Designan representante titular del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 106-2023-PCM
Lima, 27 de abril de 2023
VISTO:
El Oficio N° 000156-2023-PRE/INDECOPI de fecha 20 de abril de 2023, de la Presidenta del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI);
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 133 de la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, establece que el Consejo Nacional de Protección del Consumidor es un órgano de coordinación en el ámbito de la Presidencia del Consejo de Ministros, y es presidido por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor y de ente rector del Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor;
Que, el artículo 2 del Reglamento que establece los mecanismos para la propuesta y designación de los representantes de las entidades y gremios al Consejo Nacional de Protección del Consumidor, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2011-PCM, dispone que para ser integrante del Consejo Nacional de Protección del Consumidor se requiere tener el pleno ejercicio de los derechos civiles;
Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del referido Reglamento señala que los integrantes del Consejo Nacional de Protección del Consumidor son designados mediante resolución ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros, a propuesta de las entidades y gremios que conforman dicho Consejo Nacional;
Que, en concordancia con la norma citada, la Directiva N° 004-2013/DIR-COD-INDECOPI “Directiva de Funcionamiento del Consejo Nacional de Protección del Consumidor”, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI N° 135-2013-INDECOPI/COD, dispone, entre otros aspectos, que en caso que las entidades o gremios representados ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor consideren necesario realizar un cambio de miembros titulares o alternos, corresponderá a estos proponerlos ante dicha entidad a fin que se realice la correspondiente designación;
Que, con Resolución Ministerial N° 292-2021-PCM se designó al señor JULIAN FERNANDO PALACIN GUTIERREZ, como representante titular del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor;
Que, a través del documento del Visto, la Presidenta del Consejo Directivo del INDECOPI propone la designación del señor EVER MIRO GARCIA RODRIGUEZ como nuevo representante titular de dicha entidad ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor; el Reglamento que establece los mecanismos para la propuesta y designación de los representantes de las entidades y gremios al Consejo Nacional de Protección del Consumidor, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2011-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor JULIAN FERNANDO PALACIN GUTIERREZ, dispuesta con la Resolución Ministerial N° 292-2021-PCM.
Artículo 2.- Designar al señor EVER MIRO GARCIA RODRIGUEZ, como representante titular del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Consejo de Ministros
2173156-1