Disponen nueva ampliación del plazo de presentación de solicitud de los procedimientos previstos en el Decreto Supremo N° 010-2020-IN

RESOLUCIóN DE SUPERINTENDENCIA

N° 000093-2023-MIGRACIONES

Breña, 30 de marzo del 2023

VISTOS:

El Informe N° 000037-2023-DPM-MIGRACIONES, de la Dirección de Política Migratoria; el Informe N° 000030-2023-DIROP-UFAM-MIGRACIONES, de la Unidad Funcional de Asistencia Migratoria de la Dirección de Operaciones; los Informes N° 000336-2023-SGTM-MIGRACIONES y N° 000268-2023-SFM-MIGRACIONES, de las Subdirecciones de Gestión Técnica Migratoria y de Fiscalización Migratoria de la Dirección de la Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria, respectivamente; el Informe N° 000182-2023-OAJ-MIGRACIONES y la Hoja de Elevación N° 000098-2023-OAJ-MIGRACIONES, de la Oficina de Asesoría Jurídica y,

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Legislativo N° 1130, se crea la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio del Interior, con competencia de alcance nacional en materia de política migratoria interna, participación en la política de seguridad interna y fronteriza, y coordinación del control migratorio con las diversas entidades del Estado que tengan presencia en los Puestos de Control Migratorio o Fronterizo del país, para su adecuado funcionamiento;

Que, con Decreto Legislativo N° 1350, Decreto Legislativo de Migraciones y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2017-IN, se establece, entre otras disposiciones, la regularización migratoria de las personas extranjeras que se encuentren en territorio nacional de manera irregular;

Que, con Decreto Supremo N° 010-2020-IN, se aprueban Medidas especiales, excepcionales y temporales para regularizar la situación migratoria de extranjeros y extranjeras; el numeral 4.1 del artículo 4 de las medidas aprobadas por el decreto supremo mencionado, establece un plazo de ciento ochenta (180) días calendario para la presentación de la solicitud de regularización migratoria contados a partir de la entrada en vigencia de la citada norma; asimismo, el numeral 4.2 del artículo 4 del mismo cuerpo normativo, señala que MIGRACIONES puede disponer la ampliación de este plazo mediante Resolución de Superintendencia;

Que, el citado decreto supremo en su artículo 2 establece que su vigencia se produce a partir de la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Superintendencia Nacional de Migraciones;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2021-IN publicado el 4 de julio de 2021 se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de Migraciones, entre los que se encuentran los procedimientos vinculados al Decreto Supremo N° 010-2020-IN;

Que, con Resolución de Superintendencia N° 000275-2021- MIGRACIONES, se dispuso la ampliación del plazo de presentación de solicitud de los procedimientos previstos en el Decreto Supremo N° 010-2020-IN por un periodo de noventa (90) días calendario desde el 6 de enero de 2022;

Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 000053-2022- MIGRACIONES, se emitió la prórroga del plazo de presentación de solicitud de los procedimientos previstos en el Decreto Supremo N° 010-2020-IN por un periodo de noventa (90) días calendario desde el 6 de abril de 2022;

Que, asimismo, con Resolución de Superintendencia N° 000161-2022- MIGRACIONES, se aprobó una nueva ampliación del plazo de presentación de solicitud de los procedimientos previstos en el Decreto Supremo N° 010-2020-IN por un periodo de noventa (90) días calendario desde el 5 de julio de 2022;

Que, posteriormente, a través de Resolución de Superintendencia Nº 000238-2023-MIGRACIONES, se dispone la ampliación del plazo de presentación de solicitud de los procedimientos previstos en el referido Decreto Supremo, por un periodo de ciento ochenta (180) días calendario desde el 3 de octubre de 2022;

Que, con Informe N° 000037-2023-DPM-MIGRACIONES, la Dirección de Política Migratoria propone que, al término del plazo descrito anteriormente, se disponga una nueva ampliación de la vigencia del plazo para la presentación de solicitudes de regularización migratoria establecidos en el Decreto Supremo N° 010-2020-IN, debido al creciente interés por acogerse a estos beneficios por parte de los ciudadanos extranjeros en situación migratoria irregular en el país;

Que, con Informe Nº 000030-2023-DIROP-UFAM-MIGRACIONES, la Unidad Funcional de Asistencia Migratoria de la Dirección de Operaciones considera viable la propuesta realizada por la Dirección de Política Migratoria en cuanto a la ampliación del plazo para la presentación de solicitudes de regularización migratoria, al amparo del Decreto Supremo N° 010-2020-IN;

Que, con Memorando Nº 000775-2023-DGTFM-MIGRACIONES, la Dirección de Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria remite los Informes N°000336-2023-SGTM-MIGRACIONES y N° 000268-2023-SFM-MIGRACIONES,de sus Subdirecciones de Gestión Técnica Migratoria y de Fiscalización Migratoria, respectivamente, a través del cual emiten opinión favorable respecto a la ampliación del plazo para presentar la solicitud del procedimiento de regularización migratoria regulado por el Decreto Supremo N° 010-2020-IN;

Que, con Informe N° 000182-2023-OAJ-MIGRACIONES y Hoja de Elevación N° 000098-2023-OAJ-MIGRACIONES, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que, resulta jurídicamente viable la ampliación propuesta por la Dirección de Política Migratoria en virtud de lo establecido por Decreto Supremo N° 010- 2020-IN, y teniendo en consideración lo manifestado por la Alta Dirección, el cual resulta que el plazo de presentación de la solicitud de regularización migratoria establecido en la referida normativa sea ampliado por un plazo considerable, debiendo ser por treinta (30) días calendario (hasta el 30 de abril de 2023);

Con las visaciones de las Direcciones de Política Migratoria, de Operaciones y de Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria, así como de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; el Decreto Legislativo Nº 1350, Decreto Legislativo de Migraciones; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones, publicado a través de la Resolución de Superintendencia Nº 000153-2020-MIGRACIONES;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Disponer una nueva ampliación del plazo de presentación de solicitud de los procedimientos previstos en el Decreto Supremo N° 010-2020- IN por un periodo de treinta (30) días calendario contados desde el 1 de abril de 2023.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Operaciones realice las acciones y coordinaciones necesarias, a fin de garantizar que los procedimientos contemplados en el Decreto Supremo Nº 010-2020-IN se sigan atendiendo de acuerdo al ámbito de sus funciones.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES (www.gob.pe/migraciones).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ARMANDO BENJAMIN GARCIA CHUNGA

Superintendente

2165313-1