Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor del Ministerio de la Producción y del Instituto Tecnológico de la Producción

decreto supremo

Nº 030-2023-ef

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Oficio N° 00000216-2023-PRODUCE/SG, el Ministerio de la Producción solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor del Ministerio de la Producción y del Instituto Tecnológico de la Producción, para financiar los gastos que conlleven al fortalecimiento de las capacidades empresariales a través del Programa Nacional Tu Empresa y capacidades productivas a través de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica (CITE Públicos), en apoyo a la implementación del Programa Compras a MYPErú para acceso a lotes de producción de Núcleos Ejecutores de Compras (NEC) en las cadenas textil, cuero y calzado; así como los gastos administrativos priorizados del referido Programa en el presente año y la conducción de los dos (2) NEC correspondientes a los sectores “textil-confecciones” y “cuero y calzado”, en el marco de las medidas del Plan de Reactivación Económica “Con Punche Perú” ; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 00000056-2023-PRODUCE/OP de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del referido Ministerio, con los respectivos sustentos; asimismo, mediante Oficio Nº 00000093-2023-PRODUCE/OGPPM de la citada Oficina General, se remite el Informe Nº 00000060-2023-PRODUCE/OP con información complementaria;

Que, mediante Memorando N° 0156-2023-EF/53.04, que adjunta el Informe N° 0088-2023-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo a la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) y la información remitida por el Ministerio de la Producción, remite el costo para financiar la contratación de servidores bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios en el Programa Nacional Tu Empresa y en el Programa Nacional Compas a MYPErú, de acuerdo al periodo solicitado por el citado Ministerio;

Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de
S/ 23 888 390,00 (VEINTITRÉS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de la Producción y del Instituto Tecnológico de la Producción, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para los fines señalados en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta que dichos recursos, por su naturaleza y coyuntura, no han sido previstos en el presupuesto institucional de los mencionados pliegos en el presente Año Fiscal;

De conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

DECRETA:

Artículo 1.- Objeto

Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 23 888 390,00 (VEINTITRÉS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de la Producción y del Instituto Tecnológico de la Producción, para financiar los gastos que conlleven al fortalecimiento de las capacidades empresariales a través del Programa Nacional Tu Empresa y capacidades productivas a través de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica (CITE Públicos), en apoyo a la implementación del Programa Compras a MYPErú para acceso a lotes de producción de Núcleos Ejecutores de Compras (NEC) en las cadenas textil, cuero y calzado; así como los gastos administrativos priorizados del referido Programa en el presente año y la conducción de los dos (2) NEC correspondientes a los sectores “textil-confecciones” y “cuero y calzado”, en el marco de las medidas del Plan de Reactivación Económica “Con Punche Perú”, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 009: M. de Economía y Finanzas

UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos

ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.0 Reserva de Contingencia 23 888 390,00

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TOTAL EGRESOS 23 888 390,00

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A LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 038 : Ministerio de la Producción

UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de la Producción

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 :Recursos Ordinarios

CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos

ACTIVIDAD 5001671 : Promoción de la innovación en el sector MYPE e industria

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 :Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios 4 950 639,00

ACTIVIDAD 5002362 : Promoción y dinamización de mercados MYPES

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios 13 937 750,00

PLIEGO 241 : Instituto Tecnológico de la Producción - ITP

UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Tecnológico de la Producción - ITP

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

CATEGORÍA PRESUPUESTAL 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos

ACTIVIDAD 5005485 : Fortalecimiento de los Centros de Innovación Tecnológica - CITE

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios 4 900 000,00

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de activos no financieros 100 000,00

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TOTAL EGRESOS 23 888 390,00

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Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional

2.1 El Titular de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de marzo del año dos mil veintitrés.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Presidenta de la República

ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA

Ministro de Economía y Finanzas

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