Nombran Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, designándolo en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santa Rosa
resolución de la fiscalía de la nación
Nº 585-2023-MP-FN
Lima, 10 de marzo de 2023
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que, con oficios Nros. 646 y 726-2023-MP-FN-PJFSLIMANOROESTE, cursados por el abogado Jorge Veiga Reyes, Presiente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, se eleva las propuestas para cubrir la plaza de Fiscal Provincial, para el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santa Rosa, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante.
Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fiscales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la finalidad de coadyuvar con la labor fiscal.
Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fiscal de los fiscales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fiscales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución.
Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse indefinidamente en el tiempo más aún si se tiene en cuenta que los nombramientos provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla; se hace oportuno, previa verificación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fiscal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fiscal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Abelardo César Caycho Ramis, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, y su designación en el Pool de Fiscales de Ventanilla, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1795-2021-MP-FN, de fecha 15 de diciembre de 2021.
Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Abelardo César Caycho Ramis, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, designándolo en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Santa Rosa.
Artículo Tercero.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fiscal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente.
Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Nororeste, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano y al fiscal mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS
Fiscal de la Nación
2159509-1