Otorgan a favor de ENGIE ENERGÍA PERÚ S.A. la concesión definitiva para desarrollar actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto “Central Solar Hanaqpampa”, ubicado en el departamento de Moquegua

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 087-2023-MINEM/DM

Lima, 1 de marzo de 2023

VISTOS: El Expediente N° 16403222, sobre la solicitud de otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto “Central Solar Hanaqpampa”, presentada por la empresa ENGIE ENERGÍA PERÚ S.A.; el Informe N° 083-2023-MINEM/DGE-DCE de la Dirección General de Electricidad; el Informe N° 0245-2023-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante documento con registro N° 3334723 de fecha 15 de julio de 2022, la empresa ENGIE ENERGÍA PERÚ S.A. solicita el otorgamiento de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto “Central Solar Hanaqpampa” con una potencia instalada de 300 MW, ubicado en el distrito de El Algarrobal, provincia de Ilo, departamento de Moquegua;

Que, mediante Resolución Directoral N° 0182- 2021-MINEM/DGAAE de fecha 29 de octubre de 2021, la Dirección General de Asuntos Ambientales de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas aprueba la Declaración de Impacto Ambiental del “Proyecto Fotovoltaico Hanaqpampa”, de conformidad con los fundamentos y conclusiones del Informe N° 0570-2021-MINEM/DGAAE-DEAE, de fecha 29 de octubre de 2021, el cual forma parte integrante de la referida Resolución;

Que, conforme a los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco de sus competencias, han verificado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; por lo que consideran procedente otorgar la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto “Central Solar Hanaqpampa”;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-93-EM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modificatorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 038-2014-EM, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar a favor de la empresa ENGIE ENERGÍA PERÚ S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto “Central Solar Hanaqpampa”, con una potencia instalada de 300 MW, ubicado en el distrito de El Algarrobal, provincia de Ilo, departamento de Moquegua, en los términos y condiciones indicados en la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 2 de la presente Resolución.

Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 592-2023 a suscribirse entre la empresa ENGIE ENERGÍA PERÚ S.A. y el Ministerio de Energía y Minas, el cual consta de 19 cláusulas y 4 anexos.

Artículo 3.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en representación del Estado, el Contrato de Concesión N° 592-2023 aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 4.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública a que dé origen al Contrato de Concesión N° 592-2023, aprobado en el artículo 2 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de la empresa ENGIE ENERGÍA PERÚ S.A. de acuerdo con lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH

Ministro de Energía y Minas

2156749-1