Aprueban ampliación de delegación de facultades a la Oficina General de Administración de la APN
Resolución de Acuerdo de Directorio
Nº 0022-2023-APN-DIR
Callao, 14 de marzo de 2023
VISTOS:
El Informe N° 007-2023-APN-OGA del 02 de febrero de 2023 de la Oficina General de Administración, así como el Informe Legal N° 0054-2023-APN-UAJ del 08 de febrero de 2023 de la Unidad de Asesoría Jurídica (UAJ); y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, se creó la Autoridad Portuaria Nacional (APN) como un Organismo Público Descentralizado (actualmente, Organismo Técnico Especializado, de conformidad con el Decreto Supremo N° 058-2011-PCM y la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo), encargado del Sistema Portuario Nacional, adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dependiente del Ministro, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio, y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica, financiera y facultad normativa por delegación del Ministro de Transportes y Comunicaciones;
Que, el artículo 1 de la Ley N° 28352 creó el Pliego Presupuestario de la Autoridad Portuaria Nacional;
Que, de conformidad con el artículo 25 de la Ley del Sistema Portuario Nacional, Ley N° 27943, en concordancia con el artículo 109 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2004-MTC, el Directorio es el órgano máximo de la APN y tiene a su cargo su administración;
Que, con sujeción a las normas que rigen el funcionamiento y organización de la APN, el Directorio de la Institución es órgano que ostenta la Titularidad del Pliego 214: Autoridad Portuaria Nacional, pues es el órgano que tiene el mayor nivel jerárquico de la institución y se ocupa de su gestión presupuestaria;
Que, según el artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la APN aprobado por el Decreto Supremo N° 034-2004-MTC, el Presidente del Directorio ejerce la representación oficial de la APN y suscribe en representación del Directorio las resoluciones que se emitan, sin perjuicio de las delegaciones que se acuerden;
Que, el numeral 6 de la norma señalada en el considerando anterior establece que son atribuciones y funciones del Presidente del Directorio, entre otras, ejercer las facultades especiales que el Directorio le delegue; asimismo, el numeral 20 del artículo 7 del mismo Reglamento señala que el Directorio de la APN puede delegar el ejercicio de sus funciones en el Presidente del Directorio o en el Gerente General;
Que, mediante las Resoluciones de Acuerdo de Directorio N° 031-2008-APN/DIR, N° 024-2012-APN/DIR, N° 003-2013-APN/DIR, N° 009-2013-APN/DIR, N° 031-2013- APN/DIR, N° 001-2014-APN/DIR, N° 061-2014-APN/DIR, N° 006-2016-APN/DIR, N° 098-2017-APN/DIR y N° 087-2018-APN/DIR, Resolución de Presidencia de Directorio N° 019-2019-APN-PD, Resolución de Acuerdo de Directorio N° 078-2020-APN-DIR, Resolución de Acuerdo de Directorio N° 0062-2021-APN-DIR, y Resolución de Acuerdo de Directorio N° 106-2022-APN-DIR del 28 de diciembre de 2022 (cuya vigencia finaliza el 31 de diciembre de 2023), se delegaron facultades del Titular del Pliego en diversos órganos de la APN (Presidencia del Directorio, la Gerencia General y la OGA) para la adopción de actos de gestión interna, a efectos de dotar de mayor celeridad a los trámites administrativos;
Que, mediante el informe del Visto, la Oficina General de Administración solicita ampliar facultades y que estas sean delegadas hasta el 31 de diciembre del año 2023 las cuales se encuentran determinadas en la Directiva N° 005-2021-EF/54.01 “Directiva para la programación Multianual de Bienes servicios y obras”;
Que, mediante Informe Legal del Visto, la UAJ señala que, de conformidad con la normativa vigente, resulta legalmente viable que el Directorio amplíe las facultades delegadas a la OGA, para lo que resta del año 2023;
Que, por otro lado, el numeral 27.3 del artículo 27 de la Resolución Directoral N° 0014-2021-EF/54.01 que aprueba la Directiva N° 005-2021-EF/54.01 “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, dispone modificaciones al Cuadro Multianual de Necesidades (CMN) previa aprobación del Titular de la Entidad: “Las modificaciones al CMN son presentadas al Área involucrada en la gestión de la CAP quien gestiona su aprobación ante el Titular de la Entidad u organización de la entidad, o por el funcionario a quien se hubiera delegado dicha facultad. La aprobación se realiza el último día hábil de la semana, a través de la suscripción del Anexo N° 06 de la Directiva”;
Que, en la Sesión N° 625 de 10 de marzo de 2023, el Directorio de la institución aprobó la presente ampliación de delegación de funciones, encargando a su Presidente la suscripción de la resolución correspondiente;
De conformidad con lo señalado en la Ley N° 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2004-MTC y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la APN, aprobado por el Decreto Supremo N° 034-2004-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la ampliación de la delegación de facultades:
En la Oficina General de Administración:
- Suscripción de las modificaciones al Cuadro Multianual de Necesidades (CMN) correspondiente al Anexo N° 6, de acuerdo con lo indicado en el numeral 27.3 del artículo 27 de la Directiva N° 005-2021-EF/54.01 Directiva para la programación Multianual de bienes servicios y obras. Con vigencia desde su aprobación hasta el 31 de diciembre de 2023.
Artículo 2.- Mantiene la misma condición y vigencia las facultades delegadas en la Resolución de Acuerdo de Directorio N° 106-2022-APN-DIR de fecha 28 de diciembre de 2022.
Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución a todas las direcciones y unidades que conforman la APN, a fin de que tomen conocimiento de lo dispuesto en ella.
Artículo 4.- Disponer que la presente resolución sea publicada en el portal web de la Autoridad Portuaria Nacional y en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUEL GILBERTO HINOJOSA LÓPEZ
Presidente del Directorio
2160635-1