Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Metropolitana de Lima

ORDENANZA N° 2537

EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima;

VISTOS: En sesión ordinaria de la fecha; el Dictamen N° 026-2023-MML-CMAL de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales, el Dictamen N° 015-2023-MMLCMAEO de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 8 del artículo 9, y artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Metropolitano, por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA

QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

Artículo Primero.- Apruébese el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el mismo que consta de dos (2) Títulos, nueve (9) capítulos, ciento sesenta y siete (167) artículos y un anexo, que incluye el Organigrama de la Municipalidad Metropolitana de Lima, cuyo texto forma parte integrante del presente dispositivo legal.

Artículo Segundo.- Disponer que lo resuelto en la Resolución de Alcaldía N° 323 de fecha 7 de mayo de 2019, que crea la Unidad Funcional de Integridad Institucional, alcanza a todos los órganos y unidades orgánicas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, Órganos Desconcentrados Especiales y Empresas Municipales.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES

Primera.- Encargar a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente ordenanza en el diario oficial “El Peruano” y, a la Gerencia de Comunicación Social y Relaciones Públicas, en coordinación con la Subgerencia del Gobierno Digital e Innovación, la publicación del texto íntegro del Reglamento de Organización y Funciones y su Organigrama aprobado por la presente ordenanza, en el Portal Institucional (www.munlima.gob.pe) y en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).

Segunda.- Disponer que la presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.

Tercera.- Facultar al Alcalde para que, mediante decreto de alcaldía, establezca las normas reglamentarias, complementarias y de aplicación de la presente ordenanza, de ser necesarias.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA

TRANSITORIA

Única.- Disponer un plazo de treinta (30) días hábiles, contados desde la publicación de la presente ordenanza, para que los Órganos, Unidades Orgánicas, Órganos Desconcentrados, Organismos Descentralizados y Empresas Municipales, pertenecientes a la Municipalidad Metropolitana de Lima, se adecúen al Reglamento de Organización y Funciones aprobado a través de la presente ordenanza.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA

DEROGATORIA

Única.- Deróguese la Ordenanza N° 2208 que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada el 4 de enero de 2020 en el diario oficial “El Peruano” y sus modificatorias, así como cualquier otro dispositivo que se oponga a la presente ordenanza.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

Lima, 14 de abril de 2023

RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA

Alcalde

2170330-1