Aprueban la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 000081-2023/SUNAT
APRUEBAN LA SECCIÓN SEGUNDA DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SUNAT
Lima, 11 de abril de 2023
VISTOS:
Los Informes N° 000028-2022-SUNAT/1V2000 y N° 000004-2023-SUNAT/1V2000, emitidos por la Gerencia de Organización y Procesos de la Oficina Nacional de Planeamiento y Estudios Económicos, los Informes N° 000136-2022-SUNAT/8E1000 y N° 000030-2023-SUNAT/8E1000, emitidos por la Gerencia Jurídico Administrativa de la Intendencia Nacional de Asesoría Legal Interna, y el Informe N° D000104-2023-PCM-SSAP, emitido por la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y modificatorias, se establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, con el objeto de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión;
Que, de acuerdo con los artículos 2 y 3 de la Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, y modificatorias, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT es un Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, cuenta con personería jurídica de derecho público, con patrimonio propio y goza de autonomía funcional, técnica, económica, financiera, presupuestal y administrativa;
Que, por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, y modificatorias, se aprueban los Lineamientos de Organización del Estado, que regulan los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; y establecen que el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) es un documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad; contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 44 y 45 de los mencionados lineamientos, el ROF se divide en las Secciones Primera y Segunda, esta última comprende el tercer nivel organizacional en adelante, señalando las funciones específicas asignadas a sus unidades de organización, y se aprueba por resolución del titular de la entidad;
Que, mediante Decreto Supremo N° 040-2023-EF, se aprobó la Sección Primera del ROF de la SUNAT, estableciendo en su Primera Disposición Complementaria Final que, en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación, la SUNAT aprueba mediante resolución del titular de la entidad la Sección Segunda de su ROF;
Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la Sección Segunda del ROF de la SUNAT, la misma que se encuentra en el marco de lo establecido en los citados lineamientos y cuenta con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Teniendo en cuenta los Informes N° 000028-2022-SUNAT/1V2000 y N° 000004-2023-
SUNAT/1V2000, y los Informes N° 000136-2022-SUNAT/8E1000 y 000030-2023-
SUNAT/8E1000, así como la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública contenida en el Informe N° D000104-2023-PCM-SSAP, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y modificatorias; la Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, y modificatorias; el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, y modificatorias; y, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 040-2023-EF, Decreto Supremo que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el inciso m) del artículo 10° del Documento de Organización y Funciones Provisional de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 000042-2022/SUNAT;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT
Aprobar la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 040-2023-EF, que consta de tres (03) títulos, seiscientos cinco (605) artículos, y cinco (05) anexos que contienen la estructura orgánica y el organigrama de la SUNAT, la clasificación de Intendencias de Tributos Internos y unidades de organización dependientes, la clasificación de Intendencias de Aduanas y unidades de organización dependientes, así como las unidades de organización de soporte administrativo según dependencia jerárquica y jurisdicción administrativa a nivel nacional, que forman parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Financiamiento
La implementación de lo dispuesto en la presente resolución se financia con cargo al presupuesto institucional de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 3.- Publicación
La Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT es publicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital de la SUNAT (www.gob.pe/sunat), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera.- Vigencia
La presente resolución entra en vigencia a partir del 1 de junio de 2023.
Segunda.- Implementación
Las unidades de organización competentes de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT deben adoptar las medidas necesarias para la implementación del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo N° 040-2023-EF y la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO
Superintendente Nacional
2168187-1