Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad Distrital de Surquillo

ORDENANZA N° 528-2023-MDS

Surquillo, 26 de abril de 2023

LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE SURQUILLO

POR CUANTO:

El Concejo Distrital de Surquillo, en Sesión Ordinaria de la fecha;

VISTO:

Los Memorandos N° 54-2023-MDS-GPPCI, N° 63-2023-MDS-GPPCI y N° 98-2023-MDS-GPPCI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, y los Informes N° 93-2023-MDS-GAJ y 158-2023-MDS-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Distrital de Surquillo;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, concordante con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que la Constitución Política del Perú reconoce para las municipalidades, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 195 de la Carta Magna, establece que los gobiernos locales, son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto;

Que, el artículo 9, inciso 9.2 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que la autonomía administrativa es la facultad de organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad. Asimismo, el literal d) del artículo 42 del mismo cuerpo normativo, establece como competencia exclusiva municipal, aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las leyes anuales de presupuesto;

Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como finalidad que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; asimismo el artículo V de la citada ley prescribe, que la estructura, organización y funciones específicas de los gobiernos locales se cimientan en una visión de Estado democrático, unitario, descentralizado y desconcentrado, con la finalidad de lograr el desarrollo sostenible del país;

Que, el artículo 74 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades, establece que las municipalidades ejercen, de manera exclusiva o compartida una función promotora, normativa y reguladora, así como las de ejecución y de fiscalización y control, en las materias de su competencia, conforme a la presente ley y la Ley de Bases de la Descentralización;

Que, el numeral 3 del artículo 9 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades, señala que es atribución del Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local;

Que, el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, es un documento técnico normativo y de gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos; contiene las funciones generales de la entidad y las funciones específicas de las unidades de organización, estableciendo sus relaciones y responsabilidades;

Que, el marco normativo aplicable para la formulación, aprobación y vigencia del Reglamento de Organización y Funciones de las entidades de la Administración Pública, es el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, modificado por el Decreto Supremo N° 131-2018-PCM y el Decreto Supremo N° 064-2021-PCM;

Que, el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y sus modificatorias, determina supuestos para la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, cuando se refiera a la elaboración o modificaciones, tratándose de la modificación del marco legal sustantivo que conlleve a la modificación de las funciones previstas para la entidad;

Que, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2020-PCM/SGP aprueba los Lineamientos N° 02-2020-SGP, que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Manual de Operaciones - MOP; y, Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 002-2020-PCM/SGP, aprueba los Lineamientos N° 01-2020-SGP denominados “Funciones estandarizadas en el marco de los sistemas administrativos”;

Que, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 007-2020-PCM/SGP, aprueba la Norma Técnica N° 01-2020-PCM/SGP/SSAP, que establece modelos de organización para municipalidades;

Que, mediante Memorando N° 054-2023-MDS-GPPCI de fecha 28 de febrero de 2023, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, indica que el nuevo Reglamento de Organización y Funciones - ROF, ha sido formulado en observancia de lo establecido en los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y modificatorias y a las normativas vigentes vinculadas a las materias de competencia de la Municipalidad Distrital de Surquillo; asimismo, a través de los Memorandos N° 63-2023-MDS-GPPCI y N° 98-2023-MDS-GPPCI de la mencionada gerencia, se han realizado algunas precisiones, a fin de continuar con el trámite pertinente para su consideración del Pleno del Concejo;

Que, mediante Informe N° 93-2023-MDS-GAJ de fecha 1 de marzo de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que la propuesta de ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad Distrital de Surquillo, ha sido planteada siguiendo los lineamientos del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y modificatorias, así como se encuentra ajustada a la normativa de la materia; posteriormente, a través del Informe N° 158-2023-MDS-GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye que las incorporaciones y/o modificaciones se han realizado en observancia de las leyes que regulan la materia observada, sobre todo a la Norma Técnica N° 01-2020-PCM/SGP/SSAP, que establece el Modelo de organización para Municipalidades, aprobada por Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 007-2020-PCM-SGP;

Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en los artículo 39 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica e Municipalidades, y de conformidad con lo opinado en las Comisiones de Economía y Planeamiento y la de Asuntos Legales en sus Dictámenes N° 005-2023-MDS-CEP y N° 016-2023-MDS-CAL de fechas 11 y 20 de abril de 2023, respectivamente, el Concejo Distrital de Surquillo, con dispensa del trámite de aprobación del acta;

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO

Artículo 1.- Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, el cual consta de dos (2) Títulos, siete (07) Capítulos, ciento dos (102) artículos y un (01) Anexo, que incluye el Organigrama de la Municipalidad Distrital de Surquillo, el mismo que forma parte integrante de la presente ordenanza.

Artículo 2.- Disponer un plazo hasta de siete (7) días hábiles contados desde la publicación de la presente ordenanza, para que los Órganos y Unidades Orgánicas se adecuen al Reglamento de Organización y Funciones, aprobado a través de la presente ordenanza.

Artículo 3.- Derogar las normas o disposiciones municipales que se opongan o contradigan a lo dispuesto en la presente ordenanza en materia de Organización, Funciones y Competencias.

Artículo 4.- Encargar a la Secretaría General, la publicación del presente dispositivo municipal en el Diario Oficial El Peruano; y el texto íntegro del Reglamento de Organización y Funciones y su Organigrama en el Portal del Estado Peruano y Portal Institucional de la entidad (www.munisurquillo.gob.pe).

Artículo 5.- Encargar a la Gerencia Municipal, adopte las acciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2 de la presente ordenanza.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

CINTIA MERCEDES LOAYZA ALVAREZ

Alcaldesa

2173446-1