Disponen la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes, en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima
Consejo Ejecutivo
RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA
N° 000154-2023-CE-PJ
Lima, 20 de abril del 2023
VISTO:
El Oficio N° 000021-2023-P-CT-EJE-PJ cursado por el señor Consejero Héctor Enrique Lama More, Presidente de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, el señor Presidente de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, mediante Oficio N° 000021-2023-P-CT-EJE-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno la aprobación del pedido de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, respecto a la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) en la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes en dicha sede judicial; así como la propuesta para la fecha de puesta a producción e inauguración, en el marco de lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 000154-2022-CE-PJ, que aprueba la implementación del Expediente Judicial Electrónico en la citada especialidad en las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, Lima, La Libertad, Lambayeque y Lima Norte.
Segundo. Que, el Expediente Judicial Electrónico (EJE) promovido por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, es parte del fortalecimiento de la transformación digital del Poder Judicial; previsto como Objetivo Estratégico (OEI 0.5) del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 136-2021-P-PJ; en ese sentido, el Expediente Judicial Electrónico desde su lanzamiento en el 2017 mediante la Resolución Administrativa N° 005-2017-CE-PJ, hasta la fecha, viene impulsando el uso de las nuevas Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) en los procesos judiciales, a efecto de fortalecer la celeridad y la transparencia en la solución de los conflictos que están a cargo de los órganos jurisdiccionales, en concordancia con los objetivos estratégicos del Plan Estratégico Institucional del Poder Judicial.
Tercero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 00039-2021-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la continuidad en las actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico (EJE) de conformidad a lo sustentado en el Informe Nº 001-2021-ST-CT-EJE-PJ elaborado por la Secretaria Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, documento en el cual se verifica las acciones ejecutadas y el avance en el cumplimiento de las metas programadas en el correspondiente Plan Operativo Institucional; que viene siendo potenciado en el actual periodo 2023, permitiendo incorporar nuevos servicios en beneficio de los justiciables y de los órganos jurisdiccionales, facilitando la labor jurisdiccional y el acceso a la justicia a la partes procesales, permitiendo tener procesos transparentes, seguros y céleres.
Cuarto. Que, a través de la Resolución Administrativa N° 000114-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el Plan Anual de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico para el periodo 2023, en el que se considera acciones organizadas en dos grupos: I) Procesos jurisdiccionales se ejecutan en medios virtuales y con menor desplazamiento de usuarios y elevada disposición al uso de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones en los procesos jurisdiccionales y administrativos; y II) Eficaz soporte de los procesos de decisión e información para los servicios judiciales que brinda el Poder Judicial.
Quinto. Que, la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico desde su conformación al mes de diciembre de 2022, a través de su Secretaría Técnica ha venido desarrollando actividades de implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en treinta y cinco Cortes Superiores de Justicia, concretado en seiscientos cincuenta órganos jurisdiccionales que ya disponen de los beneficios de expediente judicial electrónico, en las especialidades: Laboral-Nueva Ley Procesal del Trabajo, Contencioso Administrativo subespecialidades Tributario, Aduanero y Temas de Mercado, Civil sub especialidad Comercial y Civil-Litigación Oral, así como en Familia en la Sub especialidad Violencia Contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar y Familia Civil Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes. El número de órganos jurisdiccionales incluye trece órganos jurisdiccionales correspondientes a la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada-etapa intermedia, en atención a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 000138-2020-P-CE-PJ y la implementación del Expediente Judicial Electrónico en tres órganos jurisdiccionales de la Corte Suprema de Justicia de la República: Sala Penal Permanente, Sala Penal Especial y Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, aprobado por el Consejo Ejecutivo mediante Resolución Administrativa N° 000135-2022-P-CE-PJ, totalizándose a dieciséis órganos jurisdiccionales implementados con el Expediente Judicial Electrónico en la especialidad penal - CPP.
