Designan Secretario Técnico encargado de brindar apoyo a las autoridades del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energía y Minas
RESOLUCIóN SECRETARIAL
Nº 020-2023-MINEM/SG
Lima, 27 de abril de 2023
VISTOS: El Informe N° 0129-2023-MINEM/OGA-ORH de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración; y el Informe N° 482-2023-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, se establece un régimen laboral único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas, siendo aplicable a todas las entidades del sector público, con las excepciones que la propia norma establece;
Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, tiene por finalidad que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de eficacia, eficiencia y presten efectivamente servicios de calidad a través de un mejor servicio civil, así como promover el desarrollo de las personas que lo integran;
Que, conforme al artículo 92 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, concordante con el artículo 94 del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, establece que los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario cuentan con el apoyo de una Secretaria Técnica, que puede estar compuesta por uno o más servidores, los cuales pueden ser servidores civiles de la entidad y ejercer la función en adición a sus funciones regulares, debiendo ser de preferencia abogados y designados mediante resolución del titular de la entidad;
Que, el sub numeral 8.1 del numeral 8 de la Directiva N° 02-2015 SERVIR-GPGSC “Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 101-2015-SERVIR-PE, establece que la Secretaría Técnica apoya el desarrollo del procedimiento administrativo disciplinario; estando a cargo de un Secretario Técnico que es designado por la máxima autoridad administrativa de la entidad, en adición a las funciones en la entidad o específicamente para dicho propósito. El Secretario Técnico puede ser un servidor civil que no forme parte de la Oficina de Recursos Humanos; sin embargo, en el ejercicio de sus funciones reporta a esta;
Que, mediante Resolución Secretarial Nº 003-2023-MINEM/SG de fecha 10 de enero de 2023, se designó al señor José Cuya Contreras, como Secretario Técnico encargado de brindar apoyo a las autoridades del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energía y Minas, en adición a sus funciones;
Que, mediante Informe N° 0129-2023-MINEM/OGA-ORH, la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración menciona que el señor José Cuya Contreras, Secretario Técnico encargado de brindar apoyo a las autoridades del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energía y Minas, solicitó su periodo vacacional el mismo que ha sido autorizado, por lo cual estima por conveniente dar por concluida la designación del citado servidor; siendo que, propone que se designe en su lugar al señor Martín Jim Mijichich Loli, Asesor de Alta Dirección de Secretaría General del Ministerio de Energía y Minas, como Secretario Técnico encargado de brindar apoyo a las autoridades del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energía y Minas;
Que, asimismo, la Oficina de Recursos Humanos en el citado informe menciona que el señor Martín Jim Mijichich Loli reúne las competencias y experiencia necesaria para desempeñarse como Secretario Técnico encargado de brindar apoyo a las autoridades del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energía y Minas, en adición a sus funciones;
Que, mediante Informe N° 482-2023-MINEM/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a la designación del señor Martín Jim Mijichich Loli como Secretario Técnico encargado de brindar apoyo a las autoridades del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energía y Minas, en adición a sus funciones;
Que, el numeral j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, establece que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública;
Que, el artículo 22 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias, dispone que el/la Secretario/a General es la máxima autoridad administrativa del Ministerio;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y sus modificatorias, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor José Cuya Contreras como Secretario Técnico encargado de brindar apoyo a las autoridades del procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energía y Minas, efectuada por Resolución Secretarial Nº 003-2023-MINEM/SG.
Artículo 2.- Designar, en adición a sus funciones, al señor Martín Jim Mijichich Loli, Asesor de Alta Dirección de Secretaría General del Ministerio de Energía y Minas, como Secretario Técnico encargado de brindar apoyo a las autoridades del Procedimiento Administrativo Disciplinario del Ministerio de Energía y Minas.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Secretarial en el Portal de Transparencia del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
KARINA FLORES GOMEZ
Secretaria General
2173512-1