ley nº 31712

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL Y NECESIDAD PÚBLICA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO TREN DE LA COSTA

Artículo 1.- Declaración de interés nacional y necesidad pública

Se declara de interés nacional y necesidad pública la ejecución del Proyecto Tren de la Costa, que abarca todo el litoral costero comprendiendo a los departamentos de Tacna, Moquegua, Arequipa, Ica, Lima, Áncash, La Libertad, Lambayeque, Piura y Tumbes; con el objetivo de generar una nueva y eficiente vía de tránsito entre los pueblos ubicados a lo largo de la costa de nuestro país.

Artículo 2.- Prioridad de las entidades ejecutivas pertinentes

Las entidades ejecutivas pertinentes priorizarán y dispondrán la ejecución del referido proyecto hasta su culminación y uso beneficioso.

Artículo 3.- Aplicación de la normativa sobre el medio ambiente

En la implementación de lo establecido por esta ley, corresponderá a las entidades competentes respetar la normativa ambiental, en particular las disposiciones de la Ley 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA), y su reglamento, en caso de ser aplicable.

Comuníquese a la señora Presidenta de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintisiete días del mes de febrero de dos mil veintitrés.

JOSÉ DANIEL WILLIAMS ZAPATA

Presidente del Congreso de la República

MARTHA LUPE MOYANO DELGADO

Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de marzo del año dos mil veintitrés.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA

Presidente del Consejo de Ministros

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