Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas
RESOLUCIÓN SBS N° 01309-2023
Lima, 13 de abril de 2023
EL SECRETARIO GENERAL
VISTA:
La solicitud presentada por el señor Maurice Calmet Williams para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección IV De los Auxiliares de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Ajustadores de Siniestros de Seguros Generales y punto 3.- Peritos de Seguros Generales; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas aprobado mediante Resolución SBS N° 808-2019, establece los requisitos formales para la inscripción de los Auxiliares de Seguros en el Registro respectivo;
Que, la Secretaría Técnica ha considerado pertinente aceptar la inscripción del señor Maurice Calmet Williams, postulante a Ajustador de Siniestros de Seguros Generales y Peritos de Seguros Generales - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, aprobado mediante Resolución S.B.S N° 3814-2018 de fecha 02 de octubre de 2018;
Que, habiéndose cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; y,
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26702 y sus modificatorias – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia aprobado por Resolución SBS N° 1678-2018;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Maurice Calmet Williams, con matrícula número APN-387, en el Registro, Sección IV De los Auxiliares de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Ajustadores de Siniestros de Seguros Generales y punto 3.- Peritos de Seguros Generales, a cargo de esta Superintendencia.
Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS ENRIQUE MELGAR ROMARIONI
Secretario General
2169861-1