Ordenanza que aprueba el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental (EDUCCA) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores

ORDENANZA N° 484/MDSJM

San Juan de Miraflores, 7 de marzo de 2023

EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES

VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo de la fecha, se trató sobre el proyecto de Ordenanza que aprueba el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental (EDUCCA) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores; y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo Único de la Ley Nº 30305 - de Reforma Constitucional – establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades;

Que, la Ley N°27972 - Orgánica de Municipalidades, en su artículo 9º, numeral 7) señala las atribuciones del concejo municipal para aprobar el sistema de gestión ambiental local y sus instrumentos, en concordancia con el sistema de gestión ambiental nacional y regional; y su artículo 73°, numeral 3), dispone que son competencia y funciones específicas generales de los gobiernos locales promover la educación e investigación ambiental en su localidad e incentivar la participación ciudadana en todos sus niveles;

Que, la Ley N°28611 - General del Ambiente, en su Título Preliminar, artículo 1º, establece que toda persona tiene derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, y el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental de proteger el ambiente, así como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del país; y su artículo 8º precisa que las políticas y normas ambientales de carácter nacional, sectorial, regional y local se diseñan y aplican de conformidad con lo establecido en la Política Nacional del Ambiente y deben guardar concordancia entre sí; señalando el literal h) del numeral 127.2, que el Ministerio de Educación y la Autoridad Ambiental Nacional coordinan con las diferentes entidades del Estado para el cumplimiento de la Política Nacional de Educación Nacional, teniendo entre sus lineamientos orientadores, desarrollar programas de educación ambiental, como base para la adaptación e incorporación de materia y conceptos ambientales en forma transversal, en los programas educativos formales y no formales de los diferentes niveles;

Que, con Resolución Ministerial N°003-2023-MINAN, se aprueba el “Instructivo para elaborar e Implementar el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental (Programa Municipal EDUCCA)”, programa a implementar por los gobiernos locales, que deben asumir el reto de incorporar en sus políticas públicas, las acciones pertinentes para formar ciudadanos y ciudadanas ambientalmente responsables que contribuyan al desarrollo sostenible a nivel local, regional y nacional;

Que, con Memorándum N° 083-2023-GGA/MDSJM, la Gerencia de Gestión Ambiental sustenta la aprobación del Programa Municipal de Educación Cultura y Ciudadanía Ambiental en el distrito, en estricto cumplimiento a las normas legales antes mencionadas, lo que permitirá concientizar y lograr incrementar la cultura ambiental en nuestros vecinos; habiendo emitido al respecto opinión técnica favorable, la Subgerencia de Planeamiento Estratégico y Cooperación Técnica (Informe Nº 124-2023-SGPEyCT/MDSJM), así como también la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto (Memorándum, Nº 0105-2023-GPP/MDSJM) ; contando asimismo con la opinión legal favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica (Informe Nº 86-2023-GAJ/MDSJM) y la aprobación de la Gerencia Municipal (Memorándum Nº230-2023-GM/MDSJM);

En uso de las facultades otorgadas por los artículos 9, numerales 7) y 8); 40 y 33, numeral 3), de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; Ley Nº 28611 – General del Ambiente; y Resolución Ministerial N°003-2023-MINAN; con el voto UNÁNIME de los señores regidores; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal de San Juan de Miraflores ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, CULTURA

Y CIUDADANÍA AMBIENTAL (EDUCCA) DE

LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE

SAN JUAN DE MIRAFLORES

Artículo Primero.– APROBAR el Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo Segundo.– ENCARGAR la implementación el Programa Municipal EDUCCA de San Juan de Miraflores, a la Gerencia de Gestión Ambiental en coordinación con las unidades orgánicas respectivas.

Artículo Tercero.- FACULTAR a la señora alcaldesa para que, mediante decreto de alcaldía, efectúe las modificaciones y/o adecuaciones que correspondan para el mejor cumplimiento del Programa Municipal EDUCCA de San Juan de Miraflores.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de esta Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano; y a la Subgerencia de Tecnologías de la Comunicación y Soporte Informático la publicación del texto íntegro del Programa en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

DELIA NELLY CASTRO PICHIHUA

Alcaldesa

2160789-2