Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL

N° 044-2023-MINEDU

Lima, 29 de marzo de 2023

VISTOS, el Expediente N° DICOPRO2023-INT-0069407; el Informe N° 00029-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria; el Oficio N° 00354-2023-MINEDU/VMGP-DIGESU, de la Dirección General de Educación Superior Universitaria; y el Informe N° 00308-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece que la universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial, y está integrada por docentes, estudiantes y graduados, precisando que las universidades públicas son personas jurídicas de derecho público;

Que, el artículo 8 de la Ley N° 30220, establece que el Estado reconoce la autonomía universitaria, la cual se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley y demás normativa aplicable, y se manifiesta en los regímenes normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico;

Que, el artículo 29 de la Ley N° 30220 establece que aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan;

Que, los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; establecen, como algunas de las funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, la de constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar los actos resolutivos y documentos normativos, en el marco de su competencia;

Que, el literal g) del artículo 148 del ROF del Ministerio de Educación dispone que la Dirección General de Educación Superior Universitaria, propone los documentos normativos para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como su conformación;

Que, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 del ROF del Ministerio de Educación, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria tiene, entre otras funciones, la de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de Universidades Públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa aplicable;

Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modificado mediante Resolución Viceministerial N° 055-2022-MINEDU, establece que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a dedicación exclusiva, son de libre designación y remoción, y ejercerán los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda;

Que, mediante la Ley N° 28520, se crea la Universidad Nacional de Moquegua (en adelante, la UNAM), como persona jurídica de derecho público interno, con sede en la ciudad de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua;

Que, con Resolución Viceministerial N° 054-2018-MINEDU, se reconforma la Comisión Organizadora de la UNAM, quedando integrada por WASHINGTON ZEBALLOS GAMEZ como Presidente, PEDRO JOSE RODENAS SEYTUQUE como Vicepresidente Académico y ALBERTO BACILIO QUISPE COHAILA como Vicepresidente de Investigación;

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 306-2019-MINEDU, se da por concluida la designación del señor PEDRO JOSE RODENAS SEYTUQUE en el cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la UNAM, y se designa al señor ELI TEOBALDO CARO MEZA en el referido cargo;

Que, con Resolución Viceministerial N° 009-2020-MINEDU, se acepta la renuncia del señor ELI TEOBALDO CARO MEZA al cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la UNAM, y se designa al señor LORENZO WALTER IBARCENA FERNANDEZ en el citado cargo;

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 174-2020-MINEDU, se acepta la renuncia del señor LORENZO WALTER IBARCENA FERNANDEZ al cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la UNAM, y se encargan las funciones del referido cargo al señor ALBERTO BACILIO QUISPE COHAILA, en su calidad de Vicepresidente de Investigación de la mencionada Comisión Organizadora, en adición a sus funciones;

Que, con Resolución Viceministerial N° 012-2021-MINEDU, se acepta la renuncia del señor ALBERTO BACILIO QUISPE COHAILA al cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la UNAM; asimismo, se designa al señor OSCAR ALFREDO BEGAZO PORTUGAL en el cargo de Vicepresidente Académico, y al señor JAIME ANTONIO RUIZ BEJAR en el cargo de Vicepresidente de Investigación de la mencionada Comisión Organizadora;

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 160-2022-MINEDU, se acepta la renuncia del señor OSCAR ALFREDO BEGAZO PORTUGAL al cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua, y se designa al señor ANGEL CANALES GUTIERREZ en el referido cargo;

Que, mediante Oficio N° 00354-2023-MINEDU/VMGP-DIGESU, la Dirección General de Educación Superior Universitaria remite el Informe N° 00029-2023-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, en virtud del cual la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, sustenta y propone se emita la resolución viceministerial que disponga: i) Dar por concluidas las designaciones de los señores WASHINGTON ZEBALLOS GAMEZ, en el cargo de Presidente; ANGEL CANALES GUTIERREZ, en el cargo de Vicepresidente Académico; y JAIME ANTONIO RUIZ BEJAR, en el cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la UNAM; y, ii) Reconformar la referida Comisión Organizadora designando al señor ROBERTO HERMOGENES CASTAÑEDA TERRONES, en el cargo de Presidente; al señor VICTOR HILARIO TARAZONA MIRANDA, en el cargo de Vicepresidente Académico; y, el señor JOSE LUIS AGUILAR CRUZADO, en el cargo de Vicepresidente de Investigación de la mencionada Comisión Organizadora;

Que, mediante Informe N° 00308-2023-MINEDU/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente procedente la emisión de la Resolución Viceministerial conforme a lo sustentado por la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; la Ley N° Ley N° 28520, Ley de creación de la Universidad Nacional de Moquegua; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y, la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, que aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, modificado por la Resolución Viceministerial N° 055-2022-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por concluidas las designaciones de los señores WASHINGTON ZEBALLOS GAMEZ, en el cargo de Presidente; ANGEL CANALES GUTIERREZ, en el cargo de Vicepresidente Académico; y, JAIME ANTONIO RUIZ BEJAR, en el cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua, dándoseles las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua, la misma que estará integrada por:

- ROBERTO HERMOGENES CASTAÑEDA TERRONES, como Presidente;

- VICTOR HILARIO TARAZONA MIRANDA, como Vicepresidente Académico; y

- JOSE LUIS AGUILAR CRUZADO, como Vicepresidente de Investigación.

Artículo 3.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua, remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de 30 días calendario contados a partir de la vigencia de la presente Resolución, copia del informe de entrega de cargo o de transferencia de gestión, según corresponda, conforme a lo previsto en el numeral 6.1.9 de las Disposiciones Específicas del Documento Normativo “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modificado por Resolución Viceministerial N° 055-2022-MINEDU.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIRIAM JANETTE PONCE VERTÍZ

Viceministra de Gestión Pedagógica

2165452-1