Aprueban el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2023 del distrito de Comas

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 661/MDC

Comas, 27 de marzo de 2023

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de marzo de 2023, el Informe Nº 104-2022-ST/CODISEC-GSC/MDC de fecha 06 de diciembre de 2022, emitido por el Jefe Responsable de la Secretaría Técnica del COSIDEC, el Oficio Nº D001783-2022-MML-GSGC de fecha 03 de noviembre de 2022, emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana, el Memorando Nº 1370-2022-GM/MDC de fecha 15 de diciembre de 2022, emitido por la Gerencia Municipal, el Informe Nº 013-2023-GPP/MDC de fecha 19 de enero de 2023, emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto, el Informe Nº 017-2023-GSC/MDC de fecha 13 de febrero de 2023, emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el Informe Nº 118-2023-OGAJ/MDC de fecha 24 de febrero de 2023, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, la Carta Nº 030-2023-OGAC/MDC de fecha 14 de marzo de 2023, emitido por la Oficina General de Atención al Ciudadano, el Dictamen Nº 02-2023-SGFT/MDC de fecha 17 de marzo de 2023, emitido por la Comisión Ordinaria de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Transporte, concernientes al “PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2023 DEL DISTRITO DE COMAS”; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece en el literal e) del Artículo 43º, que la Seguridad Ciudadana es competencia compartida de las municipalidades, lo cual es concordante con el artículo 85º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades que señala que los Gobiernos Locales tienen competencia en materia de Seguridad Ciudadana;

Que, la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana Nº 27933, tiene por objeto el proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional. Comprende a las personas naturales y jurídicas, sin excepción, que conforman la Nación Peruana; para ello establece que el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) y los otros sistemas administrativos y funcionales del Estado coadyuvan a garantizar la seguridad ciudadana participando en los procesos y acciones que de ella se deriven. Componen el citado sistema, entre otros, los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC);

Que, el artículo 17º de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana establece que los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana tiene entre sus funciones ejecutar los planes, programas y proyectos de Seguridad Ciudadana dispuestos por el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, estableciendo en su numeral 17.5 literal a) que el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana tiene entre sus funciones la de proponer ante la Municipalidad Distrital la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana alineado al Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana;

Que, el artículo 85º numeral 1.1. inciso 1) del de la Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que las municipalidades en materia de seguridad ciudadana deben establecer un sistema de seguridad ciudadana con participación de la sociedad civil y la Policía Nacional, normar los servicios de serenazgo, vigilancia ciudadana, rondas urbanas, campesinas o similares de nivel distrital o de centros poblados en la jurisdicción provincial de acuerdo a ley. Asimismo, el numeral 2.1. del inciso 2º del acotado artículo de la ley citada establece que son funciones específicas compartidas de las municipales provinciales coordinar con las municipalidades distritales que la integran y con la Policía Nacional el servicio interdistrital de Serenazgo y Seguridad Ciudadana;

Que, mediante el Informe Nº 104-2022-ST/CODISEC-GSC/MDC de fecha 06 de diciembre de 2022, el Jefe Responsable de la Secretaría Técnica del COSIDEC, presenta el Plan de Acción de Seguridad Ciudadana del Distrito de Comas 2023, para su aprobación por nuestra Corporación Edil, aprobada por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana - CODISEC Comas 2022, así como su viabilidad por parte de la Secretaría Técnica del CORESEC de Lima Metropolitana establecida en el Oficio Nº D001783-2022-MML-GSGC de fecha 03 de noviembre de 2022, emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana ; señalando que el referido Plan de Acción Distrital de Comas, ha sido formulado en forma conjunta y concertada por todos los miembros del CODISEC y debidamente aprobado por mayoría en la IV sesión el día 19 de julio de 2022, como obra en el Acta de aprobación debidamente suscrita por todos los miembros del CODISEC;

Que, mediante el Memorando Nº 1370-2022-GM/MDC de fecha 15 de diciembre de 2022, la Gerencia Municipal solicita a la Gerencia de Planificación y Presupuesto de acuerdo a sus funciones y competencia, emitir opinión a efectos de continuarse con el trámite correspondiente;

Que, mediante el Informe Nº 013-2023-GPP/MDC de fecha 19 de enero de 2023, la Gerencia de Planificación y Presupuesto, cumple con informar según la Programación del PIA 2023, la asignación presupuestal por el importe de S/ 7, 583,454.00 (Siete millones quinientos ochenta y tres mil cuatrocientos cincuenta y cuatro con 00/100 soles), en el Programa Presupuestal 030 “Reducción de delitos y faltas que afectan la Seguridad Ciudadana” por la fuente de Financiamiento Recursos Determinados y Recursos Directamente Recaudados, de conformidad con la Ley del Presupuesto Público para el año 2023 (Ley 31638), aprobado con Resolución Directoral Nº 023-2022-EF/50.01 y normas conexas;

Que, mediante el Informe Nº 017-2023-GSC/MDC de fecha 13 de febrero de 2023, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, establece el referido Plan de Acción de Seguridad Ciudadana del Distrito de Comas, se atendió con el Informe Nº 10-2023-JICA-ST-CODISEC-GSC/MDC, emitido por el Coordinador (e) de la ST CODISEC, en tal sentido, hace de conocimiento que es necesario la aprobación del presente Proyecto de Ordenanza;

Que, mediante el Informe Nº 118-2023-OGAJ/MDC de fecha 24 de febrero de 2023, la Oficina General de Asesoría Jurídica, opina que resulta procedente aprobar el “Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2023 de la Municipalidad Distrital de Comas”, debiéndose elevar al Concejo Municipal para su debate y aprobación correspondiente;

Que, mediante la Carta Nº 030-2023-OGAC/MDC de fecha 14 de marzo de 2023, la Oficina General de Atención al Ciudadano, pone en conocimiento el “Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2023 de la Municipalidad Distrital de Comas” al Presidente de la Comisión Ordinaria de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Transporte, Regidor José Paulino Damacen Díaz, para su evaluación, estudio y posterior emisión del Dictamen correspondiente;

Que, mediante el Dictamen Nº 02-2023-SGFT/MDC de fecha 17 de marzo de 2023, la Comisión Ordinaria de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Transporte, recomienda al Pleno del Concejo Municipal, aprobar el “Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2023 de la Municipalidad Distrital de Comas”, precisando que deberá aprobarse con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta;

Estando a lo expuesto, de conformidad con las atribuciones previstas en el numeral 8 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, luego de la respectiva deliberación y evaluación de los documentos concernientes al “PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2023 DEL DISTRITO DE COMAS”, con el voto por Unanimidad de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal, aprobó lo siguiente:

“ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA

EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2023 DEL DISTRITO DE COMAS”

Artículo Primero.- APROBAR, el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2023 del Distrito de Comas, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana - CODISEC del Distrito de Comas, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza; en merito a los considerandos antes expuestos.

Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía expida las normas complementarias y reglamentarias que sean necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza, conforme a la normatividad vigente.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalización y Transporte, Subgerencia de Serenazgo, Comité Distrital de Seguridad Ciudadana - CODISEC del Distrito de Comas y los demás órganos y/o unidades orgánicas competentes, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina General de Atención al Ciudadano la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina de Tecnología de la Información la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Comas; (www.municomas.gob.pe).

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

ULISES VILLEGAS ROJAS

Alcalde

2165526-1