Aprueban la modificación de catorce (14) Fichas de Homologación de Mobiliario Escolar de Metal Madera para la Educación Básica Regular
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 161-2023-MINEDU
Lima, 17 de marzo de 2023
VISTOS, el Expediente N° MPD2023-EXT-0068325; los Informes N° 000128-2023-MINEDU-VMGI-PRONIED-UGME y N° 000173-2023-MINEDU-VMGI-PRONIED-UGME-MOB elaborados por la Unidad Gerencial de Mobiliario y Equipamiento del Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED); los Oficios N° 000679-2023-MINEDU-VMGI-PRONIED-DE y N° 000974-2023-MINEDU-VMGI-PRONIED-DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED); el Oficio N° 00219-2023-MINEDU/SG-OGA de la Oficina General de Administración; el Memorándum N° 00150-2023-MINEDU/SG-OGA de la Oficina General de Administración, el Informe N° 00138-2023-MINEDU/SG-OGA-OL de la Oficina de Logística; el Informe N° 00297-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece que los Ministerios están facultados para uniformizar los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través de un proceso de homologación; debiendo elaborar y actualizar su Plan de Homologación de Requerimientos conforme a las disposiciones establecidas por la Central de Compras Públicas– PERÚ COMPRAS. Una vez aprobadas las Fichas de Homologación deben ser utilizadas por las Entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley, inclusive para aquellas contrataciones que no se encuentran bajo su ámbito o que se sujeten a otro régimen legal de contratación;
Que, el numeral 30.1 del artículo 30 del Reglamento de la Ley N° 30225, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modificatorias, dispone que, mediante la homologación los Ministerios establecen las características técnicas y/o requisitos de calificación y/o condiciones de ejecución, conforme a las disposiciones establecidas por PERÚ COMPRAS;
Que, el numeral 31.1 del artículo 31 del referido Reglamento señala que la aprobación, la modificación y la exclusión de la ficha de homologación se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad que realiza la homologación, conforme al procedimiento y plazos que establezca PERÚ COMPRAS. Dichos actos cuentan con la opinión favorable de PERÚ COMPRAS y se publican en el Diario Oficial “El Peruano”. La facultad del Titular a que se refiere este numeral es indelegable;
Que, mediante Resolución Jefatural N° 069-2020-PERÚ COMPRAS, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” con fecha 16 de julio de 2020, PERÚ COMPRAS aprueba la Directiva N° 006-2020-PERÚ COMPRAS denominada “Proceso de Homologación de Requerimientos” (en adelante, la Directiva), cuyo objetivo es establecer disposiciones generales y específicas que regulen el proceso de Homologación de requerimientos, que realizan los ministerios, en el ámbito de sus competencias, priorizando aquellos que sean de contratación recurrente, de uso masivo por las entidades y/o aquellos identificados como estratégicos;
Que, en atención a lo dispuesto en su acápite IV, la Directiva es de cumplimiento obligatorio por los ministerios que uniformizan los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través del proceso de Homologación, en aplicación de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como de PERÚ COMPRAS;
Que, el numeral 7.5 de la Directiva indica que la Ficha de Homologación es el documento estándar mediante el cual los ministerios uniformizan sus requerimientos, estableciendo las características técnicas especificadas y/o requisitos de calificación y/o condiciones de ejecución, dentro del ámbito de su competencia;
Que, conforme al literal c) del sub numeral 8.15.1 de la Directiva, referido a la modificación de la Ficha de Homologación, los ministerios deberán modificar la Ficha de Homologación cuando corresponda, sujetándose a lo siguiente: “Cuando la modificación se refiera a cambios producto de las actualizaciones de la normatividad técnica obligatoria utilizada en el contenido de la Ficha de Homologación, sin que esta modifique la naturaleza de la Ficha vigente, los ministerios deberán presentar a PERÚ COMPRAS, el expediente de solicitud de opinión respecto de la viabilidad de modificación de la Ficha de Homologación, adjuntando el informe técnico, señalado en el numeral 8.10.2 de la presente directiva, considerando únicamente el literal d) del referido informe.”
