Aprueban la Directiva N° 004-2023-SIS/OGTI-V.01 “Directiva que regula el uso de las aplicaciones informáticas del Seguro Integral de Salud”

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 000064-2023-SIS/J

La Victoria, 25 de abril del 2023

VISTOS: El Informe Técnico N° 000003-2023-SIS/OGTI y Memorando N° 000484-2023-SIS/OGTI de la Oficina General de Tecnología de la Información, el Informe N° 000057-2023-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; el Informe Legal N° 000214-2023-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Seguro Integral de Salud - SIS se constituye en una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS pública, en virtud de lo dispuesto en el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por el Decreto Supremo N° 020-2014-SA, con funciones de recibir, captar y/o gestionar fondos para la cobertura de las atenciones de salud o que oferten cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad;

Que, el artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Seguro Integral de Salud – SIS, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA, establece que “el Seguro Integral de Salud es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, autonomía técnica, funcional, económica, financiera y administrativa, y constituye un Pliego Presupuestal con independencia para ejercer sus funciones con arreglo a ley”;

Que, el numeral 1.2.1 del artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, dispone que los actos de administración interna de las entidades se encuentran destinados a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios. Estos actos son regulados por cada entidad, con sujeción a las disposiciones del Título Preliminar de esta Ley, y de aquellas normas que expresamente así lo establezcan;

Que, el artículo 10 del ROF del SIS señala que la Jefatura es el órgano de la Alta Dirección de más alta jerarquía en el SIS y está a cargo de un funcionario con categoría de Jefe, quien actúa como Titular del Pliego Presupuestal y tiene como una de sus funciones aprobar las normas, Directivas, procedimientos y actividades que posibiliten el cumplimiento de los objetivos institucionales;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 128-2019/SIS, se aprueba la Directiva Administrativa N° 001-2019-SIS/OGTI-V.01 “Directiva Administrativa que regula el uso de las aplicaciones informáticas para la gestión y valorización de las prestaciones de salud del Seguro Integral de Salud”;

Que, mediante Resolución Jefatural N° 089-2022/SIS, se aprueba la Directiva N° 001-2022-SIS/OGPPDO-V.01 “Directiva que regula la emisión de los documentos normativos del Seguro Integral de Salud”;

Que, mediante Memorando N° 000484-2023-SIS/OGTI, el Director General (e) de la Oficina General de Tecnología de la Información hace suyo el Informe Técnico N° 000003-2023-SIS/OGTI, a través del cual se propone, sustenta y justifica la propuesta de “Directiva que regula el uso de las aplicaciones informáticas del Seguro Integral de Salud”, señalando que brinda el marco normativo a los actuales sistemas informáticos y al nuevo sistema informático denominado ARFSIS Web que se viene implementando; por lo que, corresponde la aprobación de la propuesta de Directiva, debiendo dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 128-2019/SIS, que aprueba la Directiva Administrativa N° 001-2019-SIS/OGTI V.01;

Que, conforme al Informe N° 000057-2023-SIS/OGPPDO, la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional manifiesta que la propuesta de “Directiva que regula el uso de las aplicaciones informáticas del Seguro Integral de Salud” cumple con todos los aspectos establecidos en la Directiva N° 001-2022-SIS/OGPPDO-V.01, emitiendo opinión técnica favorable y recomendando continuar con el trámite para su aprobación mediante resolución; y, que cuyo objetivo es poner a disposición de las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPRESS) y las Unidades de Organización que conforman el SIS a nivel nacional, el acceso y uso de los aplicativos informáticos que permiten gestionar las afiliaciones, el registro y control de las prestaciones que se encuentran dentro de su cobertura”;

Que, mediante Informe Legal N° 000214-2023-SIS/OGAJ, el Director General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica indica que la propuesta de Directiva cumple con las formalidades previstas en la Directiva N° 001-2022-SIS/OGPPDO-V.01 “Directiva que regula la emisión de los documentos normativos del Seguro Integral de Salud”; por lo que, en atención a lo informado por la Oficina General de Tecnología de la Información y a la opinión favorable emitida por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de acuerdo al ámbito de aplicación de la Directiva, resulta viable que la Jefa del SIS, como máxima autoridad institucional y de conformidad con el numeral 11.5 del artículo 11 del ROF del SIS, emita la Resolución Jefatural que apruebe la “Directiva que regula el uso de las aplicaciones informáticas del Seguro Integral de Salud” y deje sin efecto la Resolución Jefatural N° 128-2019/SIS que aprueba la Directiva Administrativa N° 001-2019-SIS/OGTI V.01 “Directiva Administrativa que regula el uso de las aplicaciones informáticas para la gestión y valorización de las prestaciones de salud del Seguro Integral de Salud;

Con los vistos del Director General (e) de la Oficina General de Tecnología de la Información, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y del Secretario General; y,

De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; y, la Resolución Jefatural N° 089-2022/SIS.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 128-2019/SIS, que aprueba la Directiva Administrativa N° 001-2019-SIS/OGTI V.01 “Directiva Administrativa que regula el uso de las aplicaciones informáticas para la gestión y valorización de las prestaciones de salud del Seguro Integral de Salud”.

Artículo 2.- Aprobar la Directiva N° 004-2023-SIS/OGTI-V.01 “Directiva que regula el uso de las aplicaciones informáticas del Seguro Integral de Salud”, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Tecnología de la Información las acciones para la implementación y ejecución de las disposiciones contenidas en la directiva aprobada en el artículo 1 de la presente resolución.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial el Peruano y en el portal institucional del Seguro Integral de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA

Jefa del Seguro Integral de Salud

2172520-1