Designan Ejecutor Coactivo de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva de la Municipalidad de Pueblo Libre
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
N° 130-2023-MPL
Pueblo Libre, 21 de abril de 2023
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE:
VISTOS: El Informe N°125-2023-MPL/GRDE-SREC de fecha 19 de abril de 2023 de la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva; el Informe N°356-2023-MPL-GA/SGRH de fecha 04 de abril de 2023 de la Subgerencia de Recursos Humanos; el Informe N°165-2023-MPL-GA de fecha 13 de abril de 2023 de la Gerencia de Administración; el Informe N°057-2023-MPL-GRDE de fecha 14 de abril de 2023 de la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico; el Memorando N°1120-2023-MPL-GM de fecha 17 de abril de 2023 de la Gerencia Municipal; el Informe N°252-2023-MPL-GAJ de fecha 19 de abril de 2023 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 1157-2023-MPL-GM de fecha 19 de abril de 2023; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que conforme al artículo ll del Título Preliminar de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la indicada autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el Artículo 6° de la Ley N°27972 Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que “La Alcaldía es el órgano ejecutivo de gobierno local. El alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa.” (cursiva agregada);
Que, el inciso 6) del artículo 20° de la Ley Nº 27972, establece que es atribución del alcalde dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas;
Que, el inciso 7.1) del artículo 7° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº018-2008-JUS, establece que: “La designación del Ejecutor Coactivo, como la del Auxiliar Coactivo, se efectuará mediante concurso público de méritos.”; asimismo, en su numeral 7.2) señala que: “Tanto el Ejecutor como el Auxiliar Coactivo ingresarán como funcionarios de la entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva.” (cursiva agregada);
Que, el artículo 33-A de la norma antes citada, en lo referente a la acreditación del Ejecutor Coactivo, establece que: “Sólo los Ejecutores coactivos debidamente acreditados ante las entidades del sistema financiero y bancario, la Policía Nacional del Perú, las diferentes oficinas registrales del territorio nacional y ante el Banco de la Nación, podrán ordenar embargos o requerir su cumplimiento. Dicha acreditación deberá contener, cuando menos, el nombre de la persona, el número del documento de identificación personal, el domicilio personal, el número de inscripción correspondiente a su colegiatura, el número y fecha de la resolución que lo designa, el registro de firmas y sellos correspondiente, la dirección de la oficina en donde funciona la Ejecutoria Coactiva de la Entidad. La acreditación del Ejecutor coactivo deberá ser suscrita por el titular de la Entidad correspondiente.” (cursiva agregada);
Que, el Artículo 1° de la Ley N°27204, precisa que el cargo de Ejecutor y Auxiliar Coactivo no es cargo de confianza, señala que “Precisase que el Ejecutor y el Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en el Artículo 7° de la Ley Nº26979,”Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva”, no implica que dichos cargos sean de confianza.” (cursiva agregada);
Que, mediante Informe N°125-2023-MPL/GRDE-SREC de fecha 19 de abril de 2023 la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, comunica que la señorita Gina Cusi Ticona, ha sido ganadora de la plaza para cubrir el cargo de Ejecutor Coactivo, convocada mediante Concurso Público CAS N°001-2023-MPL;
Que, con Informe N°356-2023-MPL-GA/SGRH de fecha 04 de abril de 2023, la Subgerencia de Recursos Humanos, indica que habiéndose cumplido con la normativa para la designación del Ejecutor Coactivo, según lo establecido en el Artículo 7° del Decreto Supremo N°018-2008-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley N°26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, así como lo señalado por el informe citado en el párrafo anterior, se debe emitir el acto administrativo mediante el cual se nombre a la abogada Gina Cusi Ticona como Ejecutor Coactivo perteneciente a la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico de la Municipalidad de Pueblo Libre. Asimismo, señala que la Servidora ha ingresado a la entidad a través de concurso público, habiendo cumplido con la formalidad y demás requisitos exigidos en el Texto Único Ordenado de la Ley N°26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva y sus modificatorias;
Que, con Informe N°252-2023-MPL-GAJ de fecha 19 de abril de 2023 la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que resulta procedente la emisión de la Resolución de Alcaldía que designe al Ejecutor Coactivo, conforme a lo informado por la Subgerencia de Recursos Humanos;
Que, con Memorando N°1157-2023-MPL-GM de fecha 19 de abril de 2023, la Gerencia Municipal, manifiesta que la señorita Gina Cusi Ticona, resultó ganadora del Concurso Público del Proceso CAS N°001-2023-MPL, por lo que solicita se emita el acto resolutivo que designe al Ejecutor Coactivo;
Que, Estando a las consideraciones expuestas, se hace necesario emitir el acto administrativo solicitado por la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva;
En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y contando con el visto bueno de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico, la Subgerencia de Recursos Humanos, la Gerencia de Administración, la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia Municipal;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA, la encargatura del señor DANIEL ERNESTO POSTIGO HERNANI auxiliar coactivo, en el cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad de Pueblo Libre, siendo su último día de labores el día 21 de abril de 2023.
Artículo Segundo.- DESIGNAR a partir del 24 de abril de 2023 a la Abogada GINA CUSI TICONA, en el cargo de Ejecutor Coactivo, perteneciente a la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva de la Municipalidad de Pueblo Libre, para cumplir las funciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS.
Artículo Tercero.- DISPONER a la Secretaría General la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”; para efectos de acreditación de los designados, ante otras entidades públicas y privadas y la notificación de la presente.
Articulo Cuarto.- DISPONER que la Secretaría General cumpla con la notificación de la presente resolución.
Articulo Quinto.- DISPONER a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Municipalidad de Pueblo Libre.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.
MONICA ROSSANA TELLO LOPEZ
Alcaldesa
2171620-1