Modifican artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 077-2022-PCM a fin de ampliar el periodo de vigencia del Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Diálogo para el Proceso de Reasentamiento Poblacional de Morococha”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 084-2023-PCM
Lima, 31 de marzo de 2023
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 077-2022-PCM, se crea el Grupo de Trabajo de naturaleza temporal denominado “Mesa de Diálogo para el Proceso de Reasentamiento Poblacional de Morococha”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, según lo dispuesto en el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial, el Grupo de Trabajo tiene por objeto fortalecer el diálogo entre las autoridades del Poder Ejecutivo, el Gobierno Regional de Junín, las autoridades locales, la sociedad civil del distrito de Morococha, provincia de Yauli del departamento de Junín, y la empresa Minera Chinalco Perú S.A., que permita culminar el proceso de Reasentamiento Poblacional de Morococha;
Que, el artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 077-2022-PCM, dispone que el mencionado Grupo de Trabajo tiene un periodo de vigencia de doce (12) meses contados a partir del día siguiente de su instalación;
Que, la instalación del Grupo de Trabajo se llevó a cabo el 31 de marzo de 2022; en consecuencia, está vigente hasta el 01 de abril de 2023;
Que, la Secretaría de Gestión Social y Diálogo informa que, pese a los esfuerzos desplegados por los miembros del Grupo de Trabajo, persiste la necesidad de continuar articulando con las entidades públicas y privadas, y otros actores locales y nacionales, para coadyuvar a la culminación del proceso de reasentamiento poblacional de Morococha; así como, continuar promoviendo la suscripción de un Convenio Marco entre la sociedad civil del distrito de Morococha y la empresa Minera Chinalco Perú S.A.;
Que, en este sentido, la referida Secretaría, a solicitud de la Presidencia del Grupo de Trabajo, propone y sustenta la necesidad de modificar el artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 077-2022-PCM, a efecto de ampliar el periodo de vigencia del Grupo de Trabajo hasta el 01 de abril de 2024, a fin de que cumpla con su objeto y funciones; para lo cual, se cuenta con el consentimiento de las entidades que lo integran;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial, de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificación del artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 077-2022-PCM
Modificar el artículo 11 de la Resolución Ministerial Nº 077-2022-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 11.- Período de vigencia
El Grupo de Trabajo tiene vigencia hasta el 01 de abril de 2024.”
Artículo 2.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Consejo de Ministros
2165982-1