Modifican el numeral 4.2 del artículo 4 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000004-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE, sobre delegación de facultades en el/la Director/a de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración

RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA

N° D000072-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE

Magdalena del Mar, 16 de marzo del 2023

VISTOS:

El Informe N° D000069-2023-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGA-OA emitido por la Oficina de Abastecimiento; el Informe N° D000049-2023-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGA emitido por la Oficina General de Administración; y, el Informe Legal N° D000091-2023-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego, ahora Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;

Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del SERFOR, y modificatoria, documento que define y delimita las facultades, funciones y atribuciones de los órganos que conforman el SERFOR, así como define su estructura orgánica;

Que, el artículo 9 del ROF del SERFOR, señala que la Dirección Ejecutiva está a cargo de un Director Ejecutivo, que es el titular del pliego y la máxima autoridad ejecutiva institucional, quien puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su cargo;

Que, el numeral 78.1 del artículo 78 y el artículo 79 del Texto Único Ordenado – TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que las entidades pueden delegar su competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; y que el delegante tendrá siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado, respectivamente;

Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000004-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE, el Titular del SERFOR, delega facultades en diversos servidores de la entidad, para el año fiscal 2023;

Que, a través del Informe N° D000049-2023-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGA la Oficina General de Administración hace suyo el Informe N° D000069-2023-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGA-OA a través del cual la Oficina de Abastecimiento señala que con el propósito de agilizar los procedimientos internos de la institución, enmarcados en el Sistema Administrativo de Abastecimiento de la Unidad Ejecutora 002: Programa de Desarrollo Forestal Sostenible, Inclusivo y Competitivo en la Amazonía Peruana se requiere que la Dirección Ejecutiva delegue facultades a el/la Director/a de la Oficina de Abastecimiento.

Que, mediante Informe Legal N° D000091-2023-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que, estando a lo informado y propuesto por la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración, lo establecido en la Resolución Directoral Nº 054-2018-EF-52.03, y conforme a lo señalado en el artículo 9 del ROF del SERFOR, que dispone que el Director Ejecutivo en su condición de titular del pliego y máxima autoridad ejecutiva institucional, puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su cargo; resulta legalmente viable que emita el acto resolutivo que modifica el artículo 4 de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000004-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE, a través del cual se delegó facultades en diversos funcionarios del SERFOR, para el año fiscal 2023;

Con el visado del Gerente General, del Director General de la Oficina General de Administración, y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado – TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, y su modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el numeral 4.2 del artículo 4 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000004-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE, quedando redactado de la siguiente manera:

“4.2.- Delegación de facultades en el/la Director/a de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración

Delegar en el/la Director/a de la Oficina de Abastecimiento de la Oficina General de Administración, respecto de la Unidad Ejecutora 002: Programa de Desarrollo Forestal Sostenible, Inclusivo y Competitivo en la Amazonía Peruana, en proceso de cierre, del Pliego Presupuestal 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR, para el año fiscal 2023, las facultades siguientes:

a) Emitir las Constancias de Prestación de bienes, servicios y obras, que fueron contratados por la citada Unidad Ejecutora

b) Dar respuesta a las solicitudes, vinculadas a los procedimientos de selección o contrataciones menores a 8 uit, requeridas por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), el Tribunal de Contrataciones del Estado, la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS y la Contraloría General de la República u otras entidades públicas.

c) Dar respuesta a las personas naturales o jurídicas, entidades públicas o privadas respecto a las contrataciones menores a 8 uit, procedimientos de selección, contratos e incidencias en la ejecución contractual de los mismos.

d) Emitir opinión técnica en procesos de conciliaciones o arbitrajes, derivados de controversias en la ejecución de los contratos de los procedimientos de selección de la unidad ejecutora 002, previa opinión de la unidad orgánica que haga las veces de área usuaria de la contratación conforme a sus funciones equivalentes en la unidad ejecutora 001.

e) Emitir opinión técnica en reconocimientos de abono de créditos internos y devengados o enriquecimientos sin causa, previa opinión de la unidad orgánica que asuma la condición de área usuaria de la contratación.”

Artículo 2.- Disponer la notificación de la presente Resolución a la Gerencia General y a la Oficina General de Administración.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR (www.gob.pe/serfor), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ALBERTO GONZÁLES - ZÚÑIGA GUZMÁN

Director Ejecutivo

Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre

2161161-1