Aprueban “Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de las Organizaciones Políticas en la Cédula de Sufragio de las Elecciones Municipales Complementarias 2023”

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 000152-2023-JN/ONPE

Lima, 8 de marzo del 2023

VISTOS: el Informe Nº 000070-2023-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestión Electoral, el Informe Nº 000254-2023-SGPE-GGE/ONPE de la Sub Gerencia de Producción Electoral de la Gerencia de Gestión Electoral, el Informe Nº 000035-2023-GG/ONPE de la Gerencia General, así como el Informe Nº 000316-2023-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

El artículo 37 de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones (LOE), establece que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares. Ejerciendo sus atribuciones y funciones con sujeción a lo dispuesto en el artículo 182 de la Constitución Política del Perú y el literal c) del artículo 5 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE;

Mediante Decreto Supremo Nº 001-2023-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 4 de enero de 2023, la Presidencia de la República convocó a Elecciones Municipales Complementarias 2023, para el 2 de julio de 2023, con la finalidad de elegir a alcaldes y regidores de los concejos municipales pertenecientes a las circunscripciones donde el Jurado Nacional de Elecciones declaró la nulidad de las Elecciones Municipales 2022;

En virtud a lo dispuesto en el artículo 165 de la LOE: “(…) El diseño y procedimiento de ubicación de las candidaturas o símbolos deben publicarse y presentarse ante los personeros de partidos políticos, organizaciones políticas y candidatos dentro de los dos (2) días naturales después del cierre de la inscripción de candidaturas. La ubicación las candidaturas o símbolos se efectúa mediante sorteo público, en presencia de los personeros y de notario público”;

Con Resolución Nº 0002-2023-JNE, el Jurado Nacional de Elecciones aprobó el cronograma electoral en el marco de las Elecciones Municipales Complementarias 2023, en el que preciso que el día 14 de marzo es la fecha límite para la presentación de la lista de candidatos ante el Jurado Electoral Especial;

Teniendo en cuenta lo establecido en el literal c) del artículo 70 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, adecuado por Resolución Jefatural Nº 902-2021-JN/ONPE y sus modificatorias; la Gerencia de Gestión Electoral, a través del Informe de vistos, ha propuesto a la Gerencia General las “Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de las Organizaciones Políticas en la Cédula de Sufragio de las Elecciones Municipales Complementarias 2023”;

Cabe precisar que el orden de ubicación de los bloques de las organizaciones políticas en la cédula de sufragio correspondiente a las Elecciones Municipales Complementarias 2023, es el resultado del sorteo llevado a cabo el día 18 de enero de 2023, cuyo procedimiento fue aprobado mediante la Resolución Jefatural n.º 000024-2023-JN/ONPE;

De acuerdo a lo expuesto, la Gerencia General, mediante el documento de vistos, presenta a la Jefatura Nacional la propuesta del instructivo antes referido, recomendando su aprobación y publicación correspondiente;

De conformidad con lo dispuesto en los literales c), g) y h) del artículo 5 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; así como en el literal m) del artículo 11 de su Reglamento de Organización y Funciones, adecuado por Resolución Jefatural Nº 000902-2021-JN/ONPE y sus modificatorias;

Con los visados de la Secretaría General, de la Gerencia General y de las Gerencias de Asesoría Jurídica y de Gestión Electoral;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar las “Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de las Organizaciones Políticas en la Cédula de Sufragio de las Elecciones Municipales Complementarias 2023”, que consta de siete (7) artículos, que como Anexo N° 1 forma parte de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, y de los personeros de las Organizaciones Políticas participantes, el contenido de la presente resolución.

Artículo Tercero.- Publicar el contenido de la presente Resolución Jefatural y su anexo en el diario oficial El Peruano y en la web oficial de la ONPE ubicada en la Plataforma Digital única del Estado Peruano www.gob.pe/onpe. y en el portal de Transparencia de la Entidad, dentro de los tres días de su emisión.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS

Jefe

Oficina Nacional de Procesos Electorales

ANEXO Nº 1

INSTRUCCIONES PARA EL SORTEO DE

UBICACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES POLÍTICAS EN LA CÉDULA DE SUFRAGIO DE LAS ELECCIONES MUNICIPALES COMPLEMENTARIAS 2023

Artículo 1º.- Etapas del sorteo

El sorteo de ubicación de las organizaciones políticas en la cédula de sufragio de las Elecciones Municipales Complementarias 2023, se realizará simultáneamente para:

a) Sorteo de partidos políticos.

b) Sorteo de movimientos regionales.

En el caso que no se haya inscrito o se tenga un solo Movimiento Regional no se realizará el sorteo respectivo y se emitirá el acta de acuerdo a lo establecido en el Artículo 7° de estas instrucciones.

