Aprueban el Manual de Operaciones de la Dirección Regional de Educación Tacna y la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna

DECRETO REGIONAL

Nº 004-2022-GR/GOB.REG.TACNA

27 de diciembre del 2022

VISTOS:

El Oficio N° 2769-2022-GRPPAT/GOB.REG.TACNA, del 03 de noviembre de 2022; Informe Nº 166-2022-GRPPAT-SGMI/GOB.REG.TACNA, del 28 de octubre de 2022; Opinión Legal Nº 1363-2022-GRAJ/GOB.REG.TACNA, del 10 de noviembre de 2022; Acta de Sesión de Directorio Gerencial Regional N° 002-2022-DGR/GOB.REG.TACNA, del 02 de diciembre de 2022; Oficio Nº 3168-2022-GRPPAT/GOB.REG.TACNA, del 13 de diciembre de 2022 y la Opinión Legal Nº 1565-2022-GRAJ/GOB.REG.TACNA, del 20 de diciembre de 2022; respecto a la aprobación del Manual de Operaciones de la Dirección Regional de Educación Tacna y la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna, y:

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 28607, Ley de Reforma de los articules 91°, 191 º y 194º de la Constitución Política del Estado, así como lo dispuesto en la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, establecen que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, la autonomía política de los Gobiernos Regionales se define como la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que les son inherentes, conforme lo establece el inc. 9.1 del artículo 9º de la Ley N° 27783, Ley de Bases de Descentralización;

Que, de acuerdo con el literal m) del artículo 10º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, es competencia exclusiva del Gobierno Regional, de acuerdo al artículo 35º de la Ley de Bases de Descentralización, dictar las normas sobre asuntos y materia de su responsabilidad y proponer las iniciativas legislativas correspondientes;

Que, mediante Ordenanza Regional Nº 016-2022-CR/GOB.REG.TACNA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Tacna; el mismo que en su Art. 47º Estructura Orgánica, considera como órganos desconcentrados a la Dirección Regional de Educación Tacna y la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna:

Que, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, modificado con Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM y Decreto Supremo Nº 064-2021-PCM; establece en el literal c) del Art. 53º al Manual de Operaciones, como documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza entre otras, “la estructura orgánica al interior de los órganos desconcentrados, cuando corresponda”;

Que, el dispositivo citado en el párrafo precedente, prescribe, en el numeral 55.2 del Art. 55: El MOP se aprueba según corresponda, por resolución ministerial o por resolución del titular de un organismo público, en el caso del Poder Ejecutivo o por Decreto Regional o de Alcaldía, en el caso de los gobiernos regionales y locales.”;

Que, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2020-PCM-SGP, que aprueba los Lineamientos N° 02-2020-SGP, establece orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Manual de Operaciones - MOP que tienen como finalidad orientar a las entidades públicas en su diseño organizacional y sobre los diversos aspectos relacionados con el Reglamento de Organización y Funciones ROF y el Manual de Operaciones - MOP, en concordancia con lo dispuesto en la normativa de la materia;

Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 21 literal d), señala que es atribución del Gobernador Regional, dictar Decretos y Resoluciones Regionales. En tanto que el artículo 40º prescribe que: “Los Decretos Regionales establecen normas reglamentos para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano. Los Decretos Regionales son aprobados y suscritos por la Gobernación Regional, con acuerdo del directorio de Gerencias Regionales”;

Que, la Sub Gerencia de Modernización Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, sobre lo solicitado; así como en el marco de las disposiciones legales en materia de organización del Estado, ha elaborado el Informe Nº 166-2022-GRPPAT-SGMI/GOB.REG.TACNA, contándose además con la opinión favorable de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica emitida a través de la Opinión Legal Nº 1363-2022- GRAJ/GOB.REG.TACNA;

Que, mediante Acta de Sesión de Directorio Gerencial Regional Nº 002-2022-DGR/GOB. REG .TACNA, se acordó por unanimidad aprobar el Manual de Operaciones de la Dirección Regional de Educación Tacna y la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna; por lo cual debe procederse con su respectivo trámite administrativo hasta su aprobación mediante Decreto Regional.

Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27783 “Ley de Bases de la Descentralización”, modificada por las Leyes Nº 27950 y Nº 28139, y en uso de las Facultades conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; la Ordenanza Regional N° 016-2022-CR/GOB.REG.TACNA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Tacna, con visación de la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Sub Gerencia de Modernización Institucional y la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica.

DECRETA:

Artículo Primero.- APROBAR el MANUAL DE OPERACIONES de la Dirección Regional de Educación Tacna y la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna; el mismo que consta de 177 Artículos, 03 Títulos, 05 Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales y Anexo, que forma parte integrante del presente Decreto Regional.

Artículo Segundo.- DISPONER que la Dirección Regional de Educación Tacna y la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna a partir de la publicación del presente Decreto Regional en el Diario Oficial El Peruano, realicen las acciones pertinentes para la adecuación de sus documentos de gestión a que diere lugar.

Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente Decreto Regional en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, y el texto íntegro del MOP y su organigrama institucional en el Portal Institucional de la Dirección Regional de Educación Tacna y la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna.

Artículo Cuarto.- DISPONER que el funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, publique el contenido del presente Decreto Regional en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Tacna.

Artículo Quinto.- DISPONER que el presente Decreto Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de publicada la norma que deroga la Ordenanza Regional Nº 004-2009-CR/GOB.REG.TACNA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Educación Tacna y la Unidad de Gestión Educativa Local.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN TONCONI QUISPE

Gobernador Regional

2170418-1