Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL

N° 045-2023-MINEDU

Lima, 29 de marzo de 2023

VISTOS, el Expediente N° DICOPRO2023-INT-0061465; el Informe N° 00027-2023-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria; el Oficio N° 00296-2023-MINEDU/VMGP-DIGESU, de la Dirección General de Educación Superior Universitaria; y el Informe N° 00307-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece que la universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial, y está integrada por docentes, estudiantes y graduados, precisando que las universidades públicas son personas jurídicas de derecho público;

Que, el artículo 8 de la Ley N° 30220, establece que el Estado reconoce la autonomía universitaria, la cual se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley y demás normativa aplicable, y se manifiesta en los regímenes normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico;

Que, el artículo 29 de la Ley N° 30220 establece que aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan;

Que, los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; establecen, como algunas de las funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, la de constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar los actos resolutivos y documentos normativos, en el marco de su competencia;

Que, el literal g) del artículo 148 del ROF del Ministerio de Educación dispone que la Dirección General de Educación Superior Universitaria, propone los documentos normativos para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como su conformación;

Que, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 del ROF del Ministerio de Educación, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria tiene, entre otras funciones, la de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de Universidades Públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa aplicable;

Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modificado mediante Resolución Viceministerial N° 055-2022-MINEDU, establece que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a dedicación exclusiva, son de libre designación y remoción, y ejercerán los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda;

Que, mediante la Ley N° 29568 se crea la Universidad Nacional de Frontera, con domicilio en la ciudad de Sullana, distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura, sobre la base de la actual sede en dicha provincia de la Universidad Nacional de Piura;

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 200-2019-MINEDU, se reconforma la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera, quedando integrada por el señor RAUL EDGARDO NATIVIDAD FERRER como Presidente, la señora MARITZA REVILLA BUELOTH como Vicepresidenta Académica, y el señor ROLANDO ALFREDO RIOS RUIZ como Vicepresidente de Investigación;

Que, con Resolución Viceministerial N° 179-2020-MINEDU, se acepta la renuncia del señor ROLANDO ALFREDO RIOS RUIZ al cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera, con eficacia anticipada al 03 de agosto de 2020; y, se designa al señor FREDDY ROGGER MEJIA COICO en el mencionado cargo;

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 149-2021-MINEDU, se acepta la renuncia de la señora MARITZA REVILLA BUELOTH al cargo de Vicepresidenta Académica de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera, con eficacia anticipada al 19 de marzo de 2021; y, se designa a la señora DENESY PELAGIA PALACIOS JIMENEZ en el referido cargo;

Que, con Oficio N° 00296-2023-MINEDU/VMGP-DIGESU, la Dirección General de Educación Superior Universitaria remite el Informe N° 00027-2023-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, en virtud del cual la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, sustenta y propone se emita la resolución viceministerial que disponga: i) Dar por concluidas las designaciones de los señores RAUL EDGARDO NATIVIDAD FERRER, DENESY PELAGIA PALACIOS JIMENEZ y FREDDY ROGGER MEJIA COICO, en los cargos de Presidente, Vicepresidenta Académica y Vicepresidente de Investigación, respectivamente, de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera; y, ii) Reconformar la referida Comisión Organizadora designando al señor JOSE FLORENTINO MOLERO LOPEZ, como Presidente, a la señora MARIA JIMENEZ DE BENITES, como Vicepresidenta Académica y al señor BALDEMAR TENE FARFAN, como Vicepresidente de Investigación;

Que, mediante Informe N° 00307-2023-MINEDU/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente procedente la emisión de la Resolución Viceministerial conforme a lo sustentado por la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; la Ley N° 29568, Ley que crea la Universidad Nacional de Frontera en Sullana sobre la base de la sede de la Universidad Nacional de Piura en dicha ciudad; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, que aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, modificado por la Resolución Viceministerial N° 055-2022-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por concluidas las designaciones de los señores RAUL EDGARDO NATIVIDAD FERRER, DENESY PELAGIA PALACIOS JIMENEZ y FREDDY ROGGER MEJIA COICO, en los cargos de Presidente, Vicepresidenta Académica y Vicepresidente de Investigación, respectivamente, de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera, dándoseles las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera, la misma que estará integrada por:

- JOSE FLORENTINO MOLERO LOPEZ, como Presidente;

- MARIA JIMENEZ DE BENITES, como Vicepresidenta Académica; y

- BALDEMAR TENE FARFAN, como Vicepresidente de Investigación.

Artículo 3.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera, remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de 30 días calendario contados a partir de la vigencia de la presente Resolución, copia del informe de entrega de cargo o de transferencia de gestión, según corresponda, conforme a lo previsto en el numeral 6.1.9 de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modificado por Resolución Viceministerial N° 055-2022-MINEDU.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIRIAM JANETTE PONCE VERTÍZ

Viceministra de Gestión Pedagógica

2165459-1