Aprueban las “Bases para el Proceso de Admisión a los Colegios de Alto Rendimiento de Estudiantes con Habilidades Sobresalientes Artísticas o Deportivas – PAEAD 2023”
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 047-2023-MINEDU
Lima, 5 de abril de 2023
VISTOS, el Expediente DEBEDSAR2023-INT-0059329, el Informe N° 00118-2023-MINEDU/VMGP-DIGESE-DEBEDSAR de la Dirección de Educación Básica para Estudiantes con Desempeño Sobresaliente y de Alto Rendimiento de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados; el Informe N° 00532-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; el Informe N° 00379-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con los artículos 13 y 16 de la Constitución Política del Perú, la educación tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana; correspondiéndole al Estado coordinar la política educativa y formular los lineamientos generales de los planes de estudios, así como los requisitos mínimos de la organización de los centros educativos;
Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, sus funciones rectoras y técnico-normativas son formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;
Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, señala que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, la Octava Disposición Complementaria y Final del Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2012-ED, establece que el Ministerio de Educación, en coordinación con los Gobiernos Regionales, autoriza la creación de nuevos modelos de servicios educativos que reúnan todas las condiciones de calidad requeridas para su adecuado funcionamiento, en el marco de las modalidades, formas y niveles del Sistema Educativo Nacional;
Que, mediante Resolución Suprema N° 027-2014-MINEDU, se declara de interés nacional el servicio educativo dirigido a estudiantes de alto desempeño del país y señala que el Estado es el encargado de promover y brindar un servicio educativo con altos estándares de calidad nacional e internacional a aquellos estudiantes que demuestran un alto desempeño académico, artístico y/o deportivo;
Que, a través de la Resolución Ministerial N° 274-2014-MINEDU, se crea el “Modelo de servicio educativo para la atención de estudiantes de alto desempeño”, modificado por las Resoluciones Ministeriales N° 446-2014-MINEDU, N° 438-2016-MINEDU, N° 603-2017-MINEDU, y N° 315-2021-MINEDU, y actualizado por las Resoluciones Ministeriales N° 537-2019-MINEDU y N° 139-2023-MINEDU, quedando denominado como “Modelo de servicio educativo para la atención de estudiantes con habilidades sobresalientes y alto desempeño académico, deportivo y artístico” (en adelante, MSE Sobresaliente), el cual tiene como finalidad establecer disposiciones para la gestión de un servicio educativo que se ajusta dentro de un entorno inclusivo a las demandas educativas de los estudiantes con habilidades sobresalientes y alto desempeño académico, artístico y/o deportivo en la educación secundaria de todo el país, en el marco de una gestión descentralizada, innovadora y alineada al enfoque por competencias y los otros enfoques establecidos en el Currículo Nacional de la Educación Básica (CNEB);
Que, el numeral 6.1 del MSE Sobresaliente actualizado mediante Resolución Ministerial N° 139-2023-MINEDU, precisa que el referido Modelo ofrece una atención educativa integral a través de tres formas de atención: i) MSE Sobresaliente con énfasis académico, ii) MSE Sobresaliente con énfasis artístico, y iii) MSE Sobresaliente con énfasis deportivo; diseñadas en función al potenciamiento de las habilidades sobresalientes en los ámbitos académico, deportivo y/o artístico;
Que, en el marco de las disposiciones señaladas, la Dirección General de Servicios Educativos Especializados remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 00118-2023-MINEDU/VMGP-DIGESE-DEBEDSAR, elaborado por la Dirección de Educación Básica para Estudiantes con Desempeño Sobresaliente y de Alto Rendimiento, dependiente de la citada Dirección General, que sustentan la necesidad de aprobar las “Bases para el Proceso de Admisión a los Colegios de Alto Rendimiento de Estudiantes con Habilidades Sobresalientes Artísticas o Deportivas PAEAD - 2023” (en adelante, la propuesta); que tiene por objetivo establecer disposiciones para el desarrollo del proceso de admisión a los Colegios de Alto Rendimiento para estudiantes con talento deportivo o artístico, correspondiente al año 2023;
Que, la propuesta cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR), de la Dirección General de Educación Básica Alternativa Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA), de la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED), y de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicación (OTIC);
Que, mediante el Informe N° 00532-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable señalando que la propuesta se encuentra alineada con los objetivos estratégicos e institucionales del Sector, y desde el punto de vista presupuestal, su aprobación no irrogará gastos adicionales a los ya programados en el Pliego 010: Ministerio de Educación;
Que, a través del Informe N° 00379-2023-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emitió opinión favorable a la propuesta, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación;
Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 002-2023-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2023, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los documentos normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 002-2023-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar las “Bases para el Proceso de Admisión a los Colegios de Alto Rendimiento de Estudiantes con Habilidades Sobresalientes Artísticas o Deportivas – PAEAD 2023”, las mismas que como anexo forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Miriam Janette Ponce Vertiz
Viceministra de Gestión Pedagógica
2167293-1