Sexto. Que, los resultados obtenidos por la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, que promueve la implementación del Expediente Judicial Electrónico y cuyos objetivos están enmarcados en el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2021-2030, se enlazan con las Políticas Públicas Nacionales: La Política General de Gobierno para el período 2021-2026 (D.S. N° 164-2021-PCM), en lo referente a impulsar el Gobierno y Transformación Digital con Equidad, la Política Nacional de Competitividad y Productividad 2019-2030 (D.S. N° 345-2018-EF), el Plan Nacional de Competitividad y Productividad al 2030 (D.S. N° 237-2019-EF), la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública (D.S. N° 004-2013-PCM) y la Estrategia Nacional de Implementación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar 2021-2026 (D.S. N° 011-2021-MIMP). La Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico es también cooperante activo en la implementación de la Política Pública de Reforma del Sistema de Justicia en el Poder Judicial (Resolución Administrativa N° 338-2022-CE-PJ).
En ese sentido, los logros que viene obteniendo la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico son concurrentes con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional PEDN al 2050 en el Objetivo Estratégico Nacional: OE 4.3. Garantizar el acceso a la justicia para todas las personas, mediante un Sistema de Justicia eficaz, confiable, moderno, predecible y transparente, que asegure sus derechos; haciendo uso de las tecnologías digitales y la correspondiente Acción Estratégica Nacional AE 4.3.2. Garantizar el acceso al Sistema de Administración de Justicia y la seguridad jurídica de las personas de manera accesible, oportuna, predictible, inclusiva, transparente, confiable y pacífica con un sistema célere, moderno, tecnológico e interoperable.
Sétimo. Que, en cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo en el marco de la Resolución Administrativa N° 000154-2022-CE-PJ, la Secretaría Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico ha elaborado el Informe N° 0008-2023-ST-CT-EJE-PJ, teniendo como sustento el Oficio N° 000640-2023-GI-GG-PJ de la Gerencia de Informática que gestiona el Informe N° 000051-2023-CPY-SDSI-GI-GG-PJ, mediante el cual el Gerente de Informática informa respecto a las acciones de Implementación del Expediente Judicial Electrónico en la Corte Superior de Justicia de Lima en la Especialidad Familia Civil, Proceso Único en materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes, donde se proyecta la puesta en producción del Expediente Judicial Electrónico.
Por su parte, la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación de la Gerencia General mediante Oficio N° 000069-2023-GSJR-GG-PJ, remite el documento denominado Diagnóstico Situacional en el marco de la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) en la Corte Superior de Justicia de Lima, en el cual indica los órganos jurisdiccionales a considerarse en la implementación del Expediente Judicial Electrónico para la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes; así como la conformación de la Mesa de Partes Física para la atención de ingresos de documentos en la Corte Superior de Justicia de Lima. Al respecto, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima remite el Oficio N° 000278-2023-P-CSJLI-PJ, mediante el cual brinda opinión favorable y conformidad a los precitados informes, solicitando adicionalmente se efectué la entrada en producción e inauguración correspondiente.
Octavo. Que, existiendo la necesidad de continuar con las implementaciones del Expediente Judicial Electrónico, como parte de las acciones de fortalecimiento del acceso a la justicia, y estando en ejecución las actividades correspondientes al Plan Operativo Institucional del Expediente Judicial Electrónico (POI EJE) y Plan de Actividades de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico para el periodo 2023, se propone iniciar la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes.
Noveno. Que, el artículo 82°, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 687-2023 de la décima quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 19 de abril de 2023, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo y Espinoza Santillán, sin la intervención de la señora Medina Jiménez por asistir a una actividad programada con anterioridad; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer la implementación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), para la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes, a partir del 24 de abril de 2023, en los órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima, conforme al detalle siguiente:
Sede Javier Alzamora Valdez, ubicada en Esquina de Avenida Abancay con Nicolás de Piérola S/N - Cercado - Lima:
• 2º Juzgado de Familia
• 4º Juzgado de Familia
• 6º juzgado de Familia
• 10º Juzgado de Familia
• 14º Juzgado de Familia
• 16º juzgado de Familia
• 17º juzgado de Familia
• 18º Juzgado de Familia
• 19º Juzgado de Familia
• 20º juzgado de Familia
Sede Puno Carabaya, ubicada en Jirón Carabaya N° 718-724-736 y Jirón Puno N° 146-158-170 - Cercado - Lima.
