Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú para que participe en la Primera Fase del Crucero de Instrucción “Ibero-Bizantino 2023” a bordo del Buque Escuela Velero ARM “CUAUHTÉMOC” (BE-01), de la Armada de México

Resolución Ministerial

Nº 0250-2023-DE

Lima, 23 de marzo de 2023

VISTOS:

El Oficio Nº 1746/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 00699-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00439-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio Nº ANPER-MGP 010/23, el Agregado Naval a la Embajada de México en el Perú remite al Secretario de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú el Of. AM 387, a través del cual el Secretario de Marina y Alto Mando de la Armada de México hace extensiva una invitación al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, para que un Cadete del último año de la Escuela Naval del Perú o un Oficial recién egresado (masculino) participe en la Primera Fase del Crucero de Instrucción “Ibero-Bizantino 2023” a bordo del Buque Escuela Velero ARM “CUAUHTÉMOC” (BE-01), del 29 de marzo al 29 de julio de 2023, desde Acapulco-México hasta Nápoles-Italia;

Que, con Oficio Nº 0075/42, la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú comunica la designación del Alférez de Fragata Leonardo Juvenal PONCE DE LEÓN ZAMORA, para que participe en la citada actividad, de acuerdo a la evaluación efectuada por la Jefatura del Estado Mayor General de la Marina de Guerra;

Que, mediante Informe Técnico Nº 001-2023, la Jefatura de la Primera Sección del Estado Mayor de la Comandancia General de Operaciones del Pacífico recomienda autorizar la participación del Alférez de Fragata Leonardo Juvenal PONCE DE LEÓN ZAMORA, a bordo del Buque Escuela Velero ARM “CUAUHTÉMOC” (BE01), de acuerdo al itinerario de Crucero de Instrucción, considerando la llegada y embarque de invitados de la primera fase, en el Puerto de Acapulco- Estados Unidos Mexicanos, el 29 de marzo de 2023, con estancia en dicho puerto por tres (3) días; debiendo zarpar el 1 de abril de 2023 del Puerto de Acapulco- Estados Unidos Mexicanos; con escala en el Puerto de la Habana en la República de Cuba, con estancia en dicho puerto por cinco (5) días; con escala en el Puerto de Boston en los Estados Unidos de América, con estancia en dicho puerto por cinco (5) días; con escala en el Puerto de Gijón en el Reino de España, con estancia en dicho puerto por cinco (5) días; con escala en el Puerto de Rouen en la República Francesa, con estancia en dicho puerto por diez (10) días; con escala en el Puerto de Londres en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, con estancia en dicho puerto por tres (3) días; con escala en el Puerto de Ibiza en el Reino de España, con estancia en dicho puerto por tres (3) días; con escala en el Puerto de Estambul en la República de Turquía, con estancia en dicho puerto por cuatro (4) días; con escala en el Puerto de Nápoles en la República Italiana, con estancia en dicho puerto por tres (3) días; considerando el desembarque de invitados de la primera fase, en el Puerto de Nápoles en la República Italiana el 29 de julio de 2023;

Que, a través del Informe Legal Nº 024-2023, la Jefatura de la Oficina de Asesoría Legal de la Comandancia General de Operaciones del Pacífico opina que resulta procedente la autorización de viaje al exterior del mencionado personal militar, en comisión de servicio, para que participe en la Primera Fase del Crucero de Instrucción “Ibero-Bizantino 2023” a bordo del Buque Escuela Velero ARM “CUAUHTÉMOC” (BE-01), del 29 de marzo al 29 de julio de 2023, con permanencia en puerto extranjero por un período total de cuarenta y un (41) días;

Que, con Oficio Nº 571/51, la Dirección General Accidental del Personal de la Marina de Guerra remite a la Comandancia General la documentación para la tramitación de la autorización del citado viaje al exterior, adjuntando la Exposición de Motivos, la cual señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar la citada comisión de servicio, por cuanto, le permitirá al citado personal adquirir mayor experiencia operacional y de planeamiento, así como, intercambiar conocimientos en doctrinas de la Armada de México y de las Armadas participantes para la gestión operacional, técnico-profesional;

Que, la Hoja de Gastos Nº 062-2023, suscrita por el Jefe de la Oficina General de Administración y por el Director de Administración de Personal de dicha Institución Armada, señala que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y asignación especial por estadía en puerto extranjero se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 12 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;

