Incluyen en la “Guía para implementar el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos”, aprobada mediante R.M. N° 138-2021-MINAM, la denominación “Programa RECICLA”, en referencia al Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos
Resolución Ministerial
N° 098-2023-MINAM
Lima, 15 de marzo de 2023
VISTOS; el Informe N° 00062-2023-MINAM/VMGA/DGRS/DGMRS de la Dirección de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos, el Memorando N° 00211-2023-MINAM/VMGA/DGRS de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos, el Memorando Múltiple N° 00019-2023-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental, y el Informe N° 00167-2023-MINAM/SG/OGAJ; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella;
Que, el literal k) del artículo 7 del precitado Decreto Legislativo, señala que el Ministerio del Ambiente tiene como función específica promover y coordinar la adecuada gestión de residuos sólidos, además de la protección de la calidad del aire y el control del ruido y de las radiaciones no ionizantes;
Que, los literales g) y s) del artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, establece que el Ministerio del Ambiente, como ente rector a nivel nacional para la gestión y manejo de residuos sólidos es competente para normar sobre el manejo de residuos sólidos; así como, para promover el fortalecimiento de capacidades de los gobiernos regionales y locales para la adecuada gestión integral de los residuos sólidos;
Que, según el artículo 24 del precitado Decreto Legislativo, las municipalidades distritales así como las provinciales en lo que concierne a los distritos del cercado, son responsables de implementar obligatoriamente programas de segregación en la fuente y recolección selectiva de los residuos sólidos en todo el ámbito de su jurisdicción, facilitando la valorización de los residuos sólidos y asegurando una disposición final técnicamente adecuada;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 138-2021- MINAM, se aprueba la Guía para implementar el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos, la cual tiene como objetivo orientar a las municipalidades en la implementación del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos, con la finalidad que los residuos sólidos aprovechables generados logren ser valorizados dentro de la cadena de valor de reciclaje;
Que, conforme al literal a) del artículo 106 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial N° 167-2021-MINAM, la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos tiene por función proponer instrumentos técnicos-normativos sobre la gestión y manejo de residuos sólidos, en coordinación con las entidades competentes, según corresponda;
Que, la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos, mediante el Memorando N° 00211-2023-MINAM/VMGA/DGRS, que contiene el Informe N° 00062-2023-MINAM/VMGA/DGRS/DGMRS, señala que se requiere fortalecer la implementación del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos; para lo cual se propone denominar “Programa RECICLA” al Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos, en el marco de una estrategia de intervención orientada a estandarizar la denominación de los instrumentos que se aprueban y operativizan el mencionado Programa; con la finalidad de impulsar mayor participación de los actores de la cadena de valor del reciclaje, y fomentar la adecuada segregación y recuperación de residuos sólidos con fines de valorización;
Que, en ese contexto, se propone incluir en la “Guía para implementar el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos”, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 138-2021-MINAM, la denominación del “Programa RECICLA”, en referencia al Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos, implementado por las municipalidades;
Que, a través del Informe N° 00167-2023-MINAM/SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable a la actualización de la Guía para implementar el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos;
Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental; de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Legislativo N° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial N° 167-2021-MINAM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Incluir en la “Guía para implementar el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos”, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 138-2021-MINAM, la denominación “Programa RECICLA” en referencia al Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos; en el marco de una estrategia de intervención orientada a estandarizar la denominación de los instrumentos que se aprueban y operativizan el precitado Programa, a cargo de las municipalidades.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALBINA RUIZ RÍOS
Ministra del Ambiente
2161052-1