Aprueban los Objetivos Anuales y Quinquenales de la empresa Petróleos del Perú – PETROPERÚ S.A., correspondientes al periodo 2023 – 2027

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 125-2023-MINEM/DM

Lima, 22 de marzo de 2023

VISTOS: El expediente N° 3454516; la Carta
N° PRES-0065-2023; así como el Informe Técnico
N° GCPG-0098-2023 presentados por la empresa Petróleos del Perú – PETROPERÚ S.A.; el Informe Técnico Legal N° 039-2023-MINEM/DGH-DPTC-DNH y Memorándum N° 418-2023/MINEM-DGH de la Dirección General de Hidrocarburos; el Informe N° 314-2023-MINEM/OGAJ y el Memorándum N° 357-2023/MINEM-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 28840, Ley de Fortalecimiento y Modernización de la empresa Petróleos del Perú – PETROPERÚ S.A., se declaró de interés nacional el fortalecimiento y modernización de dicha entidad;

Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 43, Ley de la empresa Petróleos del Perú establece como objeto social de PETROPERÚ S.A. el realizar actividades de Hidrocarburos, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Hidrocarburos, Ley N° 26221, en todas las fases de la industria Petroquímica Básica e inmediata y otras formas de energía; señalando que, en el ejercicio de su objeto social, actúa con arreglo a los objetivos anuales y quinquenales que apruebe el Ministerio de Energía y Minas;

Que, el artículo 4 del Reglamento de la Ley N° 28840, Ley del Fortalecimiento y Modernización de la empresa Petróleos del Perú – PETROPERÚ S.A. aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2013-EM, establece la obligación de la citada empresa de presentar al Ministerio de Energía y Minas para su aprobación, los Objetivos Anuales del siguiente ejercicio y los Objetivos Quinquenales ajustados al siguiente quinquenio, los mismos que pueden ser actualizados en función a la revisión periódica del Plan Estratégico, a propuesta de su Directorio;

Que, el artículo 1 de la Ley que declara de necesidad pública e interés nacional la prioritaria ejecución del Proyecto de Modernización de la Refinería de Talara para asegurar la preservación de la calidad del aire y la salud pública y adopta medidas para fortalecer el Gobierno Corporativo de Petróleos del Perú – PETROPERÚ S.A., Ley N° 30130, dispone entre otros aspectos, que dicha entidad debe asegurar que el citado Proyecto se ejecute e incluya las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de la regulación de la cantidad de azufre en el combustible, así como para la modernización de la mencionada empresa, que incluya las operaciones de la refinería, así como para su reorganización y fortalecimiento del gobierno corporativo;

Que, el Reglamento de la Ley N° 30130, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2014-EM, tiene como objetivo establecer disposiciones que permitan la ejecución del Proyecto de Modernización de la Refinería de Talara, asegurando la generación y maximización del valor de PETROPERÚ S.A., así como su reorganización administrativa, el mejoramiento de la eficiencia, su saneamiento patrimonial, financiero y legal; la sostenibilidad de sus operaciones y el fortalecimiento de su Código de Buen Gobierno Corporativo;

Que, a través del Decreto Legislativo N° 1292, se declara de necesidad pública y de interés nacional la operación segura del Oleoducto Norperuano y se dispone la reorganización y mejora del Gobierno Corporativo de PETROPERÚ S.A., con el objeto de garantizar la confiabilidad del abastecimiento de Hidrocarburos al mercado interno;

Que, la Política Energética Nacional del Perú 2010 – 2040 aprobada mediante Decreto Supremo N° 064-2010-EM, establece entre otros Objetivos de Política, contar con un abastecimiento energético competitivo que satisfaga la demanda nacional de energía de manera confiable, regular, continua y eficiente que permita alcanzar una cobertura total del suministro de electricidad e hidrocarburos;

Que, asimismo, de acuerdo al marco estratégico del MINEM para el periodo 2020-2025, dispuesto en el Plan Estratégico Institucional, aprobado por Resolución Ministerial N° 163-2020-MINEM/DM, la misión del Ministerio es promover el desarrollo sostenible de las actividades mineras y energéticas impulsando la Economía Nacional, en un marco global competitivo, preservando el ambiente y facilitando las relaciones armoniosas en el Sector;

Que, a través del literal a) del numeral 4.2 del artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 023-2022, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 25 de octubre de 2022, referido al Plan de fortalecimiento de PETROPERÚ S.A., se dispuso que, en un plazo máximo de cuatro (04) meses, contado a partir de la vigencia de la citada norma, la citada empresa debe presentar los nuevos objetivos anuales y quinquenales, alineados a la Política Energética Nacional;

Que, mediante la Carta N° PRES-0065-2023, de fecha 22 de febrero de 2023, PETROPERÚ S.A. solicitó al Ministerio de Energía y Minas la aprobación de los Objetivos Anuales y Quinquenales, correspondiente al periodo 2023 – 2027;

Que, los Objetivos Estratégicos propuestos por PETROPERÚ S.A. guardan concordancia con su objeto social, con las disposiciones establecidas en la Ley N° 30130 y su Reglamento; con los alcances del Decreto Legislativo N° 1292; así como se encuentran alineados con los Objetivos Estratégicos del Subsector Hidrocarburos, así como los Objetivos Estratégicos Institucionales, toda vez que busca proveer energía de calidad de forma competitiva, confiable y sostenible, contribuyendo al desarrollo y la seguridad energética del país;

Que, asimismo dichos Objetivos Estratégicos buscan lograr y asegurar la sostenibilidad financiera y operativa de PETROPERÚ S.A., cumpliendo con la ejecución del Proyecto de Modernización de la Refinería Talara y garantizando la continuidad de las actividades destinadas a asegurar el suministro de hidrocarburos, tales como la operación segura del Oleoducto Norperuano y del Proyecto de Modernización de la Refinería de Talara;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 43, Ley de la empresa Petróleos del Perú PETROPERÚ – S.A.; la Ley N° 28840, Ley de Fortalecimiento y Modernización de PETROPERÚ S.A. y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-EM; el Decreto de Urgencia N° 023-2022 y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los Objetivos Anuales y Quinquenales de la empresa Petróleos del Perú – PETROPERÚ S.A., correspondientes al periodo 2023 – 2027, presentados a través de la Carta N° PRES-0065-2023 con registro N° 3454516.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH

Ministro de Energia y Minas

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