Que, el sub numeral 8.15.2 de la Directiva, respecto a las solicitudes de modificación de la Ficha de Homologación a las que se refieren los literales b) y c) del sub numeral 8.15.1 de la Directiva, señala que la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS emite la opinión dentro de un plazo no mayor de siete (7) días hábiles contados desde el día siguiente de efectuada la recepción de la solicitud de opinión, sin observaciones; salvo que, luego de la evaluación correspondiente, se determine la necesidad de realizar consultas de mercado, en cuyo caso el plazo para la emisión de la opinión será de diez (10) días hábiles;
Que, finalmente el sub numeral 8.15.3 de la Directiva, señala que la aprobación de la modificación de la Ficha de Homologación deberá realizarse mediante Resolución Ministerial, en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles, contados desde el día siguiente de recibida la notificación de la opinión favorable de PERÚ COMPRAS, respecto de la viabilidad de la modificación. La Resolución Ministerial de aprobación deberá publicarse en el Diario Oficial “El Peruano”, y será remitida a la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS en el día de su publicación a efectos de gestionar la incorporación de la Ficha de Homologación modificada en la “Relación de Fichas de Homologación vigentes” del portal institucional de PERÚ COMPRAS;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 318-2022-MINEDU de fecha 01 de agosto de 2022, el MINEDU aprueba catorce (14) Fichas de Homologación de Mobiliario Escolar de Metal Madera para la Educación Básica Regular;
Que, mediante los Informes N° 000128-2023-MINEDU-VMGI-PRONIED-UGME y N° 000123-2023-MINEDU-VMGI-PRONIED-UGME-MOB elaborados por la Unidad Gerencial de Mobiliario y Equipamiento del Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED), la cual tiene entre sus funciones la de ejecutar acciones que aseguren la dotación de mobiliario, equipamiento e instalaciones provisionales necesarias para el funcionamiento de las instituciones educativas públicas, en su calidad de área usuaria, elabora y sustenta la modificación del contenido de catorce (14) proyectos de Fichas de Homologación de Mobiliario Escolar de Metal Madera para la Educación Básica Regular con códigos CUBSO 56121505-00390350, 56121502-00390349, 56121505-00390351, 56121502-00390348, 56121505-00390352, 56121502-00390347, 56121505-00390353, 56121502-00390346, 56121505-00390354, 56121502-00390345, 56121505-00390355, 56121502-00390344, 56121505-00390356 y 56121502-00390343; precisando que las modificaciones se refieren a la implementación de la Resolución Viceministerial N° 019-2023-MINEDU que aprueba la Norma Técnica “Criterios para el Diseño de Mobiliario Educativo de la Educación Básica Regular”, la cual fue emitida con fecha posterior a la aprobación de las referidas Fichas de Homologación; asimismo, se señala la utilidad o beneficio que derivaría de la modificación de los requerimientos;
Que, a través del Oficio N° 000679-2023-MINEDU-VMGI-PRONIED-DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED), se propone aprobar la modificación de Fichas de Homologación, requiriendo a la Oficina General de Administración gestionar la solicitud de opinión favorable a PERÚ COMPRAS, respecto de la viabilidad de la modificación de catorce (14) proyectos de Fichas de Homologación, en cumplimiento a lo establecido en la Directiva para la posterior expedición de la correspondiente Resolución Ministerial;
Que, mediante el Oficio N° 00219-2023-MINEDU/SG-OGA la Oficina General de Administración remite los proyectos de modificación de fichas de homologación a PERÚ COMPRAS solicitando su opinión favorable;
Que, mediante el Oficio N° 000215-2023-PERÚ COMPRAS-JEFATURA, presentado al Ministerio de Educación con fecha 10 de marzo de 2023, el Jefe de PERÚ COMPRAS, remite el Informe N° 000034-2023-PERÚ COMPRAS-DES, elaborado por la Dirección de Estandarización y Sistematización, en el que se señala que luego de haber realizado las evaluaciones respectivas, el expediente para la viabilidad de los proyectos de modificación de catorce (14) Fichas de Homologación, cumplen con las disposiciones generales y específicas previstas en la Directiva Nº 006-2020-PERU COMPRAS; por lo que, emite opinión favorable respecto de la viabilidad de los proyectos de modificación de Fichas de Homologación;
Que, mediante el Oficio N° 000259-2023-PERÚ COMPRAS-DES, presentado al Ministerio de Educación con fecha 14 de marzo de 2023, la Directora de la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS, remite una aclaración respecto a la opinión favorable, precisando los códigos del Catálogo Único de Bienes, Servicios y Obras – CUBSO de seis (06) Proyectos de Homologación; en ese sentido, se cuenta con la opinión favorable respecto de la viabilidad de los siguientes proyectos de modificación de Fichas de Homologación:
Ítem |
Código CUBSO |
Proyectos de Modificación de Fichas de Homologación |
