Aprueban la incorporación de tres servicios de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA) del Ministerio de Salud, para su trámite a través del Componente Mercancías Restringidas de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE)

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 106-2023-MINCETUR

Lima, 4 de abril de 2023

VISTOS, el Informe Técnico Legal N° 0004- 2023-MINCETUR/VMCE/DGFCE/DVUCEPT-YND y el Memorándum N° 068-2023-MINCETUR/VMCE/DGFCE/DVUCEPT de la Dirección de la Ventanilla Única de Comercio Exterior y Plataformas Tecnológicas de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior; el Memorándum N° 153-2023-MINCETUR/VMCE/DGFCE de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior; el Memorándum N° 236-2023-MINCETUR/VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior; y,

CONSIDERANDO:

Que, según el artículo 2 de la Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) es el sistema integrado para la facilitación del comercio exterior que, a través de medios electrónicos, permite a las partes involucradas en el comercio exterior y el transporte internacional, intercambiar información requerida o relevante para el ingreso, la salida o el tránsito de las mercancías y de los medios de transporte desde o hacia el territorio nacional, así como gestionar la documentación e información relativa a los procedimientos y servicios que se realicen a través de dicho sistema;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020- MINCETUR, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, que establece, entre otros temas, las reglas para el funcionamiento de la VUCE, a través de los diversos componentes y servicios que presta a la comunidad del comercio exterior;

Que, la Primera Disposición Complementaria Final del citado Reglamento, detalla las entidades públicas comprendidas dentro del ámbito de aplicación de la VUCE, que cuentan con procesos, procedimientos y trámites vinculados al ámbito de aplicación de la misma, entre las cuales figura la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA) del Ministerio de Salud; mientras que su Primera Disposición Complementaria Transitoria establece que “Los procedimientos administrativos y servicios que se incorporan a la VUCE inician operaciones al día siguiente de la publicación en el diario oficial El Peruano, de la Resolución Ministerial del titular del MINCETUR que aprueba su incorporación. Por la misma vía, se pueden incorporar progresivamente otros procedimientos administrativos o servicios para el cumplimiento de requerimientos de información”;

Que, mediante Acta de Certificación Nº 2023-001-DGS, se ha certificado la implementación de tres (3) nuevos servicios administrativos a cargo de DIGESA, que se incorporan a la VUCE;

Que, en atención a lo señalado por la Dirección de la Ventanilla Única de Comercio Exterior y Plataformas Tecnológicas de la Dirección General de Facilitación del Comercio Exterior, mediante los documentos de Vistos, resulta necesario emitir el acto resolutivo que apruebe la incorporación de tres (3) servicios de DIGESA para que inicien su operación a través de la VUCE;

De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio Comercio Exterior y Turismo, y sus modificatorias; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR, y sus modificatorias; la Ley Nº 30860, Ley de Fortalecimiento de la Ventanilla Única de Comercio Exterior; y, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2020-MINCETUR;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la incorporación de tres (3) servicios de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA) del Ministerio de Salud, para su trámite a través del Componente Mercancías Restringidas de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), los mismos que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS FERNANDO HELGUERO GONZÁLEZ

Ministro de Comercio Exterior y Turismo

ANEXO

Servicios de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (DIGESA) incorporados a la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE)

Denominación del servicio

Entidad competente

1

Reconocimiento del Código de Identificación de la Notificación Sanitaria Obligatoria de Producto de Higiene Doméstica con Propiedad Desinfectante.

DIGESA del Ministerio de Salud

2

Renovación del Código de Identificación de la Notificación Sanitaria Obligatoria de Producto de Higiene Doméstica con Propiedad Desinfectante.

DIGESA del Ministerio de Salud

3

Notificación Sanitaria Obligatoria de Producto de Higiene Doméstica con Propiedad Desinfectante.

DIGESA del Ministerio de Salud

2166976-1