Aprueban el Reglamento de la Red Nacional de Investigación en Tuberculosis
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 368-2023/MINSA
Lima, 10 de abril del 2023
Visto, el Expediente N° DGIESP20220000058, que contiene los Informes N° 027-2022-DPCTB-DGIESP/MINSA, N° D000013-2022-DGIESP-DPCTB-MINSA y N° D000031-2023-DGIESP-DPCTB-MINSA y los Memorándums N° D000414-2022-DGIESP-MINSA y D001328-2023-DGIESP-MINSA de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; y, el Informe N° D000377-2023-OGAJ/MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, establecen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla. Asimismo, el numeral XV del Título Preliminar de la precitada Ley dispone que el Estado promueve la investigación científica y tecnológica en el campo de la salud, entre otros;
Que, los numerales 1) y 9) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, señalan como ámbito de competencia del Ministerio de Salud, la salud de las personas, y la investigación y tecnologías en salud, respectivamente;
Que, los literales b) y h) del artículo 5 del acotado Decreto Legislativo, modificado por Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, establecen que son funciones rectoras del Ministerio de Salud formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política nacional y políticas sectoriales de salud, entre otros;
Que, la Ley N° 30287, Ley de Prevención y Control de la Tuberculosis, dispone en su artículo 37 que el gobierno nacional, los gobiernos regionales y locales y las instituciones educativas superiores priorizan y promueven la investigación médico-científica y social sobre la tuberculosis en el Perú;
Que, el numeral 43.1 del artículo 43 del Reglamento de la Ley N° 30287, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2016-SA, crea la Red Nacional de Investigación en Tuberculosis, a fin de fomentar la investigación en la temática de tuberculosis que permita generar evidencias para la lucha contra la misma; y, los numerales 43.2 y 43.3 del precitado artículo disponen que la Red Nacional antes mencionada tiene como miembros a instituciones públicas y privadas que desarrollan investigación en tuberculosis en el territorio nacional y al Comité Nacional de Evaluación de Retratamientos (CNER), siendo presidida por el Ministerio de Salud y asumiendo la secretaría técnica el Instituto Nacional de Salud;
Que, asimismo la Segunda Disposición Complementaria Final del referido Reglamento ha previsto que el Ministerio de Salud elabora el reglamento de la referida Red Nacional, que es aprobado por Resolución Ministerial;
Que, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 011-2017-SA, establece que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas en Salud Pública en materia de prevención y control de la tuberculosis, entre otras;
Que, en ese sentido, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública ha propuesto para aprobación el Reglamento de la Red Nacional de Investigación en Tuberculosis;
Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, y con la opinión favorable del Instituto Nacional de Salud;
Con el visado de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la Dirección General de Personal de la Salud, de la Escuela Nacional de Salud Pública, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Instituto Nacional de Salud, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de Salud Pública; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud y por el Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, modificado por los Decretos Supremos Nº 011-2017-SA y N° 032-2017-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Reglamento de la Red Nacional de Investigación en Tuberculosis, que como Anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial y que se publica en la sede digital del Ministerio de Salud.
Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública y al Instituto Nacional de Salud, en el marco de sus funciones, la difusión del Reglamento de la Red Nacional de Investigación en Tuberculosis, aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROSA BERTHA GUTIÉRREZ PALOMINO
Ministra de Salud
2168214-1