ley nº 31712
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PÚBLICA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO TREN DE LA COSTA
Artículo 1.- Declaración de interés nacional y necesidad pública
Se declara de interés nacional y necesidad pública la ejecución del Proyecto Tren de la Costa, que abarca todo el litoral costero comprendiendo a los departamentos de Tacna, Moquegua, Arequipa, Ica, Lima, Áncash, La Libertad, Lambayeque, Piura y Tumbes; con el objetivo de generar una nueva y eficiente vía de tránsito entre los pueblos ubicados a lo largo de la costa de nuestro país.
Artículo 2.- Prioridad de las entidades ejecutivas pertinentes
Las entidades ejecutivas pertinentes priorizarán y dispondrán la ejecución del referido proyecto hasta su culminación y uso beneficioso.
Artículo 3.- Aplicación de la normativa sobre el medio ambiente
En la implementación de lo establecido por esta ley, corresponderá a las entidades competentes respetar la normativa ambiental, en particular las disposiciones de la Ley 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA), y su reglamento, en caso de ser aplicable.
Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.
En Lima, a los veintisiete días del mes de febrero de dos mil veintitrés.
JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZAPATA
Presidente del Congreso de la República
MARTHA LUPE MOYANO DELGADO
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil veintitrés.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Consejo de Ministros
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