Autorizan viaje de Jueza Provisional de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, y de Jueza Superior y Jefa de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima; para que participen en capacitación a realizarse en Puerto Rico
Presidencia del Consejo Ejecutivo
RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA
N° 000033-2023-P-CE-PJ
Lima, 28 de febrero del 2023
VISTO:
El Oficio Nº 000258-2023-SG-GG-PJ cursado por la Secretaria General de la Gerencia General del Poder Judicial, por el cual remite el cálculo de gasto por seguro de viaje para el viaje de las señoras Norma Beatriz Carbajal Chávez, Jueza Provisional de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República; y Rosa Mirta Bendezú Gómez de Chumbes, Jueza Superior y Jefa de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima, en la capacitación presencial que realizarán en la ciudad de San Juan, Puerto Rico.
CONSIDERANDO:
Primero. Que mediante Resolución Corrida N° 000034-2023-P-PJ, de la Presidencia del Poder Judicial designó a las señoras Norma Beatriz Carbajal Chávez, Jueza Provisional de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República; y Rosa Mirta Bendezú Gómez de Chumbes, Jueza Superior y Jefa de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima, para que participen de manera presencial en el Módulo II “Inmersión en el Sistema Penal Acusatorio para Juzgadores”, que se realizará del 20 al 24 de marzo del presente año, en la ciudad de San Juan, Puerto Rico.
Segundo. Que, asimismo, en la citada resolución se dispuso que la Gerencia General del Poder Judicial remita el cálculo de gastos respectivos que no cubra la institución auspiciadora; y estando a la información de la referida dependencia, es menester dictar la medida administrativa correspondiente.
Tercero. Que, por otro lado, por la importancia de la citada actividad resulta de interés para este Poder del Estado que jueces y juezas participen en el referido evento, debido a que adquirirán conocimientos sobre el sistema acusatorio, desarrollando temas referentes al rol del juez en el sistema acusatorio, ética judicial, proceso penal, evidencia de dictámenes, manejo de caos, rol de la víctima, derecho comparado y evidencia.
En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de conformidad con el Informe N° 000012-2023-GAF-GG-PJ de la Gerencia de Administración y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial; en uso de sus facultades delegadas mediante Resolución Administrativa 003-2009-CE-PJ;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje de las señoras Norma Beatriz Carbajal Chávez, Jueza Provisional de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República; y Rosa Mirta Bendezú Gómez de Chumbes, Jueza Superior y Jefa de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima, del 19 al 25 de marzo del año en curso, para que participen de manera presencial en el Módulo II “Inmersión en el Sistema Penal Acusatorio para Juzgadores”, que se llevará a cabo en la ciudad de San Juan, Puerto Rico; concediéndoseles licencia con goce de haber por las referidas fechas.
Artículo Segundo.- Los gastos del seguro de viaje internacional estará a cargo de la Unidad Ejecutora de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo al detalle:
• Norma Beatriz Carbajal Chávez US$ 42.00 dólares americanos.
• Rosa Mirta Bendezú Gómez de Chumbes US$ 42.00 dólares americanos.
Artículo Tercero.- Las mencionadas juezas deberán presentar un informe a este despacho, en forma individual, en un plazo no mayor de diez días posteriores a la conclusión del referido certamen, que deberá contener: i) Copia del certificado o documento que acredite la participación o aprobación según corresponda; ii) Material bibliográfico en físico o CD, para remitirlo al Centro de Investigaciones Judiciales; iii) En caso sea pertinente presentarán la ponencia realizada en la actividad de capacitación, para su difusión a través del Centro de Investigaciones Judiciales; iv) Propuestas y recomendaciones generadas a partir de la capacitación recibida; y v) Realizar réplicas y difundir, de ser necesario, a través del Centro de Investigaciones Judiciales y la Unidad Administrativa de cada Corte Superior.
Artículo Cuarto.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.
Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidente de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, Juezas designadas, Centro de Investigaciones Judiciales; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JAVIER ARÉVALO VELA
Presidente
Consejo Ejecutivo
2161595-1