Gestión de Proyectos;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificación
Modificar el artículo 3 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 0045-2023-ARCC/DE que aprueba la Directiva N° 002-2023-ARCC/DE, “Directiva para el Monitoreo y Seguimiento de las Intervenciones de Reconstrucción aprobadas en el marco del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios”, el mismo queda redactado en los términos siguientes:
“Artículo 3.- Vigencia
Establecer que la Directiva aprobada en el artículo 1 entra en vigencia a los treinta (30) días hábiles siguientes a su publicación en el Diario Oficial El Peruano y aplica a todas las intervenciones del PIRCC, sin perjuicio de la fase en la que estas se encuentren a su entrada en vigor”
Artículo 2.- Dejar sin efecto
Dejar sin efecto el numeral 6.3 de la Directiva N° 002-2023-ARCC/DE, “Directiva para el Monitoreo y Seguimiento de las Intervenciones de Reconstrucción aprobadas en el marco del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios”.
Artículo 3.- Publicación
Disponer que la presente resolución sea publicada en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 4.- Remisión
Remitir copia de la presente Resolución, así como los sustentos correspondientes, a la Oficina de Planificación y Presupuesto, para los fines correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAPHAEL ANAYA CALDAS
Director Ejecutivo (e)
Autoridad para la Reconstrucción con Cambios
2174966-1