Artículo 2º.- Sedes y responsables del sorteo

Los sorteos mencionados en el artículo anterior se realizarán en las siguientes sedes:

a) El sorteo de partidos políticos se llevará a cabo en la sede central de la Oficina Nacional de Procesos Electorales – ONPE. Este evento será organizado por la Gerencia de Gestión Electoral, en coordinación con la Gerencia de Información y Educación Electoral.

b) El sorteo de ubicación de los movimientos regionales se realizará en las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales - ODPE. Este acto público estará a cargo del Jefe de la ODPE o a quien se designe en su representación.

Artículo 3º.- Actividades preparatorias

Previamente al sorteo, la Gerencia de Información y Educación Electoral de la ONPE y las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, según corresponda, confirmarán la presencia de un Notario Público, del representante del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) o del Jurado Electoral Especial (JEE), del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) e invitarán a los representantes de la Defensoría del Pueblo, Observadores, Instituciones de Veeduría y Personeros de las Organizaciones Políticas participantes, de acuerdo a la información remitida por la Gerencia de Gestión Electoral.

Artículo 4°.- Organizaciones políticas consideradas en el sorteo

Serán consideradas en el sorteo de ubicación todas las organizaciones políticas con inscripción vigente y que han presentado lista de candidatos ante los Jurados Electorales Especiales para las Elecciones Municipales Complementarias 2023. Las organizaciones políticas que han sido incluidas para el sorteo y que, por cualquier circunstancia no logren la inscripción de su lista de candidatos, no serán consideradas en la cédula de sufragio, sin que esta situación afecte el resultado del referido sorteo.

Artículo 5º.- Sorteo de ubicación de los partidos políticos y de los movimientos dentro de los bloques respectivos:

El sorteo de ubicación de los partidos políticos y de los movimientos regionales en los bloques correspondientes de las cédulas de sufragio de las Elecciones Municipales Complementarias 2023, se realizará de acuerdo a los pasos siguientes:

a) Se ordenará alfabéticamente a los partidos políticos y a los movimientos regionales, según corresponda, de acuerdo a su denominación.

b) Se asignará un número correlativo, empezando por el número uno (1) de acuerdo al orden alfabético, a cada partido político o movimiento regional, según corresponda, hasta completar la numeración de todas las organizaciones políticas participantes.

c) Se utilizará bolillos, los cuales se identificarán con los números que correspondan al orden alfabético de los partidos políticos y movimientos regionales, según corresponda.

d) Se mostrarán los bolillos a los asistentes al momento de ser colocados en el bolillero, por parte de un servidor de la ONPE, según corresponda.

e) Se invitará al servidor de la ONPE antes referido, para que luego de revolver el bolillero extraiga los bolillos y los muestre a los asistentes.

f) Se asignará el primer lugar en su respectivo bloque al partido político o movimiento regional al que corresponda el primer bolillo extraído; el partido político o movimiento regional al que corresponda el segundo bolillo ocupará el segundo lugar, y así sucesivamente hasta concluir con el sorteo.

g) Se registrará, las acciones contenidas en los literales anteriores en una computadora los resultados obtenidos y serán mostrados al público asistente.

h) El Notario Público dará conformidad a los bolillos extraídos y a los resultados obtenidos.

Artículo 6°.- Retiro o desistimiento de una Organización Política

En el caso que alguna Organización Política no logre su inscripción de candidatos se retire o desista de participar en el proceso electoral, la ubicación asignada será tomada por la organización a la que corresponda la posición inmediata inferior, según el orden establecido mediante sorteo.

Artículo 7°.- Elaboración del Acta y publicidad de los resultados del sorteo

Obtenidos los resultados de los sorteos de ubicación de las organizaciones políticas en las cédulas de sufragio para las Elecciones Municipales Complementarias 2023, se emitirá el acta en cuatro ejemplares y será suscrita por los representantes de la ONPE, del JNE o JEE, RENIEC, el Notario Público y facultativamente por el representante de la Defensoría del Pueblo y de los Personeros Legales de las Organizaciones Políticas. Los ejemplares se entregarán:

1. JNE o JEE

2. RENIEC

3. ONPE

4. Notario Público

Asimismo, si el representante de la Defensoría del Pueblo, personeros de las organizaciones políticas y observadores que asistieron al acto público solicitan copias del Acta, se entregará en la sede central de la ONPE copias autenticadas y en las ODPE con firma y sello del Jefe de la ODPE o a quien se designó en su representación. Los resultados del sorteo serán publicados en la página web de la ONPE y en el frontis de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales.

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