Modifican el artículo 1 de la R.M. N° 035-2023-PCM, a fin de actualizar la conformación de la representación empleadora para la negociación colectiva en el nivel centralizado para el periodo 2023

Resolución Ministerial

N° 069-2023-PCM

Lima, 14 de marzo de 2023

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 7 de la Ley N° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, identifica como sujetos de la negociación colectiva centralizada en el sector público, por la parte sindical, a las confederaciones sindicales más representativas de los trabajadores del Estado a nivel nacional; y, por la parte empleadora, al Poder Ejecutivo, por intermedio de la Presidencia del Consejo de Ministros; asimismo, el artículo 8 de dicha Ley, precisa que por la parte sindical se designa a veintiún (21) representantes, y por la parte empleadora, la Presidencia del Consejo de Ministros designa a veintiún (21) representantes;

Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 11.1 del artículo 11 de los Lineamientos para la implementación de la Ley N° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, aprobados por Decreto Supremo N° 008-2022-PCM, la representación empleadora en la Comisión Negociadora en el nivel centralizado se encuentra conformada por veintiún (21) representantes designados por Resolución Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, bajo dicho marco normativo, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 035-2023-PCM, se conforma la representación empleadora para la negociación colectiva en el nivel centralizado para el periodo 2023; la cual está integrada, entre otros representantes titulares, por el/la Asesor/a I de la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR;

Que, a través del Oficio N° 000171-2023-SERVIR-PE, la Presidenta Ejecutiva del Consejo Directivo de SERVIR propone la designación de un nuevo representante titular que conformará la representación empleadora para la negociación colectiva en el nivel centralizado para el periodo 2023;

Que, en tal sentido, resulta necesario modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 035-2023-PCM, a fin de actualizar la conformación de la representación empleadora para la negociación colectiva en el nivel centralizado para el periodo 2023;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal; el Decreto Supremo N° 008-2022-PCM, Decreto Supremo que aprueba Lineamientos para la implementación de la Ley N° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 035-2023-PCM, el cual queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 1.- Conformar la representación empleadora para la negociación colectiva en el nivel centralizado para el periodo 2023; de la siguiente manera:

Representantes titulares:

1. El/la Secretario/a Técnico/a del Proyecto Especial “Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc creada por el Decreto Supremo Nº 006-2012-EF”, de la Presidencia del Consejo de Ministros, quien preside la representación empleadora.

2. El/la Jefe/a de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros o su representante, quien actúa como Secretario/a Técnico/a de la Comisión Negociadora.

3. El/la Secretario/a de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros o su representante.

4. El/la Director/a de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros o su representante.

5. JEANETTE PATRICIA RUBIO MENDOZA, Consultora de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Presidencia del Consejo de Ministros.

6. MIRLA MARITA CHULAN CARRANZA, Consultora del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros.

7. JAIME REBLINO ABAL ABARCA, representante del Ministerio de Economía y Finanzas.

8. LORENZO OVIDIO MENDOZA MOTA, representante del Ministerio de Economía y Finanzas.

9. CARLOS ALBERTO ADRIANZÉN GARCÍA-BEDOYA, representante del Ministerio de Economía y Finanzas.

10. PEGGY MILAGROS ALCON OCAÑA, representante del Ministerio de Economía y Finanzas.

11. ALONSO FLORES MACHER, representante del Ministerio de Economía y Finanzas.

12. El/la Director/a General de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables o su representante.

13. El/la Director/a de la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Defensa o su representante.

14. El/la Director/a General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio del Interior o su representante.

15. El/la Director/a General de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

16. El/la Director/a General de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

17. El/la Jefe/a de la Oficina de Diálogo del Ministerio de Educación.

18. GUSTAVO DANIEL ESCATE PARIONA, Coordinador de la Unidad Funcional de Gestión de Diálogo Laboral del Ministerio de Salud.

19. El/la Gerente/a de Políticas de Gestión del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR.

20. El/la Asesor/a II de la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR.

21. El/la Secretario/a Nacional de la Red de Municipalidades Urbanas y Rurales del Perú – REMURPE.

Representantes alternos:

1. RICHARD DANIEL CARRION FLORES, representante del Ministerio de Economía y Finanzas.

2. MARIEL HERRERA LLERENA, representante del Ministerio de Economía y Finanzas.

3. ABEL FERNANDO PORTUGAL RENDON, representante del Ministerio de Economía y Finanzas.

4. HUGO ANDRES LEON MANCO, representante del Ministerio de Economía y Finanzas.

5. PAMELA QUINTERO PEREZ, representante del Ministerio de Economía y Finanzas.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA

Presidente del Consejo de Ministros

2161004-1