• 03º Juzgado de Paz Letrado de Lima
• 04º Juzgado de Paz Letrado de Lima
• 06º Juzgado de Paz Letrado de Lima
• 07º Juzgado de Paz Letrado de lima
• 08º Juzgado de Paz Letrado de Lima
• 09º Juzgado de Paz Letrado de Lima
• 10º Juzgado de Paz Letrado de Lima
Sede Breña, ubicada en Jirón General Felipe Varela N° 1550 - Breña
• 1º Juzgado de Paz Letrado de Breña
• 2º Juzgado de Paz Letrado de Breña
Sede Jesús María, ubicada en Avenida Horacio Urteaga N° 928 - Jesús María
• 1º Juzgado de Paz Letrado de Jesús María
• 2º Juzgado de Paz Letrado de Jesús María
Sede Pueblo Libre, ubicada en Avenida Mariano Cornejo N° 1415-1417 - Pueblo Libre
• 1º Juzgado de Paz Letrado de Pueblo Libre y Magdalena
• 2º Juzgado de Paz Letrado de Pueblo Libre y Magdalena
• 3º Juzgado de Paz Letrado de Pueblo Libre y Magdalena
Sede Rímac, ubicada en Avenida Amancaes N° 826-828 - Rímac.
• 1º Juzgado de Paz Letrado del Rímac
• 2º Juzgado de Paz Letrado del Rímac
• 3º Juzgado de Paz Letrado del Rímac
Sede San Miguel, ubicada en Calle Julio Verne N° 108 - San Miguel
• 1º Juzgado de Paz Letrado de San Miguel
• 2º Juzgado de Paz Letrado de San Miguel
Sede Surco-San Borja, ubicada en Avenida Javier Prado Este N° 2660 - San Borja
• 1º Juzgado de Paz Letrado de Santiago de Surco y San Borja
• 2º Juzgado de Paz Letrado de Santiago de Surco y San Borja
• 3º Juzgado de Paz Letrado de Santiago de Surco y San Borja
• 4º Juzgado de Paz Letrado de Santiago de Surco y San Borja
• 5º Juzgado de Paz Letrado de Santiago de Surco y San Borja
• 6º Juzgado de Paz Letrado de Santiago de Surco y San Borja
• 7º Juzgado de Paz Letrado de Santiago de Surco y San Borja
• 8º Juzgado de Paz Letrado de Santiago de Surco y San Borja
Sede Surquillo, ubicada en Calle Leonardo Barbieri N° 1340 (2do. 3er. y 5to. Piso) - Surquillo
• 1º Juzgado de Paz Letrado de Surquillo
• 2º Juzgado de Paz Letrado de Surquillo
Sede Lince-San Isidro, ubicada en Avenida República de Panamá N° 3591, Oficina 1301 (piso 13) Edificio AltaVista - San Isidro
• 1º Juzgado de Paz Letrado de Lince y San Isidro
• 2º Juzgado de Paz Letrado de Lince y San Isidro
• 3º Juzgado de Paz Letrado de Lince y San Isidro
• 4º Juzgado de Paz Letrado de Lince y San Isidro
• 5º Juzgado de Paz Letrado de Lince y San Isidro
Sede La Victoria, ubicada en Avenida Esteban Campodónico N° 157 - Urb. Santa Catalina - La Victoria
• 1º Juzgado de Paz Letrado de La Victoria y San Luis
• 2º Juzgado de Paz Letrado de La Victoria y San Luis
• 3º Juzgado de Paz Letrado de La Victoria y San Luis
• 4º Juzgado de Paz Letrado de La Victoria y San Luis
• 5º Juzgado de Paz Letrado de La Victoria y San Luis
• 7º Juzgado de Paz Letrado de La Victoria y San Luis
Sede Miraflores Avenida La Mar N° 1005 - 1027 - Urb. Santa Cruz -Miraflores
• 1º Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores
• 2º Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores
• 3º Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores
• 4º Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores
• 5º Juzgado de Paz Letrado de Barranco y Miraflores
La ceremonia de inauguración, se realizará el 27 de abril de 2023
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial; así como a la Corte Superior de Justicia de Lima, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución.
Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Programa Presupuestal por Resultado 0067 - Celeridad de los Procesos Judiciales de Familia, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JAVIER ARÉVALO VELA
Presidente
2171115-3