Aprueban la “Directiva de Compensación de Multas Impuestas por el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR”
RESOLUCIÓN DE JEFATURA
Nº 00022-2023-OSINFOR/01.1
Lima, 23 de marzo del 2023
VISTOS:
El Informe N° 00259-2022-OSINFOR/05.2.2 e Informe N° 036-2023-OSINFOR/05.2.2 emitido por la Unidad de Administración Financiera y Cobranzas; el Proveído Nº 00218-2022-OSINFOR/05.2 y el Proveído Nº 00056-2023-OSINFOR/05.2 emitido por la Oficina de Administración; el Informe Nº 00008-2023-OSINFOR/04.1.1 emitido por la Unidad de Planeamiento, Modernización y Cooperación y el Proveído N° 00011-2023-OSINFOR/04.1 emitido por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Legal N° 00017-2023-OSINFOR/04.2, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1085, se crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, como Organismo Público Ejecutor, encargado a nivel nacional de supervisar y fiscalizar el aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre; y los servicios de ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre, otorgados por el Estado a través de títulos habilitantes regulados por la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y sus Reglamentos;
Que, conforme a lo establecido en el numeral 3.5 del artículo 3 del citado Decreto Legislativo, señala como una de sus funciones del OSINFOR es dictar en el ámbito de su competencia las normas y/o reglamentos que regulen los procedimientos a su cargo, así como aquellos que se refieran a obligaciones o derechos contenidos en los títulos habilitantes;
Que, mediante Resolución Presidencial N° 129-2016-OSINFOR, de fecha 22 de diciembre de 2016, se aprobó Directiva N° 018-2016- OSINFOR “Directiva para la compensación del pago de multas mediante el mecanismo de recuperación de áreas degradadas”, modificada por Resolución Presidencial N° 073-2018- OSINFOR y Resolución de Jefatura N° 050-2019-OSINFOR, que tiene por objeto establecer el procedimiento y condiciones para acceder a la compensación del pago de las multas impuestas por el OSINFOR, por la comisión de las infracciones a la legislación forestal y de fauna silvestre, mediante el mecanismo de recuperación de áreas degradadas por cambio de uso o por extracción forestal;
Que, mediante Resolución Presidencial Nº 026-2017-OSINFOR, de fecha 23 de octubre de 2017, se aprobó la Directiva N° 010-2017-OSINFOR, “Directiva para la compensación del pago de multas mediante el mecanismo de conservación de bosques húmedos en comunidades nativas y campesinas”, modificada mediante Resolución Presidencial N° 104-2017-OSINFOR, Resolución de Jefatura N° 050-2019-OSINFOR y Resolución de Jefatura N° 037-2022-OSINFOR, que tiene por objeto establecer el procedimiento y condiciones para acceder a conservación de bosques húmedos como mecanismo de compensación del pago de las multas impuestas por el OSINFOR, a comunidades nativas y campesinas, por la comisión de las infracciones a la legislación forestal y de fauna silvestre;
Que, mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000268-2022-MIDAGRI-SERFOR-DE, de fecha 14 de noviembre de 2022, el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, aprueba los actuales “Lineamientos para la compensación de multas por infracción a la legislación forestal y de fauna silvestre”; que señala en su Tercera Disposición Complementaria Final que, las autoridades administrativas que imponen multas en materia forestal y de fauna silvestre, pueden aprobar directivas o disposiciones específicas destinadas a aplicar y tramitar los respectivos mecanismos de compensación;
Que, en ese contexto, mediante Resolución de Jefatura N° 00069-2022-OSINFOR/01.1, publicada en el diario oficial El Peruano el 29 de diciembre del 2022, se dispuso la publicación de la propuesta de “Directiva de Compensación de Multas Impuestas por el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre”, con la finalidad de recibir los respectivos aportes, comentarios o sugerencias de la sociedad civil, actores vinculados al sector forestal y de fauna silvestre y de la ciudadanía en general;
Que, contando con la absolución y análisis de los aportes recibidos durante el período de publicación de la propuesta normativa, la Unidad de Administración Financiera y Cobranzas de la Oficina de Administración sustenta, a través de los informes de vistos, la necesidad de aprobar la “Directiva de Compensación de Multas Impuestas por el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre”, la cual tiene por finalidad promover el cumplimiento del pago de las multas impuestas por el OSINFOR por infracción a la legislación forestal y de fauna silvestre, a través de los mecanismos de compensación de multas aprobados por el SERFOR;
Que, en ese sentido, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, así como la Oficina de Asesoría Jurídica, brindan opinión favorable a la propuesta de Directiva mencionada;
Que, con el visado de la Unidad de Administración Financiera y Cobranzas; la Oficina de Administración; la Dirección de Supervisión y Fiscalización Forestal y de Fauna Silvestre; la Dirección de Evaluación Desarrollo de Capacidades Forestal y de Fauna Silvestre; la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; la Oficina de Asesoría Jurídica; la Gerencia General; y;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1085 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 024-2010-PCM y modificatorias, y, en uso de la atribución conferida por el literal d) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, aprobado por Resolución de Jefatura N° 00003-2022-OSINFOR/01.1;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Directiva A3-DIR-032-V.01 “Directiva de Compensación de Multas Impuestas por el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Administración, Dirección de Supervisión y Fiscalización Forestal y de Fauna Silvestre, Dirección de Evaluación Desarrollo de Capacidades Forestal y de Fauna Silvestre, en coordinación con las unidades de organización que correspondan, realizar las acciones necesarias para la difusión, correcta implementación y ejecución de la Directiva aprobada en el artículo precedente.
Articulo 3.- Dejar sin efecto la “Directiva para la compensación del pago de multas mediante el mecanismo de recuperación de áreas degradadas” aprobada por Resolución Presidencial N° 129-2016-OSINFOR y sus modificatorias.
Articulo 4.- Dejar sin efecto la “Directiva para la compensación del pago de multas mediante el mecanismo de conservación de bosques húmedos en comunidades nativas y campesinas” aprobada por Resolución Presidencial Nº 026-2017-OSINFOR y sus modificatorias.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano; así como, la publicación de la Resolución y su Anexo en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR (https://www.gob.pe/osinfor).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUCETTY JUANITA ULLILEN VEGA
Jefa
2163497-1