Que, con Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 060-2023, el Jefe de la Oficina de Planes, Programas y Presupuestos de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, y, las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000004 y Nº 0000000325, emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Institución Armada, garantizan su financiamiento;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de garantizar la participación del personal militar designado durante la totalidad de la actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno dos (2) días después del término de la misma, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al tesoro público;

Que, con Oficio N° 1746/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del Alférez de Fragata Leonardo Juvenal PONCE DE LEÓN ZAMORA, para que participe en la Primera Fase del Crucero de Instrucción “Ibero-Bizantino 2023” a bordo del Buque Escuela Velero ARM “CUAUHTÉMOC” (BE-01), de la Armada de México, del 29 de marzo al 29 de julio de 2023, de acuerdo a lo indicado en el itinerario previsto, considerando la fecha de llegada y embarque al Puerto de Acapulco, Estados Unidos Mexicanos el 29 de marzo de 2023; debiendo zarpar el 1 de abril de 2023 del Puerto de Acapulco y arribar al Puerto de Nápoles en la República Italiana el 29 de julio de 2023; así como, autorizar su salida del país el 28 de marzo y su retorno el 31 de julio de 2023, con permanencia en puerto extranjero por un período total de 41 días;

Que, con Oficio N° 00699-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 143-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del citado viaje al exterior;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por compensación extraordinaria por servicio en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;

Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo y, conforme a su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG;

Que, mediante el Informe Legal N° 00439-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Alférez de Fragata Leonardo Juvenal PONCE DE LEÓN ZAMORA, para que participe en la Primera Fase del Crucero de Instrucción “Ibero-Bizantino 2023” a bordo del Buque Escuela Velero ARM “CUAUHTÉMOC” (BE-01), de la Armada de México, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modificado por el Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Alférez de Fragata Leonardo Juvenal PONCE DE LEÓN ZAMORA, identificado con CIP N° 00125891 y DNI N° 74528196, para que participe en la Primera Fase del Crucero de Instrucción “Ibero-Bizantino 2023” a bordo del Buque Escuela Velero ARM “CUAUHTÉMOC” (BE-01), de la Armada de México, del 29 de marzo al 29 de julio de 2023, con permanencia en puerto extranjero por un período total de cuarenta y un (41) días; así como autorizar su salida del país el 28 de marzo y su retorno el 31 de julio de 2023; por los fundamentos expuestos en la presente Resolución.

Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectuará los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasajes aéreos: Lima – ciudad de Acapulco (Estados Unidos Mexicanos) – ciudad de Nápoles – (República Italiana) - Lima

US$ 4,052.70 x 1 persona (incluye importe TUUA) US$ 4,052.70

Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero:

Acapulco (Estados Unidos Mexicanos)

US$ 74.02 x 1 Oficial Subalterno x 3 días US$ 222.06

Puerto de La Habana (República de Cuba)

US$ 74.02 x 1 Oficial Subalterno x 5 días US$ 370.10

Puerto de Boston (Estados Unidos de América)

US$ 74.86 x 1 Oficial Subalterno x 5 días US$ 374.30

Total a pagar en dólares americanos: US$ 5,019.16

Puerto de Gijón (Reino de España)

€ 58.95 x 1 Oficial Subalterno x 5 días € 294.75

Puerto de Ibiza (Reino de España)

€ 58.95 x 1 Oficial Subalterno x 3 días € 176.85

Puerto de Ruan (República Francesa)

€ 64.13 x 1 Oficial Subalterno x 10 días € 641.30

Puerto de Estambul (República de Turquía)

€ 56.35 x 1 Oficial Subalterno x 4 días € 225.40

Puerto de Nápoles (República Italiana)

€ 62.18 x 1 Oficial Subalterno x 3 días € 186.54

Total a pagar en euros: € 1,524.84

Puerto de Londres (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte)

£ 59.19 x 1 Oficial Subalterno x 3 días £ 177.57

Total a pagar en libras esterlinas: £ 177.57

Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente.

Artículo 4.- El monto de la Compensación Extraordinaria Mensual será reducido por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF.

Artículo 5.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar la fecha inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 6.- El personal naval comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 7.- El mencionado personal naval revistará en la Dirección General del Personal de la Marina de Guerra del Perú, por el período que dure la comisión de servicio.

Artículo 8.- El referido personal naval está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.

Artículo 9.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Jorge Luis Chávez Cresta

Ministro de Defensa

2163456-1