Aprueban Primera Modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica San Gabán III, otorgada a Hydro Global Perú S.A.C.

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 109-2023-MINEM/DM

Lima, 15 de marzo de 2023

VISTOS: El Expediente N° 11373516 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica para la Central Hidroeléctrica San Gabán III, cuyo titular es la empresa Hydro Global Perú S.A.C. (en adelante, HGP); la solicitud de la primera modificación de dicha concesión; el Informe N° 921-2022-MINEM/DGE-DCE de la Dirección General de Electricidad; el Informe N° 0267-2023-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 478-2016-MEM/DM publicada el 22 de noviembre de 2016, se otorga a favor de HGP la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica San Gabán III, con una potencia instalada de 205,8 MW (en adelante, la CONCESIÓN), ubicada en el distrito de San Gabán, provincia de Carabaya, departamento de Puno; asimismo, se aprueba el Contrato de Concesión N° 494-2016 (en adelante, CONTRATO), en el cual se establece que el inicio y la Puesta en Operación Comercial (en adelante, la POC) del proyecto será el 13 de mayo de 2018 y el 01 de febrero de 2022, respectivamente;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 281-2022- MINEM/DM, de fecha 5 de agosto de 2022, se califica como fuerza mayor los eventos invocados por HGP, referidos al evento i) aislamiento social obligatorio debido al estado de emergencia nacional a raíz del brote del COVID-19; evento ii) restricciones operativas y sociales debido al estado de emergencia nacional a raíz del brote del COVID-19; evento iii) retraso en la emisión de títulos habilitantes; y evento iv) retrasos causados por asuntos de índole social; teniendo una duración de 71, 340, 228 y 177 días calendario, respectivamente;

Que, mediante documento con registro N° 3352586 de fecha 16 de agosto de 2022, HGP solicita la modificación de la CONCESIÓN, a fin de prorrogar al 27 de abril de 2024, la fecha de la POC de la Central Hidroeléctrica San Gabán III; asimismo, solicita actualizar los datos técnicos de las principales infraestructuras hidráulicas del proyecto, debido al avance de la ingeniería de detalle.

Que, conforme a los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco de sus competencias, han verificado que la solicitud de HGP ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en las normas sectoriales; por lo que corresponde aprobar la Primera Modificación de la CONCESIÓN y del CONTRATO en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en esta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, según lo establecido en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-93-EM;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-93-EM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modificatorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 038-2014-EM, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Primera Modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica San Gabán III, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Aprobar la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 494-2016, solicitada por Hydro Global Perú S.A.C., en lo referido a modificar el numeral 1.3 de la Cláusula Primera, las Cláusulas Séptima, Décimo Segunda y Décimo Cuarta, el literal g) del numeral 2 y el numeral 3 del Anexo N° 2, y el Anexo N° 4, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Autorizar al Director General de Electricidad, a suscribir en representación del Estado, la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 494-2016 aprobada en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 4.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que origine la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 494-2016 en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de Hydro Global Perú S.A.C. de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH

Ministro de Energía y Minas

2161196-1