Aprueban el documento orientador “Guía JUGUEMOS en las Plataformas Itinerantes de Acción Social - PIAS”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 168-2023-MIMP

Lima, 25 de abril de 2023

VISTOS, la Nota N° D001306-2022-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, el Memorándum N° D000118-2023-MIMP-DGNNA de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, el Informe N° D000006-2023-MIMP-DSLD-RAB y la Nota N° D000054-2023-MIMP-DSLD de la Dirección de Sistemas Locales y Defensorías, el Informe N° D000470-2022-MIMP-PRE de la Oficina de Presupuesto, el Informe N° D000120-2022-MIMP-OIN de la Oficina de Inversiones, los Informes N° D000037 y N° D000073-2023-MIMP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional y los Memorándums N° D000121 y N° D000393-2023-MIMP-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 1 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a la vida, a su integridad moral, psíquica y a su libre desarrollo y bienestar, disponiendo en el artículo 4 que la comunidad y el Estado protegen especialmente, entre otros, a la niña, al niño y al adolescente;

Que, la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por Resolución Legislativa N° 25278, establece en el artículo 31 que los Estados Partes, reconocen el derecho de las niñas, niños y adolescentes al juego y a las actividades recreativas propias de su edad;

Que, el Código de los Niños y Adolescentes aprobado por Ley N° 27337, consagra en el artículo 4 el derecho de las niñas, niños y adolescentes a que se respete su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar; señalando en el artículo 20 que el Estado estimula y facilita la aplicación de recursos y espacios físicos para la ejecución de programas culturales, deportivos y de recreación dirigidos a niñas, niños y adolescentes;

Que, el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, señala en el artículo 3 y en el literal n) del artículo 5 que el sector tiene por finalidad diseñar, establecer, promover, ejecutar y supervisar políticas públicas, entre otras, a favor de las niñas, niños y adolescentes; y ejerce rectoría en el Sistema Nacional de Atención Integral del Niño, Niña y Adolescente, respectivamente;

Que, con Decreto Supremo N° 008-2021-MIMP se aprueba la Política Nacional Multisectorial para las Niñas, Niños y Adolescentes al 2030 (PNMNNA) estableciendo como concepto clave que los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes se encuentran desarrollados en la Convención sobre los Derechos del Niño y en sus Protocolos facultativos; así como en la normatividad nacional e internacional sobre la materia; y son derechos humanos adaptados pues toman en cuenta las especificidades y las necesidades propias de la edad de cada niña, niño y adolescente, para alcanzar su correcto desarrollo, brindándoles un entorno de protección adaptado a su edad y grado de madurez; para lo cual la PNMNNA en el Objetivo Prioritario N° 2 establece en su quinto lineamiento “Incrementar la práctica regular de la actividad física, recreación, deporte, juego y prácticas que promuevan la diversidad cultural, para una vida activa y saludable de las niñas, niños y adolescentes”;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 175-2016-MIMP se establece que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables promueve el derecho al juego de niñas, niños y adolescentes como derecho fundamental y medio indispensable para el desarrollo integral a través del servicio JUGUEMOS; señalando que la Dirección de Sistemas Locales y Defensorías, a través de la ejecución del servicio JUGUEMOS, fomenta, coordina, presta asistencia técnica y supervisa a los gobiernos locales en la implementación de espacios lúdicos amigables seguros y adaptados a las necesidades de niñas, niños y adolescentes, para el desarrollo de sus capacidades de autoprotección;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 136-2022-MIMP se aprueba el Documento Orientador “Guía Metodológica para la Promotora Lúdica y el Promotor Lúdico del servicio JUGUEMOS”, contribuyendo al fortalecimiento de capacidades de los/las promotores/as lúdicos/as del servicio JUGUEMOS;

Que, la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, a través del Informe N° D000006-2023-MIMP-DSLD-RAB de la Dirección de Sistemas Locales y Defensorías, sustenta la necesidad de aprobar el documento orientador: “Guía JUGUEMOS en las Plataformas Itinerantes de Acción Social - PIAS”, señalando que entre los servicios identificados en los sectores para alcanzar el Objetivo Prioritario N° 3 “Disminuir el riesgo de desprotección de las niñas, niños y adolescentes” de la PNMNNA se ubican el servicio JUGUEMOS en tu DEMUNA y el servicio JUGUEMOS en las Plataformas Itinerantes de Acción Social - PIAS operada por la Marina de Guerra del Perú, mediante la cual se articula en forma modular e integral los programas y servicios del Estado, proyectándolos a la población rural amazónica o andina no cubierta por las condiciones geográficas y demográficas; para el fortalecimiento de capacidades de autoprotección de niñas, niños y adolescentes y el acceso oportuno a servicios orientados a la prevención y atención del riesgo y desprotección familiar de niñas, niños y adolescentes; a efectos de complementar la labor de los/las promotores/as lúdicos/as del servicio JUGUEMOS;

Que, mediante los documentos de vistos, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe N° D000037-2023-MIMP-OMI complementado con el Informe N° D000073-2023-MIMP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional, a través del cual emite opinión favorable para la aprobación del mencionado documento orientador;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27337, Ley que aprueba el Nuevo Código de los Niños y Adolescentes; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el documento orientador “Guía JUGUEMOS en las Plataformas Itinerantes de Acción Social - PIAS”, que en anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer que la presente Resolución y su anexo sean publicados en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), en el mismo día de la publicación de la Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NANCY TOLENTINO GAMARRA

Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

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