Otorgan Condecoración de la Orden del Trabajo, en el Grado de “Oficial”
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 008-2023-TR
Lima, 30 de abril de 2023
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 del Reglamento para la Condecoración de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2015-TR, establece que la condecoración de la Orden del Trabajo es el más alto reconocimiento que la Nación concede a los trabajadores de entidades públicas o privadas, empleadores, académicos, investigadores o especialistas; así como a personas jurídicas con destacada vinculación en los ámbitos del trabajo, empleo, capacitación laboral, seguridad y salud en el trabajo, y seguridad social, que en función a sus acciones distinguidas y servicios meritorios se hayan hecho acreedores a tal distinción;
Que, el artículo 12 del precitado Reglamento, estipula que se considera como acción distinguida, todo acto que en servicio o en provecho de las relaciones laborales, el diálogo social, la concertación laboral, el trabajo, el empleo, la capacitación laboral, la seguridad y salud en el trabajo o la seguridad social, realiza cualquier persona natural o jurídica, peruana o extranjera, demostrando desinterés, austeridad y abnegación para el cumplimiento del deber, en forma tal, que individualice al autor sobre el resto de las personas;
Que, el Consejo de la Orden del Trabajo es el órgano que evalúa las propuestas presentadas y elige a los condecorados, personas naturales o jurídicas. También define los grados de condecoración que pueden ser: Gran Cruz, Gran Oficial, Comendador y Oficial;
Que, el Consejo de la Orden del Trabajo, es presidido por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo por delegación del Gran Maestre, la señora Presidenta de la República. Conforme con lo anterior, para el presente año este Consejo quedó conformado a través de la Resolución Ministerial Nº 147-2023-TR;
Que, mediante la Hoja de Elevación Nº 0345-2023-MTPE/4/10 el Secretario del Consejo de la Orden de Trabajo traslada el Informe Nº 0026-2023-MTPE/4/10, con el que sustenta y propone quienes son las personas a las que, en el presente año, les corresponde la condecoración con la Orden de Trabajo;
Que, de acuerdo con los términos de la propuesta, se presentó la candidatura de la señora Isabel Cortez Aguirre, que ostenta actualmente el cargo de Congresista de la República y fue obrera de limpieza pública y activista sindical municipal. Promovió y contribuyó a la defensa de los trabajadores de limpieza, liderando el Sindicato de Trabajadores Obreros y Obreras, incentivando la participación de la mujer en la dirección sindical;
Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas;
Que, con fecha 20 de abril de 2023, el Consejo de la Orden del Trabajo, integrado por funcionarios públicos y personalidades del ámbito empresarial, sindical y académico vinculados al mundo laboral, deliberó y aprobó por mayoría, el otorgamiento, de la Condecoración de la Orden del Trabajo, a la señora ISABEL CORTEZ AGUIRRE, en el Grado de “Oficial”; y,
De conformidad con el Decreto Ley Nº 20585, Decreto Ley que establece normas para otorgar la Condecoración de la Orden de Trabajo; el Reglamento para la Condecoración de la Orden del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2015-TR; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar la Condecoración de la Orden del Trabajo, en el grado de “Oficial” a la señora ISABEL CORTEZ AGUIRRE, extendiéndose el Diploma correspondiente.
Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
ANTONIO FERNANDO VARELA BOHÓRQUEZ
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
2173768-4