Modifican el anexo de la Resolución N° D000008-2023-PENSION65-DE, que aprueba el “Cronograma de Pagos del año 2023 del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65”

RESOLUCION DE DIRECCION EJECUTIVA

Nº 000073-2023-PENSION65-DE

San Isidro, 25 de marzo del 2023

VISTO:

El Informe N° D000111-2023-PENSION65-UO, emitido por la Unidad de Operaciones y el Informe N° D000094-2023-PENSION65-UAJ, expedido por la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 081-2011-PCM y sus modificatorias, se crea el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” con la finalidad de brindar protección social a los adultos mayores de 65 años, que viven en situación de vulnerabilidad, entregándoles una subvención monetaria que les permita incrementar su bienestar; y mejorar sus mecanismos de acceso a los servicios públicos que brinda el Estado;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 273-2017-MIDIS, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, estableciendo en su artículo 9° literal h) que la Dirección Ejecutiva tiene como función emitir resoluciones de Dirección Ejecutiva en asuntos de su competencia;

Que, por Resolución Directoral N° 078-2019-MIDIS/P65-DE, de fecha 06 de agosto de 2019, y modificatorias, se aprueba la Directiva de Gestión de la Entrega de la Subvención Monetaria del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, la misma que en su numeral 6.4 señala “(…) La Coordinación de Transferencias y Pagaduría deberá establecer un calendario de inicio de las seis campañas de pago (…)”. Asimismo, dicho numeral indica que la Coordinación de Afiliaciones deberá tener en cuenta dicho calendario para su programación de actividades procurando que la Relación Bimestral de Usuarios - RBU sea aprobada por Dirección Ejecutiva con la debida antelación que permita realizar el proceso de transferencia;

Que, en ese contexto, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000008-2023-PENSION65-DE, de fecha 13 de enero de 2023, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de enero de 2023, se aprueba el “Cronograma de Pagos del año 2023 del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”;

Que, por otro lado, mediante Decretos Supremos N° 019, 024, 028, 029, 030, 034, 035, 036, 038 y 039-2023-PCM, se declara en Estado de Emergencia diversos distritos del departamento de Amazonas, Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, Tacna Tumbes, Ucayali; y, de la Provincia Constitucional del Callao, por peligro inminente e impacto de daños ante consecuencia de intensas precipitaciones pluviales, por un plazo de 60 días calendarios;

Que, así también, mediante Resolución Ministerial N°113-2021-MIDIS, se aprueba la Directiva N° 008-2021-MIDIS “Disposiciones para la Implementación de la Gestión Reactiva en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”, cuyo objetivo general es “Establecer disposiciones que permitan la implementación de la Gestión Reactiva como uno de los componentes de la Gestión del Riesgo de Desastres en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), en concordancia con sus competencias y las normas establecidas por el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), asimismo, en su numeral 2, se estable el alcance obligatorio para todos los Programas Nacionales del MIDIS.

Que, el literal e) del artículo 7.2.5 denominado “Asistencia Humanitaria / Protección social” de la Directiva en mención, prescribe que se debe asegurar la continuidad de los servicios que prestan los Programas Nacionales, así como la protección social a la población objetivo con enfoque etario y de género; correspondiendo a este Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” realizar las siguientes acciones: i) Asegurar la oportuna transferencia monetaria, beneficios temporales y adelanto de la transferencia a los /las usuarias del programa y ii) Monitorear a los usuarios/usuarias y su entorno familiar en situaciones de emergencia;

Que, bajo ese marco normativo, mediante Informe N° D000111-2023-PENSION65-UO, la Unidad de Operaciones solicita efectuar la modificación al anexo de la Resolución Directoral N° D000008-2023-PENSION65-DE que aprueba el “Cronograma de Pagos del año 2023 del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65”, proponiendo adelantar la fecha de aprobación de la Relación Bimestral de Usuarios para el periodo marzo - abril 2023, al 03 de abril de 2023, y como fecha de pago en agencia, el 10 de abril de 2022, con la finalidad de que los usuarios puedan contar con la subvención monetaria oportuna y pueda aliviar la situación de emergencia, especialmente de aquellos que se encuentran ubicados en las zonas declaradas en emergencia;

Que, mediante el Informe N° D000094-2023-PENSION65-UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a la modificación del anexo de la Resolución Directoral N° D000008-2023-PENSION65-DE que aprueba el “Cronograma de Pagos del año 2023 del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65”, al encontrarse conforme a las normas de la materia;

Que, estando a las competencias de la Dirección Ejecutiva y con el visado del Jefe de la Unidad de Operaciones y de la Jefa de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 081-2011-PCM, y posteriores modificatorias, la Resolución Ministerial N° 273-2017-MIDIS que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65, la Resolución Ministerial N°113-2021-MIDIS, que aprueba la Directiva N° 008-2021-MIDIS “Disposiciones para la Implementación de la Gestión Reactiva en el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social” y la Resolución Directoral N° 078-2019-MIDIS/P65-DE y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el anexo de la Resolución N° D000008-2023-PENSION65-DE, que aprueba el “Cronograma de Pagos del año 2023 del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65, el mismo que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer que la Unidad de Operaciones del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, realice las acciones correspondientes, a fin de garantizar la debida supervisión y monitoreo del cumplimiento del cronograma de pagos para el ejercicio 2023.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Dirección Ejecutiva en el Diario Oficial El Peruano; así como, en el Portal Institucional y en el Portal de Transparencia del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”: http://www.gob.pe/pension65, en el plazo máximo de dos días de su emisión.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Julio Mendigure Fernández

Director Ejecutivo

Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65

CRONOGRAMA DE PAGOS DEL AÑO 2023

PROGRAMA NACIONAL DE ASISTENCIA SOLIDARIA “PENSIÓN 65”

Periodo

Fecha de Aprobación de la RBU con Resolución de Dirección Ejecutiva

Fecha de Inicio de Pago en Agencia

Fecha de Inicio de Pago con ETV

1

Enero - Febrero

15 de febrero de 2023

20 de febrero de 2023

20 de marzo de 2023

2

Marzo - Abril

03 de abril de 2023

10 de abril de 2023

22 de mayo de 2023

3

Mayo - Junio

8 de junio de 2023

15 de junio de 2023

17 de julio de 2023

4

Julio - Agosto

10 de agosto de 2023

15 de agosto de 2023

18 de Setiembre de 2023

5

Setiembre - Octubre

5 de octubre de 2023

10 de octubre de 2023

15 de noviembre de 2023

6

Noviembre - Diciembre

6 de diciembre de 2023

12 de diciembre de 2023

18 de enero de 2024

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