Aprueban el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

N° 000092-2023/SUNAT

APRUEBAN EL TEXTO INTEGRADO DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN

TRIBUTARIA - SUNAT

Lima, 25 de abril de 2023

VISTOS:

El Informe N° 000006-2023-SUNAT/1V2000, emitido por la Gerencia de Organización y Procesos de la Oficina Nacional de Planeamiento y Estudios Económicos y el Informe N° 000037-2023-SUNAT/8E1000, emitido por la Gerencia Jurídico Administrativa de la Intendencia Nacional de Asesoría Legal Interna;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y modificatorias, se establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, con el objeto de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión;

Que, por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, y modificatorias, se aprueban los “Lineamientos de Organización del Estado” que regulan los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado;

Que, el artículo 43 de los citados lineamientos señala que el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad; contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia; adicionalmente, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 44 y 45, el ROF se divide en las Secciones Primera y Segunda, las que se aprueban mediante decreto supremo y por resolución del titular de la entidad, respectivamente;

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 44-A de los mencionados lineamientos, en el portal de transparencia del ministerio u organismo público del Poder Ejecutivo se debe publicar: i) El texto íntegro de la sección primera del ROF y el decreto supremo que lo aprueba, ii) El texto íntegro de la sección segunda del ROF y la resolución del titular que lo aprueba y iii) El texto integrado del ROF elaborado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces y debe contar su visto y el de la Oficina de Asesoría Jurídica para su publicación en el portal de transparencia de la entidad;

Que, el Anexo 1 “Glosario de Términos” de los citados lineamientos, define al Texto Integrado del ROF como el documento que consolida las Secciones Primera y Segunda del ROF de un Ministerio u organismo público del Poder Ejecutivo, a fin de integrar el articulado de los órganos con el de sus respectivas unidades de organización. Para tal efecto, precisa, que se sigue una nueva secuencia de articulado debiendo cada artículo del Texto Integrado del ROF hacer referencia al artículo correspondiente de la Sección Primera o Segunda del ROF, aprobadas por decreto supremo y resolución del titular, respectivamente;

Que, mediante Decreto Supremo N° 040-2023-EF, se aprobó la Sección Primera del ROF de la SUNAT, estableciendo en su Cuarta Disposición Complementaria Final que esta norma rige a partir de la entrada en vigencia de la resolución del titular de la entidad que aprueba la Sección Segunda del ROF, con la excepción establecida en el citado dispositivo;

Que, con Resolución de Superintendencia N° 000081-2023/SUNAT, se aprobó la Sección Segunda del ROF de la SUNAT, estableciendo en su Primera Disposición Complementaria Final que dicha resolución entra en vigencia a partir del 1 de junio de 2023;

Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 040-2023-EF, establece que la SUNAT, en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la resolución del titular de la entidad que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, consolida el Texto Integrado del citado Reglamento que contiene las Secciones Primera y Segunda mediante resolución del titular de la entidad;

Teniendo en cuenta el Informe N° 000006-2023-SUNAT/1V2000 y el Informe N° 000037-2023-SUNAT/8E1000, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y modificatorias; el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N° 040-2023-EF y la Resolución de Superintendencia N° 000081-2023/SUNAT; y, en uso de la facultad conferida por el inciso m) del artículo 10° del Documento de Organización y Funciones Provisional de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 000042-2022/SUNAT;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT

Aprobar el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT que consta de dos (02) títulos, seiscientos ochenta y cuatro (684) artículos, y cuatro (04) anexos que contienen el organigrama de la SUNAT, la clasificación de Intendencias de Tributos Internos y unidades de organización dependientes, la clasificación de Intendencias de Aduanas y unidades de organización dependientes, así como las unidades de organización de soporte administrativo según dependencia jerárquica y jurisdicción administrativa a nivel nacional.

Artículo 2.- Publicación

La presente resolución y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT son publicados en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital de la SUNAT (www.gob.pe/sunat), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

Única.- Vigencia

La presente resolución rige a partir de la entrada en vigencia del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N° 040-2023-EF y la Resolución de Superintendencia N° 000081-2023/SUNAT.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO

Superintendente Nacional

2172592-1