1 |
56121505-00390350 |
Mesa de metal y madera para estudiante de Inicial - ciclo II |
2 |
56121502-00390349 |
Silla de metal y madera para estudiante de Inicial - ciclo II |
3 |
56121505-00390351 |
Mesa de metal y madera para estudiante de 1° a 2° de Primaria |
4 |
56121502-00390348 |
Silla de metal y madera para estudiante de 1° - 2° de Primaria |
5 |
56121505-00390352 |
Mesa de metal y madera para estudiante de 3° a 4° de Primaria |
6 |
56121502-00390347 |
Silla de metal y madera para estudiante de 3° - 4° de Primaria |
7 |
56121505-00390353 |
Mesa de metal y madera para estudiante de 5° a 6° de Primaria |
8 |
56121502-00390346 |
Silla de metal y madera para estudiante de 5° - 6° de Primaria |
9 |
56121505-00390354 |
Mesa de metal y madera para estudiante de 1° a 2° de Secundaria |
10 |
56121502-00390345 |
Silla de metal y madera para estudiante de 1° - 2° de Secundaria |
11 |
56121505-00390355 |
Mesa de metal y madera para estudiante de 3° a 4° de Secundaria |
12 |
56121502-00390344 |
Silla de metal y madera para estudiante de 3° - 4° de Secundaria |
13 |
56121505-00390356 |
Mesa de metal y madera para estudiante de 5° de Secundaria |
14 |
56121502-00390343 |
Silla de metal y madera para estudiante de 5° de Secundaria |
Que, mediante Memorándum N° 00150-2023-MINEDU/SG-OGA de fecha 16 de marzo de 2023, la Oficina General de Administración remite a la Oficina General de Asesoría Jurídica el Informe N° 00138-2023-MINEDU/SG-OGA-OL elaborado por la Oficina de Logística y los Informes N° 000173-2023-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGME y N° 000167-2023-MINEDU-VMGI-PRONIED-UGME-MOB de la Unidad Gerencial de Mobiliario y Equipamiento del PRONIED, solicitando la aprobación de la modificación de catorce (14) Fichas de Homologación correspondientes, mediante Resolución Ministerial;
Que, mediante Informe N° 00297-2023-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica del MINEDU concluye que contando con los informes técnicos de los órganos competentes y la opinión favorable de la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS, resulta legalmente viable que por Resolución Ministerial se apruebe la modificación de catorce (14) Fichas de Homologación de Mobiliario Escolar de Metal Madera para la Educación Básica Regular, en el marco de lo establecido en el numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de la Ley N° 30225 y modificatorias, y el sub numeral 8.15.3 de la Directiva;
Que, en ese sentido, corresponde que por Resolución Ministerial se proceda con la aprobación de la modificación de las Fichas de Homologación antes mencionadas, en cumplimiento de lo establecido en el sub numeral 8.15.3 de la Directiva;
Que, de conformidad con lo dispuesto en Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modificatorias, la Resolución Jefatural N° 069-2020-PERÚ COMPRAS de la Central de Compras Públicas-PERÚ COMPRAS, que aprueba la Directiva N° 006-2020-PERÚ COMPRAS denominada “Proceso de Homologación de Requerimientos”; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la modificación de catorce (14) Fichas de Homologación de Mobiliario Escolar de Metal Madera para la Educación Básica Regular, las mismas que, como Anexos forman parte integrante de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle:
Ítem |
Código CUBSO |
Proyectos de Modificación de Fichas de Homologación |
1 |
56121505-00390350 |
Mesa de metal y madera para estudiante de Inicial - ciclo II |
2 |
56121502-00390349 |
Silla de metal y madera para estudiante de Inicial - ciclo II |
3 |
56121505-00390351 |
Mesa de metal y madera para estudiante de 1° a 2° de Primaria |
4 |
56121502-00390348 |
Silla de metal y madera para estudiante de 1° - 2° de Primaria |
5 |
56121505-00390352 |
Mesa de metal y madera para estudiante de 3° a 4° de Primaria |
6 |
56121502-00390347 |
Silla de metal y madera para estudiante de 3° - 4° de Primaria |
7 |
56121505-00390353 |
Mesa de metal y madera para estudiante de 5° a 6° de Primaria |
8 |
56121502-00390346 |
Silla de metal y madera para estudiante de 5° - 6° de Primaria |
9 |
56121505-00390354 |
Mesa de metal y madera para estudiante de 1° a 2° de Secundaria |
10 |
56121502-00390345 |
Silla de metal y madera para estudiante de 1° - 2° de Secundaria |
11 |
56121505-00390355 |
Mesa de metal y madera para estudiante de 3° a 4° de Secundaria |
12 |
56121502-00390344 |
Silla de metal y madera para estudiante de 3° - 4° de Secundaria |
13 |
56121505-00390356 |
Mesa de metal y madera para estudiante de 5° de Secundaria |
14 |
56121502-00390343 |
Silla de metal y madera para estudiante de 5° de Secundaria |
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus Anexos, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 3.- Disponer que la Secretaría General remita las Fichas de Homologación a la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS, el día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR MANUEL BECERRA TRESIERRA
Ministro de Educación