Designan Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Música

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL

N° 051-2023-MINEDU

Lima, 12 de abril de 2023

VISTOS, el Expediente N° DICOPRO2023-INT-0069576; el Informe N° 00030-2023-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria; el Oficio N° 00483-2023-MINEDU/VMGP-DIGESU, de la Dirección General de Educación Superior Universitaria; y el Informe N° 00398-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece que la universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial, y está integrada por docentes, estudiantes y graduados, precisando que las universidades públicas son personas jurídicas de derecho público;

Que, el artículo 8 de la Ley N° 30220, establece que el Estado reconoce la autonomía universitaria, la cual se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley y demás normativa aplicable, y se manifiesta en los regímenes normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico;

Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30220, establece que el Conservatorio Nacional de Música mantiene el régimen académico de gobierno y de economía establecidos por las leyes que la rigen; asimismo, tiene los deberes y derechos que confiere la citada Ley para otorgar en nombre de la Nación el grado de bachiller y los títulos de licenciado respectivos, equivalentes a los otorgados por las universidades del país, que son válidos para el ejercicio de la docencia universitaria y para la realización de estudios de maestría y doctorado, y gozan de las exoneraciones y estímulos de las universidades en los términos de la referida Ley;

Que, el artículo 29 de la Ley N° 30220 establece que aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan;

Que, los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; establecen, como algunas de las funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, la de constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar los actos resolutivos y documentos normativos, en el marco de su competencia;

Que, el literal g) del artículo 148 del ROF del Ministerio de Educación dispone que la Dirección General de Educación Superior Universitaria, propone los documentos normativos para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como su conformación;

Que, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 del ROF del Ministerio de Educación, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria tiene, entre otras funciones, la de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de Universidades Públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa aplicable;

Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modificada mediante Resolución Viceministerial N° 055-2022-MINEDU, establece que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a tiempo completo y a dedicación exclusiva, son de libre designación y remoción, y ejercerán los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda;

Que, mediante el artículo 1 de la Ley N° 30597, se otorga la denominación de Universidad Nacional de Música al Conservatorio Nacional de Música; asimismo, a través del artículo 2 del citado dispositivo se establece que la mencionada institución deberá adecuar su estatuto y órganos de gobierno conforme a lo dispuesto en la Ley N° 30220, Ley Universitaria;

Que, el artículo 4 de la Ley N° 30851, Ley que establece medidas para la correcta aplicación de la Ley N° 30597, señala que el Ministerio de Educación designa a los integrantes de la comisión organizadora de la Universidad Nacional de Música y la Universidad Nacional Diego Quispe Tito a que se refiere la Ley N° 30597. Para ello la comunidad académica, integrada por docentes y alumnos de cada universidad, propone al Ministerio de Educación una relación de seis personas, para designar un mínimo de dos integrantes de la comisión organizadora; quienes están exceptuados de lo dispuesto en los numerales 61.2 y 61.3 del artículo 61 de la Ley N° 30220;

Que, la Septuagésima Tercera Disposición Complementaria Final, de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, dispone que la Universidad Nacional de Música, a que se refiere la Ley N° 30597, constituye un pliego presupuestario; asimismo, para la implementación del artículo 29 de la Ley Universitaria, se exceptúa al Ministerio de Educación de los numerales 61.2 y 61.3 del artículo 61 de esta última;

Que, el literal A del capítulo 4.1 de la Resolución del Consejo Directivo N° 158-2018-SUNEDU/CD, que aprueba la “Guía para la correcta aplicación del artículo 2 de la Ley N° 30597, respecto de la adecuación de los estatutos y los órganos de gobierno de la Universidad Nacional de Música, Universidad Nacional Daniel Alomía Robles y Universidad Nacional Diego Quispe Tito”, establece que la Universidad Nacional de Música propone al Ministerio de Educación, una lista -de un máximo- de seis (6) candidatos a miembros de la comisión organizadora, quienes deben ser académicos de reconocido prestigio y, además cumplir con los requisitos señalados en el artículo 61 de la Ley Universitaria, con excepción de aquellos previstos en los numerales 61.2 y 61.3 de la referida disposición. De los seis (6) candidatos propuestos por la Universidad Nacional de Música al Ministerio de Educación, por lo menos dos (2) integrantes designados deben provenir de la lista antes referida.

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 002-2019-MINEDU, se constituye la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Música, quedando integrada de la siguiente manera: CARMEN ANGELICA ESCOBEDO REVOREDO DE ALBAN, como Presidenta; NILO AUGUSTO VELARDE CHONG, como Vicepresidente Académico; y, LYDIA FATIMA HUNG WONG, como Vicepresidenta de Investigación;

Que, con Resolución Viceministerial N° 068-2019-MINEDU, se acepta la renuncia del señor NILO AUGUSTO VELARDE CHONG al cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Música, y se designa al señor CLAUDIO GERMAN PANTA SALAZAR, en el referido cargo;

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 236-2020-MINEDU, se encarga a la señora LYDIA FATIMA HUNG WONG, Vicepresidenta de Investigación, las funciones de Presidenta de la referida Comisión Organizadora;

Que, con Resolución Viceministerial N° 121-2021-MINEDU, se reconforma la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Música, quedando integrada de la siguiente manera: LYDIA FATIMA HUNG WONG, como Presidenta; CLAUDIO GERMAN PANTA SALAZAR, como Vicepresidente Académico; y, JACK DIEGO PUERTAS CASTRO como Vicepresidente de Investigación;

Que, mediante Oficio N° 00483-2023-MINEDU/VMGP-DIGESU, la Dirección General de Educación Superior Universitaria remite el Informe N° 00030-2023-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, en virtud del cual la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, sustenta y propone se emita la resolución viceministerial que disponga: i) Dar por concluida la designación de la señora LYDIA FATIMA HUNG WONG, en el cargo de Presidenta de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Música; y, ii) Designar al señor JORGE LEONCIO RIVERA MUÑOZ, en el referido cargo;

Que, mediante Informe N° 00398-2023-MINEDU/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente procedente la emisión de la Resolución Viceministerial conforme a lo sustentado por la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; la Ley N° 30597, Ley que denomina Universidad Nacional de Música al Conservatorio Nacional de Música, Universidad Nacional Daniel Alomía Robles al Instituto Superior de Música Público Daniel Alomía Robles de Huánuco y Universidad Nacional Diego Quispe Tito a la Escuela Superior Autónoma de Bellas Artes Diego Quispe Tito del Cusco y solamente cuentan con las carreras profesionales y especialidades que actualmente ofertan; la Ley N° 30851, Ley que establece medidas para la correcta aplicación de la Ley N° 30597; la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Resolución del Consejo Directivo N° 158-2018-SUNEDU/CD, que aprueba la “Guía para la correcta aplicación del artículo 2 de la Ley N° 30597; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, que aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, modificada por la Resolución Viceministerial N° 055-2022-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora LYDIA FATIMA HUNG WONG en el cargo de Presidenta de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Música, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Designar al señor JORGE LEONCIO RIVERA MUÑOZ en el cargo de Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Música.

Artículo 3.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Música, remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de 30 días calendario contados a partir de su presentación o entrega, copia del Informe de Transferencia de Gestión, conforme a lo previsto en el numeral 6.1.9 de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modificado por Resolución Viceministerial N° 055-2022-MINEDU.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIRIAM JANETTE PONCE VERTÍZ

Viceministra de Gestión Pedagógica

2168605-1